“Sabed que he partido en tres el reino. Es mi firme deseo librar de cargas mi vejez”, empieza diciendo el rey Lear. Y para decidir qué parte del reino le tocará a cada una de sus tres hijas, no se le ocurre mejor cosa que preguntarles cuánto lo aman. Las dos primeras, Goneril y Reagan, lo llenan de falsas adulaciones. Solo la tercera, Cordelia, responde sinceramente: “Amo a su majestad como debo. Ni más ni menos”. Al rey Lear le golpea en el orgullo la enigmática respuesta de su hija Cordelia. Lleno de indignación la deshereda y reparte el reino entre Goneril y Reagan. Ellas, junto con sus respectivos esposos, terminan por abandonar a su padre y conducir el reino a la ruina. Al final, Lear muere pobre, solo y loco.

Los líderes de empresas familiares deben tener en cuenta la tragedia de Lear a la hora de diseñar su programa de sucesión generacional. Lear comete, al menos, tres errores: abandona el cargo antes de tiempo, divide una empresa en marcha y se dejar guiar por las emociones. Los líderes de empresas familiares que estén pensando en la continuación del negocio en manos de sus herederos deben asesorarse profesionalmente y utilizar los correctos instrumentos legales para evitar los errores de Lear.

Gerentes

En primer lugar, es importante empezar por determinar quiénes son parte de la familia. Los padres y los hijos son familia. Pero ¿qué pasa con hijos de otro matrimonio?, ¿qué ocurre con las cónyuges de los hijos?, ¿seguirán siendo familia los cónyuges divorciados? Esta definición de familia puede ir acompañada de figuras legales como las capitulaciones matrimoniales, los testamentos y los fideicomisos, que permitan delimitar claramente quiénes forman parte de la empresa familiar y quiénes no.

En segundo lugar, hay que separar la propiedad de la administración. Un plan de gobierno corporativo debe tener en cuenta que ciertos miembros de la familia van a mantenerse al margen de la operación de la empresa, pero seguirán siendo dueños de sus participaciones. El plan corporativo debe estar reflejado en la regulación legal de la compañía, con estatutos que definan la conformación de directorios y órganos de administración y con el establecimiento de deberes fiduciarios de aquellos que administran la empresa.

Y, en tercer lugar, debe haber reglas sobre cómo se van a relacionar los miembros de la familia entre sí y en qué forman van a resolver sus disputas. Se debe regular la posibilidad o no de que alguien decida vender su participación, la forma en que han de distribuirse las ganancias, la eventual obligación de realizar préstamos para capitalizar las empresas, el sometimiento de disputas a jueces ordinarios o procesos arbitrales. Estas reglas pueden canalizarse a través de contratos de accionistas –también llamados ‘pactos para-sociales’– que tienen pleno reconocimiento legal en nuestro país.

El diseño correcto de un protocolo familiar y la utilización de herramientas legales, como las capitulaciones matrimoniales, los testamentos, los fideicomisos, los estatutos sociales y los pactos para-sociales, pueden evitar que la tragedia de Lear sea la tragedia de un exitoso negocio familiar. (O)