Con la disolución de la Asamblea Nacional dispuesta dentro de la muerte cruzada, parte del Decreto Ejecutivo 741 firmado por el presidente Guillermo Lasso, las dos propuestas hechas por la mesa interinstitucional sobre seguridad y lucha contra el crimen para reformar varios códigos, como el Orgánico Integral Penal (COIP) u Orgánico de la Función Judicial (COFJ), y la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC), deberán esperar a que el nuevo Parlamento se conforme y defina si los planteamientos son de su prioridad.

La mesa interinstitucional se integró en enero pasado por iniciativa del presidente de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Iván Saquicela, y quedó conformada por representantes de la Función Ejecutiva, Legislativa y de otras instituciones que hacen parte de la Función Judicial, como el Consejo de la Judicatura, la Fiscalía y la Defensoría Pública.

El fin de la mesa fue dar una respuesta concreta y urgente al “problema de la seguridad” que enfrenta Ecuador. Saquicela hizo una invitación a todas las autoridades para que se pueda dialogar y construir propuestas para garantizar la seguridad ciudadana, prevenir, combatir y sancionar todas las formas de delincuencia en nuestro país.

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Dos paquetes de reformas fueron entregados al entonces presidente del Legislativo, Virgilio Saquicela. El primero fue presentado el 18 de abril pasado, y el segundo, el 4 de mayo último. Ambas propuestas recayeron en la Comisión de Justicia de la Asamblea.

El documento entregado por la mesa sobre justicia y lucha contra el crimen en abril pasado definía reformas a la LOGJCC. Ahí se señalaba que han transcurrido catorce años desde que esta ley fue promulgada y durante este tiempo nunca ha sido revisada, no se ha puesto en el debate legislativo ni se ha presentado ningún proyecto de ley para su reforma.

Ante ello, para quienes integran la mesa era indispensable que existan reformas a la competencia del fuero de Corte Nacional y corte provincial, la competencia en relación con la multiplicidad de acciones presentadas, el alcance del amicus curiae, la reparación para el daño material, la determinación y el cumplimiento de la reparación económica, las medidas cautelares, la acción de protección y el habeas corpus.

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Por ejemplo, en lo relacionado con las reformas en materia de acciones de protección y habeas corpus se propuso que mediante estas no se pueda reformar la pena dictada en un proceso penal, delimitar la competencia de los jueces en razón del fuero del accionante y evitar la multiplicidad de acciones.

Se planteaba la creación de unidades judiciales especializadas en garantías jurisdiccionales y de las salas especializadas en garantías jurisdiccionales de las cortes provinciales de justicia.

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Entre las propuestas del documento se habla de que, cuando el accionante o afectado sea un funcionario sujeto a fuero de Corte Nacional o fuero de corte provincial, será competente un tribunal de las salas de las referidas cortes, según corresponda. Cuando la amenaza o violación del derecho se produzca en el marco de un proceso de extradición o la privación de libertad que haya sido dispuesta por el presidente de la CNJ, la competencia recaerá en un tribunal del organismo.

También está la relacionada con la competencia referida a una multiplicidad de acciones presentadas. En esa línea se dice que, en el caso de múltiples interposiciones de garantías jurisdiccionales de forma simultánea o sucesiva, por el mismo acto u omisión, por violación del mismo derecho y en contra de las mismas personas, será competente el juez que haya sido sorteado en primer lugar.

En cambio, la propuesta de inicios de mayo definía modificar los tipos penales de peculado y lavado de activos, reformar normas rectoras e infracciones en particular, procedimientos penales y diligencias en distintas fases de procedimiento, mejorar el sistema de rehabilitación social y competencia en el juzgamiento de casos especializados en crimen organizado y corrupción, entre otras reformas al COIP y al COFJ.

El presidente de la CNJ indicó que las reformas al COIP contienen cambios en diferentes temáticas de las partes sustantiva, adjetiva y ejecución de la pena. En cuanto a las reformas a los tipos penales de peculado y lavado de activos, dijo que buscan una redacción más precisa y que se adecúen a los criterios del ámbito internacional, a fin de que los jueces y fiscales tengan mayor certeza para no permitir la impunidad.

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Entre otras reformas propuestas estaban las relacionadas con extender la investigación previa a cuatro años y la instrucción fiscal a 180 días en procesos complejos, la individualización de bienes al dictar medidas cautelares reales y pena restrictiva de derechos a propiedad.

“Se ha considerado modificar el artículo 69 del COIP, a fin de corregir falencias en el manejo de bienes comisados. También se plantea que las penas no privativas de la libertad puedan ser aplicadas en infracciones con pena menor a tres años de privación de la libertad”, señaló Saquicela.

Además, se propone la inclusión de un nuevo capítulo en el COIP con reglas especiales para la investigación y judicialización de casos de corrupción y crimen organizado; mientras que, en lo que tiene que ver con la ejecución penal, los planteamientos de reforma se encuentran centrados en dos ejes: refuerzos de seguridad en centros de privación de la libertad y la regulación de beneficios penitenciarios.

Para los proponentes, una reforma importante es la determinación de mejor manera de los grados de participación delictiva, pues así la Fiscalía tendría más soporte en su acusación dentro de los delitos de delincuencia organizada y corrupción.

Otro grupo de reformas tiene que ver con la individualización de bienes, para que mejore la reparación económica en favor del Estado, y con la diferenciación en el régimen y ubicación de grupos de delincuencia organizada o de alta peligrosidad en el sistema carcelario, entre otros temas.

La pertinencia de estos dos paquetes de reformas deberá ser analizada por la nueva conformación de la Asamblea Nacional, es decir, no solo por quienes integren el Consejo de Administración Legislativa (CAL), sino también por los nuevos integrantes de las comisiones que podrían conocer estas reformas, por ejemplo, la de Justicia.

Inicios de noviembre próximo sería tentativamente el tiempo en el que Ecuador podrá tener posesionada a la nueva Asamblea Nacional, que estará en funciones hasta el 13 de mayo de 2025. Desde el jueves 25 de mayo pasado corren los plazos para las elecciones anticipadas a las que fueron convocados los 13,4 millones de ecuatorianos.

Un total de 90 días tiene el Consejo Nacional Electoral para concretar la elección de quienes ocupen el cargo de presidente y vicepresidente de la República, así como las 137 curules en la Asamblea, para el resto de tiempo que queda para completar el periodo 2021-2025. En una sola vuelta se elegirá a 15 legisladores nacionales, 116 provinciales y 6 relacionados con las circunscripciones especiales del exterior.

Según el calendario de elecciones del CNE, la entrega de credenciales a los asambleístas electos se daría el 26 de octubre próximo. (I)