“No siendo objeto de esta acción de habeas corpus verificar o ejecutar el cumplimiento de una sentencia, ya que las garantías jurisdiccionales tienen su propia individualización, naturaleza jurídica, objetivos y finalidades diferentes. (...) En aplicación al principio constitucional de la tutela judicial efectiva (...), inadmito la acción de habeas corpus propuesta por el abogado Carlos Alvear”.

Con ese razonamiento, la jueza de la Unidad Judicial Especializada de Garantías Penitenciarias del Distrito Metropolitano de Quito, Soledad Manosalvas, decidió inadmitir el habeas corpus presentado a favor del exvicepresidente Jorge Glas, con el objetivo de que se haga cumplir la orden de libertad inmediata que dispuso el ahora suspendido juez de Portoviejo (Manabí) Banny Molina dentro de otro habeas corpus solicitado por gente relacionada a Glas.

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“Conforme los argumentos analizados, se advierte que la pretensión del legitimado activo con esta acción de habeas corpus es que se cumpla con la sentencia que ha sido emitida por Banny Molina en su calidad de juez de la Unidad Judicial de Garantías Penitenciarias de Portoviejo (Manabí), el 5 de agosto de 2022, dentro de la causa de habeas corpus (...) propuesta por Christian Araujo, acción que fue aceptada haciéndose extensiva a Jorge Glas, en el que se han emitido las boletas constitucionales de excarcelación pertinentes”, señala Manosalvas en su resolución.

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En la acción de habeas corpus se señalaba que las boletas fueron presentadas el día martes 9 de agosto de 2022 en la denominada Cárcel 4, aproximadamente a las 08:30, y que pese a ello “bajo el pretexto de error de tipeo en el documento no se permitió la excarcelación” de Glas. “No existe asidero jurídico alguno para que la Función Ejecutiva no ejecute una boleta constitucional de excarcelación. Se han esbozado por parte del SNAI una serie de excusas impertinentes, como lo demuestran los comunicados de la misma institución”.

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Carlos Alvear es uno de los abogados defensores de Glas en los temas de habeas corpus, pero también ha sido abogado del expresidente Rafael Correa en procesos penales como el caso Sobornos.

Esta acción de habeas corpus es una de las dos que presentaron los defensores de Glas ante jueces de la provincia de Pichincha nueve días después de que se notificó que a favor de Glas, Araujo y Daniel Salcedo se emitían las boletas de excarcelación al haber aceptado el habeas corpus.

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El razonamiento planteado por Manosalvas en su sentencia aclara cuáles serían los caminos legales que existen para reclamar lo que se pretende desde la defensa de Glas y descarta que el habeas corpus sea uno de ellos. (I)