Pese a que la disposición final del Decreto Ejecutivo 707, en el que principalmente se autoriza el porte de armas de uso civil para defensa personal a aquellas personas naturales que cumplan los requisitos de conformidad con la ley, se indica que este entrará en vigencia a partir de su promulgación en el Registro Oficial, aún quedan disposiciones que deben ser cumplidas y cuya ejecución está a cargo de la Secretaría Nacional de Seguridad Pública y del Estado y de los ministerios de Defensa y del Interior, en lo que les corresponda.

Con el decreto firmado el sábado 1 de abril por el presidente de la República, Guillermo Lasso, se deroga el Decreto 749 del 28 de abril de 2011, publicado en el Suplemento del Registro Oficial 442 del 6 de mayo de 2011, reformado con Decreto Ejecutivo 701 de 25 de junio del 2015, publicado en el Registro Oficial 537 del 6 de julio de 2015.

En la disposición transitoria del Decreto 707 se señala expresamente que el Ministerio de Defensa, en coordinación con la Secretaría Nacional de Seguridad Pública y del Estado, así como con el Ministerio del Interior, actualizarán la normativa correspondiente y el Sistema Informático de Control de Armas en el plazo máximo de seis meses.

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Se aclara que el Estado, a través del ente rector de economía y finanzas, asignará los recursos necesarios a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional, en el ámbito de sus competencias, para que con una planificación anual y plurianual previa cuenten con los sistemas y equipamiento que aseguren poseer mecanismos tecnológicos idóneos para el control de armas y explosivos, rastreo, marcaje, registro biométrico, balístico, registros de trazabilidad de las armas y un registro único de personas con prohibición de venta, porte y tenencia de armas que será alimentado conjuntamente por las instituciones obligadas y que sirva de mecanismo de verificación en el control de armas a nivel nacional.

El profesor universitario y experto penalista Pablo Encalada precisa que hay que distinguir: en este tema no existe un libre porte de armas, sino que lo que está anunciando el presidente de la República es una flexibilización para la obtención de permisos para portarlas. Cree que, una vez que se ha emitido el decreto correspondiente, el que se llegue a viabilizar todo lo dispuesto en él llevará un tiempo tanto para la autoridad que defina la norma como para quienes intenten acceder a un permiso conforme a la ley.

En esa línea —dice Encalada— irían direccionados esos seis meses de plazo que se dan a la Secretaría Nacional de Seguridad Pública y del Estado y a los ministerios de Defensa y del Interior para actualizar la normativa y el Sistema Informático de Control de Armas. “A partir de ahí se empezarían los procesos para la obtención de los permisos. Así que aún debe transcurrir tiempo para que se concrete todo para quienes quieran obtener un permiso”, añade.

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En los considerandos del decreto firmado por el presidente Lasso se apunta que las condiciones de violencia en el Ecuador han escalado exponencialmente y que se cree necesario que los “ciudadanos puedan tener las herramientas para su defensa personal”. Pese a ello, se aclara que a la vez es importante reglamentar y regular lo dispuesto en la ley que permite el porte y tenencia de armas para defensa personal de personas naturales.

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Encalada explica que, desde el punto de vista criminológico, la experiencia en otros países señala claramente que cuando la ciudadanía se arma hay necesariamente más violencia. Entonces, anota el penalista, esta no es necesariamente una buena alternativa frente al tema de seguridad ciudadana.

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“Por un lado, se está aceptando que el Estado es incapaz de poder controlar los problemas de inseguridad. (...) Desde la criminología, hay consenso absoluto de que el ideal más bien es quitar armas de la ciudadanía, es desarmar a la ciudadanía y no darle más armas. Creo que se está caminando totalmente a contracorriente y el resultado va a ser más violencia”, sostiene Pablo Encalada.

En la argumentación de los considerandos también se define como necesaria la emisión de una regulación que permita a las compañías de seguridad prestar colaboración inmediata a las entidades complementarias de seguridad. Sobre este tema, en la primera disposición reformatoria se hacen cambios en el Reglamento a la Ley sobre Armas, Municiones y Explosivos, expedida en 1997 y reformada en 2015.

En el decreto aprobado se reforma el literal i) del artículo 5 de esta norma por un texto en el que se otorga, con cumplimiento previo de los requisitos correspondientes, permisos para porte y tenencia de armas a organizaciones de seguridad privada y otras personas jurídicas, conforme permita la normativa.

En la cadena nacional en la que se anunció el Decreto Ejecutivo 707, que permite la tenencia y el porte de armas de uso civil para defensa personal, el presidente Lasso comentó que los guardias de seguridad privada apoyarán a la Policía Nacional en las fases de vigilancia y seguridad, portando sus armas en los alrededores de sus puestos de trabajo.

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El primer mandatario dio a conocer que, como nuevas medidas de seguridad para enfrentar la situación actual, se dispuso la instalación de un Puesto de Mando Unificado en Guayaquil liderado por el presidente Lasso y la declaratoria de estado de excepción en la Zona 8, que comprende las ciudades de Guayaquil, Durán y Samborondón, así como en las provincias de Santa Elena y Los Ríos.

Otras definiciones que trae el Decreto 707 es que se autoriza el uso de aerosoles de gas pimienta para defensa personal; se prohíbe la fabricación, registro y tenencia de armas artesanales; se desarrollarán controles y registros informáticos; y, para todo ello, la Secretaría de Seguridad Pública asumirá las acciones de coordinación.

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La fundación para la defensa de derechos humanos Inredh cree que la tenencia y porte de armas no es la solución al problema que atraviesa el país; ante ello, ha rechazado la decisión adoptada por el Gobierno del presidente Lasso. “Es irresponsable inobservar la Constitución y los tratados internacionales que demuestran que la población civil es la que sufrirá las peores consecuencias”, indicaron voceros de Inredh.

La Unión Nacional de Educadores (UNE) también dio a conocer su rechazo a la medida de porte y tenencia de armas de uso civil para defensa personal. Mediante un comunicado explicaron que ya el país atraviesa una serie de problemas sociales, como violencia criminal, femicidios, violencia intrafamiliar, suicidios, muertes violentas, violencia en espacios públicos y educativos, entre otros, que podrían volverse más graves si los agresores tienen a su alcance armas de fuego. (I)