El Consejo de Regulación de la Comunicación (Cordicom) reformó por segunda ocasión el reglamento para el tratamiento de las infracciones administrativas de los medios y con esto regular su potestad para sancionar la publicación de contenidos sexualmente explícitos.

La normativa fue aprobada por el pleno del organismo, el pasado 6 de marzo.

El Cordicom creó un nuevo capítulo en este reglamento con el que empezará a ser autoridad competente para conocer, tramitar y sancionar denuncias contra las estaciones de radio y televisión que hubieren difundido mensajes con contenido sexualmente explícito, según señala el artículo 68 de la Ley de Comunicación.

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Quienes consideren que un medio transmitió ese tipo de piezas tendrán 180 días para presentar su queja ante el presidente del Consejo (Patricio Barriga), la cual será calificada en los cinco días siguientes.

Para que un contenido infrinja la disposición deberá “denotar algún tipo de práctica real o simulada con la representación del cuerpo humano”, mientras que la “pornografía será considerada como contenido sexualmente explícito”.

Si se considera que esta programación afecta a los menores de edad o grupos de vulnerabilidad, el Cordicom remitirá el expediente a la Fiscalía.

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Como sanción para estos casos, la Ley de Comunicación aplicará una multa que va de 1 a 5 remuneraciones básicas, con un plazo de 30 días para cancelar. Si el medio incumple, el caso será remitido a la Contraloría para que aplique su jurisdicción de coactiva.

En la transitoria del reglamento se menciona que todas las denuncias por estos casos que se hayan presentado a partir de la vigencia de la ley, serán tramitadas y basadas en esta nueva reforma reglamentaria.

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Otro punto de la reforma indica que las autoridades y personas particulares están obligadas a entregar a la Superintendencia de Comunicación (Supercom), órgano sancionador, la información que esta requiera para sus investigaciones, “inclusive la que por ley debe mantenerse en reserva”. Para remitirla habrá un plazo de 72 horas y se extenderá por 48 más , si se justifica la necesidad. (I)

26 artículos tiene la reforma al reglamento para tramitar infracciones de los medios de comunicación.