De lo primero, su significado es de conchudos, capaces de declarar noche al día y viceversa, cara dura, que de todo quieren aprovecharse.

En el correato sí hubo ‘dedazo’, para Seguros Sucre, bajo procesos en el Ecuador y en Estados Unidos.

Una asambleísta, que votó por la destitución de Guillermo Lasso, habría expresado en campaña: “roben, roben bien; pero, justifiquen bien”. Hay que hacer aparecer ‘un uso lícito de los recursos’.

Y hay los necios, equivocados, en que pesa mucho la ignorancia.

Casos patéticos y graves están en las acciones constitucionales de protección, habeas corpus y otras, con abuso de accionantes, al argumentar infracciones constitucionales que no existen, y tramitadas con jueces usados por aquellos. Días atrás se publicó que deudores de la Corporación Financiera Nacional B.P. habían seguido esta vía para exigir que se le tome bienes en dación, porque en el correato fueron beneficiarios de cuantiosos créditos, y ahora quieren entregar bienes sobre los que en lo inmediato no hay interesados, además de exhibirse avalúos muy por encima de valores comerciales de hoy.

En la Asamblea los casos se multiplican. Y seguirán, porque la ‘pica’ del correato de no haber alcanzado 92 votos para destituir a Lasso no se ha superado y seguirán queriendo trabar su gestión –los demás parecería que son arrastrados–.

En la jornada de remoción del presidente Lasso, del 28 de junio del 2022, hicieron aparecer como votos a favor de la destitución a los de cuatro asambleístas que votaron en contra de esta, y como en la primera votación se había pedido “rectificación”, por una de las cuatro personas, cuando se hizo evidente que había la alteración en tres registros más, de votos negativos que se hacían aparecer afirmativos –de Ripley, en ‘aunque usted no lo crea’– la respuesta fue de que no era posible “rectificación”, porque por lo reglado no había posibilidad de votar una segunda “rectificación”, –esta para corregir el fraude cometido–. Es inconcebible confundir una rectificación por error, con corregir el fraude descarado que se estaba produciendo. La reconsideración permitió salvar la situación.

Verdad que los desfinanciamientos de la seguridad social se arrastraban de décadas, pero debe recordarse que la orden del correato de privar al IESS del aporte del 40 % que debía entregar el Gobierno Nacional para el Fondo de Pensiones, por el art. 68.1 de la Ley de Justicia Laboral, año 2015, recién corregido el 2019 –más de $ 4.400 millones perdidos– colocó al extremo su quiebra. Denunciar su cuasi quiebra y ver cómo se la supera está bien, pero afirmar que “no fue con nosotros” supera a otros casos de ‘caretucos’.

En la Asamblea se sembró la duda de que se estaría obligando a que los prestatarios del Biess contraten seguros de desgravamen con compañías escogidas por el Biess y plantean que se distribuyan proporcionalmente entre todas las compañías existentes y que, mientras tanto, se suspendan los desembolsos. Hoy no es obligatoria compañía alguna, lo que hay es una calificación de las que cumplen con evidencias patrimoniales y otros elementos. No debe suspenderse contratación alguna. En el correato sí hubo ‘dedazo’, para Seguros Sucre, bajo procesos en el Ecuador y en Estados Unidos. (O)