Está en debate público el establecer bases militares extranjeras y realizar acuerdos militares en territorio ecuatoriano para ayudar a combatir las amenazas transnacionales del terrorismo, narcotráfico y otras actividades ilícitas, de forma temporal, y podrían ser renovables de acuerdo con la situación. La cooperación se justifica porque la violencia transnacional está atentando contra la supervivencia del Ecuador.
¿Qué nivel requiere la ayuda? Depende de situación y responsabilidad en la conducción de la guerra, según los siguientes niveles: político (presidente), fija el objetivo político, interno o transnacional para eliminar, neutralizar o disminuir las acciones de las organizaciones armadas criminales; político-estratégico (ministro de Defensa); estratégico (jefe del Comando Conjunto de las FF. AA.); estratégico-operacional (comandantes de los teatros de operaciones, terrestre, marítimo y aéreo); operacional (comandantes de las fuerzas de tarea); tácticos (comandantes de los grupos y elementos de tarea).
Las fuerzas extranjeras generalmente participan en operaciones coordinadas o combinadas. Por ejemplo, la Armada en el área marítima está cumpliendo con buenos resultados el “Acuerdo entre la República del Ecuador y los Estados Unidos de América relativo a operaciones contra actividades marítimas transnacionales ilícitas”, que fue sometido por el presidente Daniel Noboa a consulta a la Corte Constitucional (CC), la que, con dictamen 9-23-TI/24, manifestó: “El acuerdo no requiere de aprobación legislativa”. Se informó a la Asamblea Nacional sobre el dictamen. Así, el 15/2/2024, el presidente Noboa, con el Decreto 165, ratificó y puso en marcha el acuerdo. Últimamente la Unión Europea actualizó la lista de países desde donde más proviene la cocaína, y Ecuador ya no consta.
El acuerdo tiene 23 artículos. En ellos define las actividades marítimas transnacionales ilícitas, como tráfico de drogas; pesca ilegal, no declarada y no reglamentada; tráfico ilegal y transporte peligroso de migrantes… Asimismo señala que las operaciones se efectuarán únicamente contra buques sospechosos, incluidos los sin nacionalidad. En las operaciones marítimas combinadas, los agentes de las fuerzas podrán embarcarse en buques de las partes con el fin de autorizar la persecución, abordaje, inspección y captura de embarcaciones sospechosas. Los tripulantes podrán hacer uso de la fuerza en defensa propia, de conformidad con las leyes y las políticas de su Estado.
También consta que Ecuador permitirá a las aeronaves militares de los EE. UU., previa autorización del Ministerio de Defensa Nacional, operar en el espacio aéreo ecuatoriano.
Este acuerdo demuestra la cooperación entre dos Gobiernos con afinidad política. El dictamen de la CC contribuye a la decisión política. El Decreto Presidencial 164 legaliza las operaciones marítimas combinadas, con el fin de neutralizar las actividades ilícitas y el terrorismo que generan la crisis interna de seguridad.
El presidente Noboa ha afirmado que no declinará su decisión de solicitar y recibir ayuda militar extranjera. ¡Manténgase, necesitamos apoyo militar extranjero contra los narcos terroristas transnacionales! (O)