Las convenciones de asilo diplomático, asilo político y asilo territorial vigentes para los países de la Organización de Estados Americanos (OEA) señalan que solo se les puede otorgar esa condición a las personas que se consideren perseguidos políticos.

Por ejemplo, la Convención de Caracas, en vigor desde 1954, indica que “no es lícito conceder asilo a personas que al tiempo de solicitarlo se encuentren inculpadas o procesadas en forma ante tribunales ordinarios competentes y por delitos comunes, o estén condenadas por tales delitos y por dichos tribunales, sin haber cumplido las penas respectivas, ni a los desertores de fuerzas de tierra, mar y aire, salvo que los hechos que motivan la solicitud de asilo, cualquiera que sea el caso, revistan claramente carácter político”.

Agrega que “las personas comprendidas en el inciso anterior que de hecho penetraren en un lugar adecuado para servir de asilo deberán ser invitadas a retirarse o, según el caso, entregadas al Gobierno local, que no podrá juzgarlas por delitos políticos anteriores al momento de la entrega”.

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Con base en esta normativa, que es vinculante para los Estados que la suscribieron, el exvicepresidente de la República Jorge Glas no podría recibir asilo político de México, señaló el abogado internacionalista Carlos Estarellas.

Sin embargo, el constitucionalista Ismael Quintana indicó que dichas convenciones precisan que la calificación de la naturaleza del delito o de los motivos de la persecución política le corresponden a los Estados asilantes.

Glas ingresó la tarde del pasado domingo, 17 de diciembre, a la Embajada de México en Quito, luego de que se conociera que la fiscal general, Diana Salazar, pidió a la Policía Nacional que lo localizara y lo capturara con fines de investigación.

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El exfuncionario tiene dos sentencias de seis y ocho años de cárcel en firme por asociación ilícita en el caso Odebrecht y por cohecho en el caso Sobornos 2012-2016, respectivamente, pero cumplía las penas en “libertad provisional” desde noviembre del 2022. Estas fueron unificadas en enero de este año.

Glas fue convocado este martes, a las 15:00, para una audiencia en la que se analizará su pedido de prelibertad. La jueza de garantías penitenciarias Melissa Muñoz analizará si el sentenciado ya cumplió el 40 % de la pena única de ocho años.

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El exvicepresidente tiene otros procesos abiertos: uno por supuesto peculado en los manejos del dinero de la reconstrucción de Manabí y Esmeraldas, afectadas por el terremoto del 2016, y en el que no se han formulado cargos porque se espera un pronunciamiento de la Asamblea Nacional respecto a si puede o no ser procesado penalmente; y otro por supuesta intimidación, planteado por su exasistente Soledad Padilla.

La Fiscalía también inició una indagación previa por supuesto peculado contra la prefecta de Pichincha, Paola Pabón, en la contratación irregular de la misma Padilla como empleada de esa institución, aunque en la práctica era asistente personal del exmandatario.

La embajada del país azteca lo recibió en calidad de “huésped”, pero por el momento no se conoce si solicitará asilo político.

A juicio de Estarellas, Glas no es perseguido político, sino que está siendo procesado por delitos comunes.

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“Podría ocurrir que la embajada le pida al señor Glas que se retire, o que se inicie un proceso de asilo. Este último debería ser negado; pero, como el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, que pone su ideología sobre las convenciones internacionales, podrían concedérselo. Recuerde que México quiso darle asilo al expresidente peruano Pedro Castillo, pese a todo lo que había cometido; y se lo dio al expresidente de Bolivia Evo Morales, pese a las acciones judiciales que había en su contra. Si México le da el asilo al exvicepresidente Glas, el Gobierno de Daniel Noboa tendría que negarle el salvoconducto para que salga”, comentó el jurista, quien fue subsecretario de Relaciones Exteriores.

En tanto que Quintana opinó que, en principio, Ecuador no podría negarse a darle a Glas el salvoconducto para que abandone el país, en caso de que México le dé el asillo, porque las convenciones de las que es signatario lo obligan a concedérselo.

“Ahora, hemos tenido antecedentes en los cuales Ecuador se ha negado a dar esta clase de salvoconductos, como fue el caso de María de los Ángeles Duarte (exministra de Transporte del gobierno de Rafael Correa), a quien Argentina le dio asilo, pero el Gobierno de Guillermo de Lasso no se lo otorgó porque consideró que estaba sentenciada por delitos comunes, y ella se fugó nomás, lo que generó un impasse diplomático entre Ecuador y Argentina”, explicó.

La Embajada de México en Ecuador se halla custodiada a esta hora por la Policía Nacional. (I)