Jorge Glas pedirá asilo político a México “en las próximas horas”, según indicó este martes Eduardo Franco Loor, abogado del exvicepresidente de la República que tiene dos sentencias de seis y ocho años de cárcel en firme, por asociación ilícita en el caso Odebrecht y por cohecho en el caso Sobornos.

En las próximas horas, el exvicepresidente Jorge Glas pedirá formalmente, y de conformidad con la Convención de Asilo Diplomático de Caracas del año 1954, el asilo correspondiente”, señaló Franco Loor este martes en el programa Conclusiones, con el periodista Fernando del Rincón.

Glas ingresó la tarde del pasado domingo, 17 de diciembre, a la Embajada de México en Quito, luego que se conociera que la fiscal general, Diana Salazar, pidió a la Policía Nacional que lo localizara y lo capturara con fines de investigación.

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Loor consideró que su defendido es víctima de una persecución y teme por su integridad.

El exvicepresidente tiene otros procesos abiertos: uno por supuesto peculado en los manejos del dinero de la reconstrucción de Manabí y Esmeraldas, afectadas por el terremoto del 2016, y en el que no se han formulado cargos porque se espera un pronunciamiento de la Asamblea Nacional respecto a si puede o no ser procesado penalmente; y otro por supuesta intimidación, planteado por su exasistente Soledad Padilla.

Fiscalía también inició una indagación previa por supuesto peculado contra la prefecta de Pichincha, Paola Pabón, en la contratación irregular de la misma Padilla como empleada de esa institución, aunque en la práctica era asistente personal del exmandatario.

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Glas se encuentra en la Embajada del país azteca en calidad de “huésped”.

‘Si está siendo el señor Jorge Glas buscado por la justicia, ¿cómo es posible que sea atendido como huésped?’, cuestiona un analista político

La Cancillería emitió un comunicado para informar que se dirigió a la Embajada de los Estados Unidos Mexicanos y solicitó “la urgente colaboración de las autoridades mexicanas, a fin de que se invite al citado ciudadano a abandonar dicha representación diplomática inmediatamente”.

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Las convenciones de asilo diplomático, asilo político y asilo territorial vigentes para los países de la Organización de Estados Americanos (OEA) señalan que solo se les puede otorgar esa condición a quienes se consideren perseguidos políticos.

Por ejemplo, la Convención de Caracas, en vigor desde 1954, indica que “no es lícito conceder asilo a personas que al tiempo de solicitarlo se encuentren inculpadas o procesadas en forma ante tribunales ordinarios competentes y por delitos comunes, o estén condenadas por tales delitos y por dichos tribunales, sin haber cumplido las penas respectivas, ni a los desertores de fuerzas de tierra, mar y aire, salvo que los hechos que motivan la solicitud de asilo, cualquiera que sea el caso, revistan claramente carácter político”.

Agrega que “las personas comprendidas en el inciso anterior que de hecho penetraren en un lugar adecuado para servir de asilo deberán ser invitadas a retirarse o, según el caso, entregadas al Gobierno local, que no podrá juzgarlas por delitos políticos anteriores al momento de la entrega”. (I)