Más de cinco años después de que se emitió la sentencia por el delito de asociación ilícita relacionado con la trama de corrupción que la empresa brasileña Odebrecht implantó en el país, y una vez han pasado más de cuatro años de que este mismo fallo quedó en firme, un tribunal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) individualiza el monto económico que deben pagar los ocho sentenciados por el acto de corrupción cometido.

El 13 de diciembre de 2017, el exministro de Sectores Estratégicos y exvicepresidente de Rafael Correa, Jorge Glas; Ricardo Rivera, tío de Glas y relacionado con el sector de las telecomunicaciones; un exfuncionario de Senagua, Carlos Villamarín; un exfuncionario de Petroecuador, Ramiro Carrillo; y el empresario Édgar Arias fueron sentenciados a seis años de reclusión en calidad de autores directos del delito de asociación ilícita.

Jorge Glas vuelve a salir de una cárcel sin cancelar la reparación económica que debe entregar al Estado por actos de corrupción condenados

Además, los empresarios Gustavo Massuh, Rubén Terán y Kepler Verduga recibieron una pena modificada de catorce meses de cárcel por la cooperación eficaz entregada a la Fiscalía. En ese caso, la pena económica por pagar definida para todos fue de $ 33′396.116, la cual fue ratificada en el mandamiento de ejecución del 7 de septiembre de 2022.

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El 21 de abril pasado, el Tribunal de Ejecución definió en una providencia que Glas y Rivera deben pagar finalmente $ 14,1 millones; Villamarín, $ 6 millones; Arias, $ 10′012.000; Carrillo, $ 200.000; Massuh, $ 860.930,99; Verduga, $ 1′473.524,30; y Terán, $ 749.705,03.

Solo el 6,5 % de las penas económicas definidas en catorce casos de corrupción están en manos del Estado; pocos procesados han completado su condena de cárcel

La sala dispone en su providencia que los sentenciados, en el término de cinco días, paguen al Estado ecuatoriano cada una de las cantidades determinadas.

“El pago se realizará dentro del término legal mediante depósito en efectivo en la cuenta corriente única del Banco Central del Ecuador. (...) Los comprobantes de transferencia deberán ser remitidos a esta Judicatura. A los sentenciados se previene que, en caso de incumplimiento de este mandamiento de ejecución, se procederá a la ejecución forzosa”, definieron los jueces de ejecución de la Corte Nacional.

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En la causa Odebrecht ninguno de los condenados como autores directos está en prisión. Por ejemplo, Glas salió de la cárcel en noviembre pasado gracias a una medida cautelar autónoma, pese a que aún le quedaba tiempo por cumplir de la pena de seis años impuesta. Rivera también salió de la cárcel al apuntar al beneficio penitenciario del régimen semiabierto, pero poco tiempo después falleció a causa de un cuadro grave de COVID-19, cuyo virus también causó la muerte del empresario Arias en el interior de la cárcel de Ambato, donde pagaba su pena de prisión.

Con la muerte de Rivera y Arias, el pago de la pena económica se trasladaría a los bienes que están en poder de quienes resulten ser los herederos de ambos. (I)