Crisis, es la palabra que en el Ecuador decimos y escuchamos en todas partes en estos días: crisis de energía eléctrica, crisis económica, crisis de seguridad, y sigue la lista a la que, ahora, se ha añadido la crisis de legalidad, que se hace evidente con el caso de la supuesta imposibilidad de que la vicepresidenta reemplace al presidente, como lo dice la Constitución, durante los días en que no estará en ejercicio de sus funciones porque se dedicará a su campaña electoral para las elecciones de febrero de 2025.

El artículo 146 de la Constitución del Ecuador es muy claro: “En caso de ausencia temporal en la presidencia de la República, lo reemplazará quien ejerza la vicepresidencia”.

Sin embargo, la decisión de no encargarla se respalda en una resolución del Ministerio del Trabajo (emitida el pasado viernes 8 de noviembre), suspendiendo a la vicepresidenta Verónica Abad por 150 días –sin sueldo–, en los que no podrá ejercer su cargo, considerando que había cometido una falta grave: “Abandono injustificado del trabajo por tres o más días laborables consecutivos” –le habían pedido trasladarse de la Embajada de Ecuador en Israel a la Embajada en Turquía y presentarse el 1 de septiembre, lo hizo el 9 de septiembre–.

Sin embargo, en un acuerdo del mismo ministerio se señala que “los servidores públicos que contravengan las disposiciones del ordenamiento jurídico vigente en lo atinente a los derechos y prohibiciones constitucionales o legales serán sancionados por la autoridad nominadora o su delegado”. En el caso de la vicepresidenta, la autoridad nominadora es el pueblo que sufragó. De todas maneras, la vicepresidenta o el vicepresidente, según el caso, no dependen de ningún ministerio y tienen mayor jerarquía. Pero se interpreta que, si está suspendida, precisamente, en esos días, no puede reemplazar al presidente Daniel Noboa durante la campaña.

En todo esto, coincidencias o no, hay un proceso que irrespeta la Constitución y envía un mensaje a la ciudadanía: no hay ley que no se pueda arreglar de acuerdo con los intereses particulares. Es cuestión de hacer interpretaciones antojadizas y arreglos que deberían ser inadmisibles, para convertir lo prohibido en legal, con lo que quedan abiertas las posibilidades de negociaciones, favores y aplicaciones de la ley y la justicia al gusto del mejor postor o del que tenga más poder.

En definitiva, se menosprecia la elección ciudadana y se da ejemplo de que cualquier componenda puede cambiar la decisión del pueblo.

No se trata de la señora Abad, de si nos gusta o no, de si creemos que será competente o no, se trata de que si en una democracia se eligen autoridades por el sufragio ciudadano es porque se respetan los principios democráticos y a quienes los practican.

Si no es así, si desde las altas esferas nos muestran cómo burlarlos, no hablemos más de que somos un país democrático y de que tenemos autoridades que cumplen con los principios, deberes y derechos que les asigna la Constitución. (O)