Simular un contrato consiste en hacer una declaración en un sentido distinto a la verdadera voluntad de los contratantes. Simular es que los contratantes declaren una cosa, pero quieran otra cosa distinta. Dos personas celebran un contrato para la venta de una casa y declaran en la escritura pública que el precio de la venta es 100, cuando, en realidad, es el deseo de los contratantes que el comprador pague 200 al vendedor.

Simular es lo mismo que engañar. La simulación puede consistir en un engaño total, y en ese caso se llama simulación absoluta, o en un engaño parcial, y en ese caso se llama simulación relativa. En la simulación absoluta los contratantes declaran que existe un contrato cuando su voluntad es que no se genere ningún efecto.

En la simulación relativa los contratantes declaran que existe un contrato cuando su voluntad es que el contrato sea de un tipo distinto al declarado, o contenga términos diferentes, o se realice entre quienes no figuran como partes.

En nuestra práctica comercial encontramos contratos simulados por todas partes. Sea por una cultura del engaño y la triquiñuela, sea por la imposición de una carga impositiva o tramitológica que es imposible soportar, o sea por las razones que sean, la práctica de la simulación jurídica ha tomado hondas raíces entre nosotros.

Pero el hecho de que sigan existiendo tantos contratos simulados nos lleva a hacernos algunas preguntas...

Un gran grupo de contratos se simulan con el objetivo de evitar pagar impuestos. Compradores declaran precios inferiores para no pagar el impuesto a la renta, las alcabalas o el IVA. Ciertos exportadores no declaran la cantidad ni los precios en los que realmente exportan o utilizan compañías en el extranjero para alocar la utilidad del negocio. Algunos empresarios constituyen compañías de papel para facturar por bienes y servicios inventados que permitan imputar gastos a la renta.

Otro grupo de contratos se simulan por razones igualmente ilícitas. Así, por ejemplo, una venta inventada para despojar a un legítimo heredero de lo que le correspondería en la herencia traspasando bienes a favor de un tercero. Un contrato laboral que se hace pasar por supuesta prestación de servicios con tal de no pagar los beneficios que de ley corresponden a los trabajadores. Aportes a fideicomisos con el único propósito de poner a buen recaudo ciertos activos para que los acreedores no puedan perseguirlos para cobrar sus créditos. Y una larga lista de etcéteras.

La ley tiene herramientas para luchar contra la simulación. Si la simulación es absoluta, la ley permite desconocer totalmente el contrato declarado. Si la simulación relativa la ley permite declarar su nulidad por causa ilícita o desvelar el contrato disimulado para aplicarle el régimen de normas impositivas pertinentes.

Pero el hecho de que sigan existiendo tantos contratos simulados nos lleva a hacernos algunas preguntas: ¿se trata de un problema idiosincrático y que estamos acostumbrados a engañar?, ¿o se trata de la existencia de una regulación legal que impide la formalidad?, ¿tal vez es una falta de sanciones efectivas para disuadir?, ¿o tal vez no hay otra alternativa para operar? (O)