Las facturas por las consultas médicas y psiquiátricas de Mario M., dueño de la empresa Dinaser Cía. Ltda., forman parte del expediente judicial que incluye una sentencia para que la Corporación Financiera Nacional (CFN) le pague a dicha compañía $ 20′063.000 por ‘daño patrimonial y psiquiátrico’.

“El señor Mario M. sufre un trastorno de estrés postraumático con sintonía depresiva, ansiosa y delirante, e ideas de desespero, riesgo suicida, proveniente del evento traumático por la falta de pago de la Corporación Financiera Nacional”, señala un extracto del informe del especialista en psiquiatría clínica Robert Loor, con fecha 5 de julio de 2022.

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Un mes antes, el 6 de junio de 2022, la CFN le había depositado a esa compañía $ 791.573, luego que una sentencia dispusiera que la financiera le pague esa cantidad a Dinaser Cía. Ltda., por los servicios de guardianía que había dado a los bienes embargados a por la entidad financiera a sus deudores. No obstante, la CFN se había negado a pagar por la falta de un contrato previo.

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“Con la autorización del juez de coactiva (de CFN) se contrataban los servicios de nuestra empresa para el resguardo (…) en muchas ocasiones, por la premura de resguardar los bienes, la autoridad de coactiva autorizaba nuestro ingreso o toma de bienes, posteriormente se autorizaba el pago de nuestros servicios”, señalaron los abogados de Dinaser Cía. Ltda., al rechazar que a partir de julio del año 2017 una nueva administración de la CFN negara los pagos de guardianía.

Antes de esa fecha los pagos sin que existiera de por medio un contrato los había autorizado Carlos Zavala Mena, quien se desempeñó como gerente de Coactiva de la CFN en el periodo noviembre del 2015 a enero del 2017, según los registros públicos de la Contraloría General del Estado.

La entidad financiera respondió en los juzgados: “La gerencia administrativa ratificó que la CFN no posee vínculo contractual con la empresa Dinaser que soporte el servicio de guardianía, por lo que mal podría esta administración generar el proceso de pago”. La entidad pública justificaba su negativa en las sanciones en que podría incurrir “por comprometer recursos públicos” sin que hubiera el respaldo presupuestario o un contrato que avale el pago legalmente.

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En un juicio que duró año y medio, desde febrero del 2019 hasta julio del 2020 en que se dictó la sentencia, la empresa Dinaser Cía. Ltda. logró que el tribunal de lo Contencioso Administrativo, formado por los jueces Darwin Serrano, Hermelinda Morales y Dorian Rodríguez dictaran una sentencia a su favor y ordenaran el pago por parte de la CFN de $ 706.761 más el IVA y los intereses desde el 27 de julio de 2017.

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La CFN presentó recursos de aclaración, casación y más para rechazar la sentencia, que se quedó en firme, o ejecutoriada, en junio del 2022, tras hacer la CFN el pago a Dinaser.

El mes siguiente, en julio del 2022, Mario M., dueño de la contratista, se sometió al peritaje médico que le determinó ‘daño psiquiátrico’ y, en septiembre de ese año, con el patrocinio de Carlos Zavala Mena, el mismo funcionario de la CFN que le pagó por los servicios que no tenían el respaldo de un contrato, presentó un reclamo ante el área jurídica de la CFN por supuesta responsabilidad extracontractual. En esta querella, Dinaser Cía. Ltda. solicitaba el pago de tres valores que sumaban $ 30′543.180 y que comprendían una reparación económica por el daño patrimonial que supuestamente había sufrido ($ 20′043.180), por el daño psiquiátrico y psicológico ($ 10′000.000) y por los honorarios profesionales de abogados ($ 500.000).

La CFN negó el reclamo y Dinaser acudió en enero del 2023 a los tribunales nuevamente, esta vez con una acción de protección que recayó en el juez Segundo Tito Álvarez, de la Unidad de Violencia contra la Mujer y la Familia en Guayaquil. “Acudimos a ustedes pidiendo auxilio e interponiendo la siguiente acción de protección debido al peligro de riesgo de muerte inminente de uno de nuestros representados (Mario M.)”, señaló su abogado Carlos Zavala, según refiere el extracto de la audiencia.

Ahí expuso que el riesgo de suicidio “es normal de quien ponga su capital de $ 500.000 durante cinco largos años y se vaya a una debacle financiera”. La empresa Dinaser, de Mario M., fue creada en diciembre de 1999 y adquirida por él en septiembre del 2000. Hasta el año 2015, esta empresa registró aumentos de capital que alcanzaron los $ 200.000, pero es en junio del 2018 –en pleno litigio con la CFN- cuando los registros de la Superintendencia de Compañías señalan aumentos del capital de Dinaser Cía. Ltda. por $ 900.000, la mayor parte de ese capital ($ 868.500) inyectados por su principal accionista, Mario M.

La compañía posee un capital de $ 1′200.000, se encuentra activa y no ha presentado sus balances desde el año 2017, según la Supercias. Ese año reportó ingresos por unos $ 5,5 millones, en el 2016 por $ 6,2 millones, en 2015 por $ 4,3 millones, en 2014 por $ 2,5 millones y en 2013 por $ 1,4 millones. Este Diario llamó sin éxito a los contactos registrados por la empresa Dinaser ante la Supercias, también envió una solicitud de entrevista a dos correos electrónicos, pero hasta el cierre de esta edición ninguno fue atendido.

La acción de protección planteada por Dinaser fue aceptada el 10 de febrero de 2023 por el juez Segundo Tito, quien dispuso que la CFN cancele a la demandante la cantidad de $ $ 20′063.180: por concepto de ‘reparación integral económica o daño patrimonial’ ($ 20′043.180) y por ‘daño psiquiátrico irreversible y psicológico’ ($ 20.000).

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La CFN apeló la sentencia en julio del 2023 y desde entonces se han anunciado ocho convocatorias para la audiencia de esta apelación, sin que se haya concretado ninguna. La última convocatoria está prevista para el viernes 5 de abril.

“La CFN solicitará que se revoque la sentencia del juez inferior y que sea declarada sin lugar la acción de protección, por todos los argumentos de derecho y por ser inconstitucional, y que sea declarado el error inexcusable del juez inferior”, dijo Juan Izquierdo, gerente jurídico de la CFN, mientras que el presidente del directorio de la entidad, Iván Andrade, reclamó porque el tribunal, presidido por la jueza ponente Carmen Vásquez, no les permite ser escuchados presencialmente sino de manera virtual o telemática. “Buscamos que se haga justicia, que exista un debido proceso, nuestra obligación es defender los intereses de los 18 millones de ecuatorianos”, dijo el titular de la entidad financiera. (I)