Después de casi doce años se permitirá portar armas en Ecuador para la población civil, aunque habrá requisitos por cumplir, como una de las medidas urgentes dispuestas por el presidente de la República, Guillermo Lasso, ante la inseguridad que azota al país.

El artículo 5 del Decreto Ejecutivo 749, del 28 de abril del 2011, estableció la prohibición de porte y tenencia de armas de uso civil a nivel nacional como medida necesaria para precautelar y coadyuvar al mantenimiento de la seguridad, excepto las que justificadamente sean autorizadas.

En abril del 2018, mediante una resolución del Comando Conjunto de Fuerzas Armadas (Comaco), se ratificó que se encontraba prohibido a las personas naturales el porte de armas de uso civil a nivel nacional, pero se autorizó a los centros de control de armas a tramitar la actualización de permisos vigentes de porte de armas de fuego a ganaderos y camaroneros para la jurisdicción provincial.

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La noche de este sábado 1 de abril del 2023, a través del Decreto Ejecutivo 707, el presidente Guillermo Lasso derogó el decreto del 2011 y el nuevo entrará en vigencia a partir de su promulgación en el Registro Oficial.

Qué dice específicamente el decreto sobre el porte y tenencia de armas

El permiso de porte de armas se encuentra parametrizado en el Sistema Nacional de Control de Armas (Sincoar) y está dirigido a personas naturales de nacionalidad ecuatoriana (ganaderos y camaroneros), bajo jurisdicción del Comando Conjunto de Fuerzas Armadas.

Para Julio César Cueva, magíster en Derecho Penal y Constitucional, quien está a favor de portar armas, esta es una decisión para tranquilizar a la gente, pero expresó sus dudas.

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Argumentó que se permitiría al ciudadano, en el mejor de los casos, llevar un arma corta, mientras que la delincuencia usa armas largas como fusiles, ametralladoras, granadas, bombas, explosivos, carros blindados, chalecos antibalas.

A diferencia, añadió, además de que hace diez o quince años no había una “sensación de histeria colectiva”, de creer que cualquiera que se le acerca a una persona en un semáforo ya le va a robar sus pertenencias.

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Cuál es la diferencia entre tenencia y porte de armas

Gran cantidad de armas y municiones, de diferentes calibres, han sido -entre otras- las incautaciones de organismos de seguridad en contra de la delincuencia. Cortesía Fiscalía Foto: El Universo

A Cueva le preocupa que “todo el mundo” pueda empezar a armarse y a la más mínima sospecha, alguien termine herido o muerto.

Diego Ordóñez, secretario nacional de Seguridad Pública y del Estado, precisó que se autoriza el porte de armas, previa autorización y con el cumplimiento de requisitos.

Sostuvo que hay restricciones por edad, por tipo de arma, por antecedentes de violencia, y otras. “No es libre porte”, escribió en su cuenta de Twitter.

Julio César Cueva refirió que no le extrañaría que haya sicarios con permisos para portar armas, tomando en cuenta que se han dado casos de falsificaciones de documentos públicos.

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El objetivo del Gobierno con esta y otras medidas, como la del uso de aerosoles de gas pimienta o el porte de armas de guardias de seguridad privada en apoyo a la Policía, es combatir la delincuencia, el narcotráfico y el crimen organizado.

“La Ley de Tránsito es muy estricta, por ejemplo, para el tema de obtener licencia hay que hacer el curso, hay que aprobar los exámenes, y sin embargo usted tiene gente con licencias falsas (...). La decisión si bien es cierto puede estar bienintencionada, pudiera ser más caro el remedio que la enfermedad”, opinó Cueva.

Este lunes habrá una reunión de coordinación con los centros de control de armas a nivel nacional para articular las disposiciones emitidas en el decreto presidencial. (I)