Para la Procuraduría General Estado (PGE), instancia que acude como acusadora particular al juzgamiento en el caso Pantalla del expresidente del Consejo de la Judicatura (CJ), Wilman Terán, esta investigación ha destapado una “red de corrupción”: desde su alta posición este se asoció de forma ilícita con la procesada Anabell de Jesús T. C. y los ya sentenciados David Guzmán, Santiago Cifuentes y Mauricio Herrera, con el propósito de manipular el sistema de justicia en beneficio propio y de terceros.

Lorena Tirira, representante legal de la PGE en el juicio de Pantalla, señaló en su alegato de inicio que el presente proceso penal por asociación ilícita involucra una grave afectación al sistema de justicia ecuatoriano, específicamente en el proceso de selección y designación de jueces y conjueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) en el año 2023.

Wilman Terán, exjuez de la CNJ y extitular del órgano de gobierno, administración y vigilancia de la Función Judicial, es el único de los dos llamados a juicio en el caso Pantalla que hace parte de la etapa de juzgamiento. El 12 de junio pasado, él y la exjueza de Santo Domingo de los Tsáchilas Anabell T. C. fueron llamados a juicio como autores del delito de asociación ilícita.

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Anabell T. C. mantiene una orden de prisión preventiva vigente, la cual no ha cumplido, por lo que es vista como prófuga de la justicia.

La exmagistrada mantendrá en suspenso el juzgamiento hasta que sea detenida o se presente voluntariamente. Esto se da debido a que la asociación ilícita es un delito que no permite ser juzgada en ausencia.

La reparación integral que buscará la PGE se defina

Según Tirira, en el cometimiento del delito de asociación ilícita se habría comprometido el uso de recursos públicos por el monto de $ 215.265,59, esto, dijo, conforme a pericias que se evacuarán en esta audiencia de juzgamiento. La defensa de la PGE piensa que al Estado ser la víctima de la infracción cometida, los administradores de justicia, es decir, los jueces, debe garantizar el cumplimiento de la reparación integral a favor de la Procuraduría en calidad de acusador particular. “Eso es lo que se solicitará en esta audiencia”, señaló la abogada.

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Tirira señaló que como acusación particular demostrarán en el juicio que Wilman Terán, actuando en concierto con tres ya sentenciados en esta causa y con la procesada Anabell de Jesús T. C., ejecutaron una serie de actos ilícitos con objetivos como incidir en el resultado del proceso de elección y designación de jueces de la CNJ, con la finalidad de captar la mayor cantidad de personas afines a sus intereses; beneficiar a la procesada Anabell T., asegurándole vacantes en el concurso de renovación parcial de jueces de la Corte Nacional del 2023; y controlar la administración de justicia garantizando que los jueces designados sigan directrices y paguen favores bajo las órdenes de Terán, comprometiéndose así la independencia judicial.

QUITO (12-06-2025).- Audiencia del caso Pantalla, en la Corte Nacional de Justicia. Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO. Foto: Alfredo Cárdenas.

Terán, quien es conocido con el alias de Diablo, por menciones hechas en el caso Metástasis, proceso penal en el que fue condenado a nueve años y cuatro meses de prisión, tiene la certeza de que ni la Fiscalía ni las dos acusaciones particulares en su contra: la PGE y el CJ, no podrán configurar ninguna de las hipótesis que han asegurado probarán a lo largo de esta audiencia.

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Indicó que será responsabilidad de estas tres instituciones probar que si se configura en este caso el verbo rector del delito de asociación ilícita, definido en el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal (COIP); que se ha hecho un monopolio para que la exjueza Anabell de Jesús T. C. sea jueza de la Corte Nacional de Justicia; o que se diligenció para realizar un segundo examen de confianza, que diligenciaron la obtención del banco de preguntas, que alguien ha realizado un examen de otra persona.

Penas de tres a cinco años establece el delito de asociación ilícita

El artículo 370 del COIP refiere sobre la asociación ilícita que se configurará cuando dos o más personas se asocien con el fin de cometer delitos, sancionados con pena privativa de libertad de menos de cinco años, cada una de ellas será sancionada, por el solo hecho de la asociación, con pena privativa de libertad de tres a cinco años.

Esta causa arrancó bajo el delito de tráfico de influencias el 5 de septiembre pasado. Milton Herrera y Santiago Cifuentes, asesores de Terán en el CJ, fueron los primeros en ser procesados en Pantalla. El 26 de octubre siguiente a la instrucción fiscal abierta se sumó Terán; el exasesor en el CJ Juan Carlos E. R.; el exdirector general de la Judicatura David Guzmán; y la exjueza de Santo Domingo de los Tsáchilas Anabell de Jesús T. C.

Los elementos encontrados durante los dos primeros meses de investigación no solo sirvieron para las vinculaciones, sino también para reformular cargos, es decir, se pasó de indagar un tráfico de influencias a analizar una asociación ilícita.

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Los exasesores Cifuentes y Herrera y el exdirector Guzmán, luego de acogerse al mecanismo del procedimiento abreviado, es decir, reconocer los hechos atribuidos en la investigación, recibieron sentencias reducidas de seis meses de cárcel, la disposición del pago cada uno de una multa de $ 4.700 y la orden de cancelar una reparación económica dividida en dos rubros: $ 4.700 y $ 35.877,60. Solo el exfuncionario del CJ Juan Carlos E. R., recibió un sobreseimiento.

La posición del Consejo de la Judicatura como acusación particular

Desde la perspectiva de Mathius Fraga, abogado del CJ, el que haya ya existido ya tres sentencias por procedimiento abreviado en esta causa llena de veracidad la teoría del caso propuesta. Desde la acusación particular de la Judicatura se explica que Wilman Terán orquestó múltiples irregularidades en su época como presidente del CJ y utilizó su autoridad para manipular el concurso de la Corte Nacional de Justicia en el año 2003.

“Todo esto tuvo que tener un esquema, un plan. Todo comenzó con un control del proceso por parte de Wilman Terán, que aprovechó su posición como presidente, influyó en cada etapa del concurso desde el diseño de la normativa hasta la fase de evaluación de la misma. La prueba que será expuesta revelará que Wilman Terán exigió acceso a bases de datos encriptadas para el banco de preguntas y de esa manera favorecer a la procesada Anabell T.”, sostuvo.

QUITO (12-06-2025).- Wilson Toainga, fiscal general del Estado encargado, durante la Audiencia del caso Pantalla, en la Corte Nacional de Justicia. Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO. Foto: Alfredo Cárdenas.

A decir de Fraga el concurso para llenar vacantes en la CNJ en 2023 estuvo plagado de irregularidades, como que en la fase de postulación cuatro candidatos fueron admitidos a pesar de presentar documentos extemporáneamente, lo que sugeriría una realidad selectiva; que en la etapa de evaluación, gracias al acceso al banco de preguntas, hoy sabemos que el examen “realizado” por la postulante Anabell T. fue elaborado por el sentenciado Santiago Cifuentes, asesor del doctor Terán.

“El motivo de todo esto era evidentemente: el poder. Al colocar a Anabell T., como jueza y futuramente presidir la Corte Nacional de Justicia, Wilman Terán podría influir en fallos, proteger aliados y saldar sus deudas políticas. De tener éxito este plan hubiese incidido negativamente en la confianza que tiene la ciudadanía ante la administración de justicia y ante la Función Judicial. (...) Esto fue un asalto premeditado contra la independencia judicial. Instamos a ustedes señores jueces a reconocer la gravedad de las acciones que cometió Wilmer Terán y emitir sentencia que defienda al estado de derecho, asegurando que la justicia y no la ambición de una sola persona prevalezca en el Ecuador”. resaltó el abogado del CJ.

Desde el pasado jueves, 3 de julio, los jueces Vinicio Rodríguez (ponente), Javier de la Cadena y Rodrigo Sarango, de la Corte Nacional, se encuentran en audiencia de juzgamiento escuchando los fundamentos y las pruebas que mantienen las partes para acusar o rechazar la acusación. Una vez se cierre esta fase del procesamiento penal, los integrantes de la sala suspenderán la diligencia para ingresar a deliberar la decisión a tomar. Lo más seguro es que los magistrados convoquen para otra fecha y así dar la lectura de la decisión a la que hayan arribado. (I)