En ocasiones una empresa decide terminar la relación laboral con alguno de los trabajadores de manera unilateral. Eso se llama despido intempestivo.

De acuerdo con el abogado laboral René Jalil, esta situación se da cuando una persona tiene un contrato de estabilidad y este es roto por el empleador.

Si ocurre esto, el trabajador tiene derecho a una indemnización en la que se toma la última planilla de ingresos y que se calcula de diferente manera dependiendo del tiempo que haya laborado en la empresa.

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De acuerdo con una tabla del artículo 188 del código de trabajo, si el trabajador tenía en la empresa de 0 a 3 años se le paga tres remuneraciones basadas en los valores que recibió el último mes completo que estuvo en la compañía.

Después del tercer año se paga una remuneración por año hasta un máximo de 25.

"Es importante considerar que la fracción de año se toma como año completo. Es decir, si la persona tiene trabajando cinco años y un día, recibe seis", dice Jalil.

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Adicionalmente recibe el desahucio, que comprende el 25% de la última remuneración multiplicado por los años cumplidos de trabajo. En este caso no se considera la fracción.

La ley también indica que si el trabajador tiene laborando en la misma empresa más de 20, pero menos de 25 años seguidos también tendrán derecho a la parte proporcional de la jubilación patronal.

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Casos especiales

Hay situaciones especiales como cuando una persona tiene alguna discapacidad o un permiso médico largo. Ellos tienen condiciones adicionales a las antes mencionadas.

Por ejemplo, si una persona tiene permiso médico y tiene un trabajo estable, pero es despedido intempestivamente, el empleador debe pagar con la fórmula antes mencionada y darle 6 meses extra más de remuneración.

Sin importar si un trabajador adquiere una discapacidad antes o ya estando en la empresa, cuando es despedido recibe lo mencionado antes más 18 veces la mejor remuneración que haya tenido en la relación laboral.

Amparados por la ley

Otra arista es lo que ocurre con las mujeres embarazadas y trabajadores sindicalizados.

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Estas personas están amparadas por un principio de inamovilidad y, por ende, las personas embarazadas que estén en un trabajo estable no pueden ser despedidas. Si ocurre ella tiene el derecho de ir en los siguientes 30 días donde un juez para pedir un despido ineficaz. Si se constata el hecho y aunque el empleador desconocía del embarazo, el juez puede ordenar reintegrarla a la empresa si ella quiere, sino debe recibir 12 meses de remuneraciones adicionales.

La abogada laboral Karla Villacis, del estudio jurídico Lexvalor Abogados, indica que si la empresa no acepta la reintegración pueden darse sanciones penales contra el representante legal de la compañía.

Ella agrega que también se puede considerar como despido intempestivo si a un trabajador se le cambia las funciones sin el consentimiento de este. Además de que no se le puede bajar el sueldo.

Otro tema que comenta es que cuando una empresa cierra o entra en liquidación, se debe avisar con tiempo, al menos un mes antes, a los trabajadores y proceder a darles una indemnización como despido intempestivo.

¿Qué puede llevar a despedir a un trabajador?

El despido intempestivo se hace en el momento en que la empresa decide terminar con la relación laboral con un trabajador, pero igual se debe cuidar la forma en que se realiza el proceso para que sea adecuado y humano, según especialistas en recursos humanos.

"Ya sea porque la persona no cumple con los nuevos retos de ese puesto, por falta de adaptación, actitud o aptitud. A veces puede ser por cambios dentro de la estructura organizacional y su perfil ya no sea requerido o no sea adaptable a las nuevas necesidades", dice Anna Carrozzini, consultora en recursos humanos, quien agrega que las empresas deben llevar el proceso de manera correcta, con una buena gestión de los encargados y sin tratar mal a la persona que saldrá. (I)