Los ciudadanos que no acudieron a sufragar el 7 de febrero o el 11 de abril deberán cancelar una multa del 10% de un salario, que corresponde a $ 40. Si no acudió en las dos jornadas, el valor se acumula: $ 80.

En el caso de los miembros de las juntas receptoras del voto (JRV) que no participaron, la multa es del 15% del salario: $ 60; y para los que no participaron en las capacitaciones virtuales o presenciales para estar en mesa, es del 10%: $ 40.

Solo por seis motivos, debidamente justificados, el Consejo Nacional Electoral (CNE) no establecerá las sanciones pecuniarias a quienes no votaron, no se capacitaron para integrar las juntas receptoras del voto (JRV) y quienes no las integraron, en el marco de las elecciones nacionales del 2021.

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La normativa estableció seis motivos para justificar este incumplimiento, entre los que están: el ciudadano que no pudo votar por mandato legal; por motivos de salud o impedimento físico, que deberá acompañar un certificado médico; por calamidad doméstica grave que haya ocurrido el día de la elección o hasta ocho días; por estar fuera del país o si llegaron el día de las elecciones; por cumplir actividades del evento electoral; por tener voto facultativo.

También, los trabajadores del sistema de salud que por encontrarse en sus actividades hayan estado de turno el día de las votaciones.

La justificación por no participar en el proceso electoral se podrá presentar en las delegaciones provinciales electorales, acompañada de los documentos de respaldo. El director de la delegación resolverá si acepta o niega la justificación en tres días término; se podrá impugnar ante el CNE.

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Los ciudadanos podrán pagar las multas en las delegaciones provinciales, acompañando su cédula de identidad o pasaporte. Una vez que hayan pagado el valor correspondiente, se les entregará el certificado de votación, que es un requisito obligatorio para los trámites en las instituciones del Estado.

El pago de las multas se cumplirá 90 días después de la proclamación de resultados de la segunda vuelta.

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¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos obligatorios:

Mandato legal

  • Copia de cédula.
  • Boleta de excarcelación/libertad o certificado del centro de rehabilitación social.

Calamidad doméstica grave ocurrida el día de las elecciones

  • Copia de cédula.
  • Certificado de defunción de familiar o documento que respalde la calamidad doméstica.

Impedimento físico/salud

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  • Copia de cédula.
  • Certificado emitido por un facultativo médico del Sistema Nacional de Salud Pública o Privada.

Ausencia del país

  • Copia de cédula.
  • Copias de pasaporte (página en la que consta la fotografía y páginas en las que consta el ingreso y salida del país, que demuestren que estuvo ausente durante los procesos electorales).
  • En caso de no tener pasaporte o haber salido y entrado al país por las fronteras con la cédula de ciudadanía, se deberá presentar el certificado migratorio.

Voto facultativo (art. 62 de la Constitución de la República)

  • Mayores de 16 y menores de 18 años (copia de cédula de identidad).
  • Mayores de 65 años (copia de cédula de ciudadanía).
  • Ecuatorianos que habitan en el exterior (copia de cédula, pasaporte o documento que demuestre que reside en otro país).
  • Fuerzas Armadas y Policía Nacional (copia de cédula en la que conste que se encuentra en servicio activo y/o credencial de la institución).
  • Personas con discapacidad (copia de cédula y carné del Conadis).

Cambios de domicilio

  • Copia de cédula.
  • Historial electoral impreso por el centro de cómputo.

Cambio de domicilio no registrado

  • Copia de cédula.
  • Copia del formulario de cambio de domicilio realizado.

¿Cómo hago el trámite?

  1. El ciudadano deberá acercase a la Delegación Provincial Electoral más cercana (lunes a viernes, de 08:30 a 16:30).
  2. Acercarse a la ventanilla única - ventanilla de la Secretaría General.
  3. Llevar los requisitos antes mencionados.
  4. Solicitar en ventanilla el formulario, también lo puede descargar en línea.
  5. Presentar la documentación en la ventanilla.
  6. Se proporcionará un número de trámite, con el cual le podrá dar seguimiento.
  7. En 48 horas tendrá respuesta sobre su solicitud de justificación.

Este trámite no tiene costo. (I)