El presidente de la República, Daniel Noboa, vetó totalmente el proyecto de reformas al Código Orgánico de la Función Judicial el cual, entre sus modificaciones, permitía a los vocales del Consejo de la Judicatura que se encuentren cumpliendo prisión preventiva acogerse a una licencia sin sueldo.

El Ejecutivo consideró que la inclusión del texto al artículo 258 del Código de la Función Judicial es contraria a lo señalado en la Constitución de la República, pues ningún servidor judicial probo en el ejercicio de sus funciones debería encontrarse involucrado en actos que sean contrarios a la ley; más bien, se debe propender a que ejerzan sus funciones y atribuciones a cabalidad, velando por una adecuada administración de justicia, y que todas sus actuaciones se encuentren enmarcadas en la ley.

El presidente Noboa al vetar el proyecto aprobado con 92 votos, el pasado 21 de mayo, indica que no es conveniente para los intereses del país, ya que al encontrarse en medio de un conflicto armado interno, y al estar en la lucha directa contra la corrupción, la propuesta es contraria a las disposiciones establecidas en el ordenamiento jurídico ecuatoriano.

Publicidad

Asamblea Nacional aprueba reforma que otorga licencia a vocales del Consejo de la Judicatura que tengan prisión preventiva

El proyecto de reformas incluía 25 reformas relacionadas con los concursos de oposición y méritos para designar jueces, la convocatoria pública, las jornadas legales de trabajo, la inclusión del teletrabajo, los traslados, la prescripción y caducidad de la acción, las facultades y deberes de las juezas y jueces, la competencia de las salas de las cortes provinciales, la competencia de los jueces especializados de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar y el archivo nacional notarial.

El artículo polémico que llevó al Ejecutivo a anunciar el veto fue aquel que permite agregar un inciso al artículo 258 del Código de la Función Judicial que se refiere a la integración del Consejo de la Judicatura y abre la posibilidad de una licencia temporal sin sueldo a los vocales de ese organismo que tengan que cumplir órdenes de prisión preventiva o arresto domiciliario.

El texto disponía: “En caso de que la ausencia temporal se deba al cumplimiento de prisión preventiva o arresto domiciliario dispuesto por jueza o juez competente, la o el vocal podrá solicitar acogerse al régimen de licencia sin sueldo por el tiempo máximo establecido en este Código. Mientras dure la prisión preventiva o el arresto domiciliario, el pleno del Consejo suspenderá todas las funciones que le asisten como miembro del cuerpo colegiado, de la o del vocal principal, con excepción del fuero y procederá a la principalización provisional de la o del vocal suplente o alterno, según corresponda. En este caso la o el vocal principalizado recibirá la remuneración que correspondía a la o el vocal reemplazado”.

Publicidad

PSC, Construye, RC y organizaciones sociales rechazan posible veto total a reformas judiciales

Las bancadas del Partido Social Cristiano (PSC), Construye, Revolución Ciudadana (RC), tres legisladoras independientes y organizaciones sociales emitieron un comunicado, el martes 28 de mayo, en rechazo a la intención del presidente Daniel Noboa de vetar totalmente las reformas del Código Orgánico de la Función Judicial. Argumentan que la objeción total sería perjudicial porque la norma contempla medidas para proteger a víctimas de violencia sexual. (I)