En los últimos cuatro años, las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) han derivado en sanciones para el Estado ecuatoriano en casos de violación de derechos humanos que han superado todas las instancias de justicia nacional y que han tardado años en resolverse a nivel internacional.

Desde el 2017 hasta el 2021, la Corte Interamericana ha emitido seis sentencias en los casos Vásquez Durand y otros, Grijalva Bueno, Guachalá Chimbo y otros, Guzmán Albarracín y otras, Carranza Alarcón y Montesinos Mejía. En todos, el Estado ecuatoriano ha sido sancionado por esta instancia al pago de reparaciones y otros trámites, debido a la violación de derechos humanos, tras años y hasta décadas de ocurridos los hechos.

En febrero del 2017 la Corte declaró responsable al Estado por la desaparición forzada de Jorge Vásquez Durand, la violación de los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial de Jorge Vásquez Durand, María Esther Gomero Cuentas, Jorge Luis Vásquez Gomero y Claudia Esther Vásquez Gomero; y la violación del derecho a la integridad personal de María Esther Gomero Cuentas, Jorge Luis Vásquez Gomero y Claudia Esther Vásquez Gomero. Hechos ocurridos en 1995.

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La CorteIDH ordenó al Estado continuar con las investigaciones para sancionar a los responsables, realizar todos los esfuerzos para determinar el paradero de Jorge Vásquez Durand, publicar la sentencia y su resumen oficial; otorgar al resto de víctimas una cantidad para tratamiento psicológico o psiquiátrico; pagar $ 15.000 por daño emergente, $ 50.000 por pérdida de ingresos, $ 80.000 y $ 45.000 por daños inmateriales y otros.

En febrero del 2020, la Corte determinó que el Estado fue responsable por la violación de los derechos a la libertad personal, a la presunción de inocencia y a la protección judicial del exmilitar Mario Alfonso Montesinos Mejía, en 1992, cuando fue detenido durante un operativo policial.

Las medidas de reparación impuestas por la Corte fueron una indemnización de $ 50.000 por daño inmaterial, tratamiento psicológico y psiquiátrico gratuito; “una investigación para determinar, juzgar, y, en su caso, sancionar a los responsables de los tratos crueles, inhumanos y degradantes”; y publicar la sentencia en distintos soportes.

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En marzo del 2020, la Corte declaró al Estado responsable de la violación de los derechos de libertad personal y a las garantías jurisdiccionales de Ramón Carranza Alarcón, ocurrido en 1994, cuando un policía lo detuvo y declaró prófugo, cuatro años pasó en prisión preventiva pese a negar su culpabilidad y de forma injustificada. El Estado fue condenado a publicar este fallo de la Corte en un Diario oficial y a pagar una indemnización de $ 25.000 por daño inmaterial y otros $ 10.000 por costos y gastos.

El Estado admite parcialmente su responsabilidad por violación de libertad de expresión e irregularidades en el proceso penal contra EL UNIVERSO

En junio del 2020, la Corte condenó al Estado ecuatoriano por la violencia sexual que sufrió Paola Guzmán Albarracín de 14 años, en el 2001, por parte del vicerrector en la institución en la que estudiaba. La niña decidió suicidarse. El Estado fue condenado a pagar $ 70.000 a la familia de la menor y obligado a declarar un día oficial de “lucha contra la violencia sexual en las aulas”, dar tratamiento psicológico a los familiares y otros.

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En junio del 2021, la Corte encontró al Estado responsable por la violación del derecho a la salud, discriminación, desaparición, falta de garantías y protección judicial de Luis Eduardo Guachalá Chimbo, una persona con discapacidad que fue internada para recibir tratamiento médico en el Hospital Psiquiátrico Julio Endara y no contó con su consentimiento informado, en el 2004.

Entre las medidas de reparación ordenadas al Estado están investigar y sancionar a los responsables, determinar el paradero de la víctima, brindar acompañamiento integral a los familiares, otorgar a sus familiares por daño emergente, inmaterial y también por el pago de costas valores que superan los $ 200.000.

La última sentencia de la Corte data de junio de este año, declaró que el Estado es responsable por la “violación de las garantías judiciales, libertad de expresión y protección judicial” en perjuicio de Vicente Aníbal Grijalva Bueno, quien fue destituido de manera irregular de la Fuerza Naval del Ecuador en 1993, luego de haber denunciado torturas y desapariciones forzadas dentro de la esfera castrense. El Estado debe indemnizarlo por daño material con $ 350.000 y $ 75.000 por daño inmaterial.

CIDH declaró al Estado ecuatoriano responsable por la violación de las garantías judiciales de un militar destituido en 1993

Para Juan Pablo Albán, especialista principal de la Secretaría Ejecutiva de la CIDH entre 2003 y 2010 y ahora miembro del Comité contra la Desaparición Forzada de las Naciones Unidas, las malas prácticas en materia de derechos humanos históricamente en este país no se han visto reflejadas adecuadamente en la cantidad de denuncias presentadas, que hay una subdocumentación de casos de graves violaciones, que los fallos dictados por la Corte demuestran la “inoperancia absoluta” del sistema de administración de justicia.

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“El Sistema Interamericano de Derechos Humanos puede ser objeto de diversas críticas, que van desde la politización en algunos casos hasta la burocracia excesiva de sus trámites, pero creo que lo que sí no podríamos afirmar es que la Corte tiene una intencionalidad particular de perjudicar al Ecuador, ese no es el caso; yo creo que en lugar de culpar al organismo que se ve abocado a conocer este tipo de procesos y a resolverlos, deberíamos examinar la responsabilidad que les cabe a quienes ocupan una función pública, que no honran el cargo que ostentan, sino que violentan los derechos de los ciudadanos”, agregó Albán.

En tanto, el exprocurador general del Estado entre 1998 y 2003, Ramón Jiménez Carbo, considera que la defensa del Estado, en manos de la Procuraduría, de los últimos años, no ha tenido deficiencias. Sin embargo, lo que ocurre es que en el ámbito de la Función Judicial o jurisdiccional “pueden haberse producido cuestiones que evidentemente son clarísimas en cuanto a la violación de derechos”.

“Existirían cuestiones indefendibles, cuando existen esos problemas de la justicia que vienen desde abajo, jueces de primera y segunda instancias (...) Pienso que se debe ir hacia un mejoramiento del sistema de administración de justicia desde la forma en que son elegidos los integrantes de la Función Judicial, debe haber una verdadera carrera judicial (...) que los jueces no respondan a intereses políticos y peor económicos. Es fundamental que se reestructure la función judicial de la mejor manera posible”, dijo Jiménez Carbo. (I)