La Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia del COVID-19, de carácter urgente en materia económica, fue promulgada como decreto-ley la tarde de este 29 de noviembre en el Registro Oficial (RO), con lo que sus textos podrán ser ejecutados por el Gobierno nacional.

El articulado contenido en 120 páginas se publicó en el Tercer Suplemento n.º 587 del RO, luego que el presidente de la República, Guillermo Lasso, lo solicitó este lunes, al no haber un pronunciamiento de la Asamblea Nacional que la haya “aprobado, modificado o negado”, como lo establecen los artículos 140 de la Constitución y 62 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL).

El objeto de la norma, según su artículo 1, es el de “promover la sostenibilidad de las finanzas públicas, reordenamiento del sistema tributario y fiscal ecuatoriano y la seguridad jurídica para la reactivación económica del Ecuador tras haber afrontado la pandemia del COVID-19″.

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Presidente Guillermo Lasso envió al Registro Oficial la promulgación como decreto-ley de las reformas tributarias

Según el presidente Guillermo Lasso, se prevé recaudar $ 1.900 millones en los próximos dos años, recursos que se destinarán “a la protección de los más vulnerables y al fortalecimiento de programas de asistencia social”. Según explicó en Twitter, “solo el 4 % de la población realizaría aportes adicionales”.

El plazo para que el Legislativo se pronuncie sobre este articulado vencía el sábado último, debido a que las iniciativas del Ejecutivo de carácter urgente en materia económica tienen un plazo para su tratamiento de 30 días.

Con ello, al no haber un pronunciamiento para modificarla, aprobarla o negarla, se publicó como decreto-ley por el presidente de la República.

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Está compuesta por 207 artículos, 8 disposiciones generales, 15 disposiciones transitorias, una disposición interpretativa y una disposición derogatoria.

¿Por qué se dice que proyecto de ley tributaria no se aprobó, ni se negó ni se archivó?

Además, reforma varias leyes, entre estas, la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, el Código Tributario, el Código Orgánico Administrativo, el Código Orgánico General de Procesos, el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, la Ley Orgánica para la Optimización y eficiencia de trámites administrativos, la Ley Orgánica de Régimen Especial de la Provincia de Galápagos, la Ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, generación de empleo, estabilidad y equilibrio fiscal; reformas al sector de las Telecomunicaciones, al sector de hidrocarburos; al Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.

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La Ley reformatoria para la equidad Tributaria, la Ley de Registro Único de Contribuyentes; Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas, el Código Orgánico de la Función Judicial; la Ley de Regulación y Control del Poder del Mercado; la Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación y la Ley del Sistema Ecuatoriano de Calidad. (I)