Un país que luego de superar una guerra civil fratricida buscó con determinación deshacerse de la corrupción en el Estado, que había cooptado los estamentos del Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Para esto último solicitó y obtuvo la ayuda de Naciones Unidas, organismo internacional que conformó una Comisión Internacional de Lucha contra la Impunidad (Cicig), integrada con exfiscales, exjueces, exdetectives policiales, abogados expertos en la redacción de legislación penal y litigantes en ese ámbito, así como técnicos en el rastreo internacional del dinero estatal apropiado por mafias de empresarios defraudadores y políticos.

El numeroso equipo realizó un diagnóstico de la realidad delincuencial del país, estableciendo los crímenes de gran impacto para la población más pobre, para luego diseñar leyes especiales anticorrupción, necesarias para reunir pruebas contra los enriquecidos a costa del Estado, procesarlos y condenarlos. En la tarea, por ejemplo, colaboraron para dotar a Guatemala de la Ley de Extinción de Dominio de los patrimonios de las mafias; y, propusieron reformas constitucionales apropiadas y en otras leyes (Código Penal, ley Ministerio Público, entre otras).

Toda la operación de la Cicig fue financiada por países del primer mundo, con lo cual se aseguró independencia y eficacia para investigar a las más altas autoridades del Estado, involucradas en latrocinios de dineros de la contratación pública.

Fue la Cicig la que sentó las bases de la concientización social guatemalteca de rechazo a la corrupción, colectividad que antes parecía inerte o indiferente como gran parte de la ecuatoriana.

Sin embargo, hay que resaltar que allá el interés escrutador de la ciudadanía a la gestión pública se debe en parte al trabajo de la prensa independiente que la Constitución de Guatemala protege en forma ejemplar. Por ejemplo, no podría ocurrir el tamaño atropello sufrido en la provincia del Napo por el periodista Juan Sarmiento, quien, por criticar la gestión del exgobernador,

Patricio Espíndola Lara, durante la emergencia sanitaria por el coronavirus, fue procesado y condenado a cumplir diez días de prisión, más el pago de 100 dólares y a pedir disculpas públicas (en sentencia ratificada por una jueza, prima del exgobernador denunciante).

No, en Guatemala no existe tal peligro. Su Constitución precautela la Libertad de Emisión del Pensamiento (art. 35). con la advertencia: “…No constituyen delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos…”.

Es más, su Corte de Constitucionalidad ha reiterado que esa libertad es válida para ejercerla por cualquier medio de difusión y sin censura previa. En su jurisprudencia, tal disposición debe preservarse a ultranza, para garantía de la difusión de ideas y no puede ser objeto de ninguna matización que implique limitarla. Al periodista, como cualquier ciudadano, le asiste el derecho a exteriorizar su pensamiento, así como otro tiene el derecho de recibirlo libremente. (O)