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QUITO.- Tres personas serán procesadas por el presunto delito contra la flora y fauna. Más de 100 especímenes fueron encontrados en los allanamientos. Foto: Cortesía FGE

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La Fiscalía General del Estado (FGE) informó que tres personas fueron aprehendidas por presuntos delitos contra la flora y fauna en varios puntos de Pichincha, los ciudadanos fueron trasladados a la Unidad de Flagrancia de Quito y en las próximas horas se definirá su estado legal.

Según el Ministerio del Ambiente y Transición Ecológica, son más de 100 especímenes, entre exóticos y nativos, que se pretendía comercializar de manera ilegal.

El primer allanamiento se realizó la madrugada de este martes 24 de octubre en el sector de Conocoto, en el suroriente de Quito.

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En este lugar se aprehendió a un ciudadano que tenía once ajolotes adultos y cerca de cien ajolotes recién eclosionados, tres ranas albinas y un gecko (una especie de lagarto).

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En el lugar se levantaron todas las evidencias posibles para vincular al ciudadano en el presunto delito contra la flora y fauna.

Los animales fueron puestos a salvo y trasladados a patios de la Policía Nacional hasta definir su destino.

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El segundo allanamiento realizado esta mañana se dio en el centro y sur de Quito. De estas operaciones se detuvo a dos personas y en el lugar encontraron 28 ajolotes y otros 52 indicios.

Personal especializado de la FGE y de Policía realizaron fotografías y demás peritajes que servirán de respaldo sobre las condiciones en las que encontraron a los animales.

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El artículo 247 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece la sanción para las personas que cometan delitos contra la flora y fauna:

“Delitos contra la flora y fauna silvestres.- La persona que cace, pesque, tale, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, introduzca, almacene, trafique, provea, maltrate, se beneficie, permute o comercialice especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de flora o fauna silvestre terrestre, marina o acuática, de especies listadas como protegidas por la Autoridad Ambiental Nacional o por instrumentos o tratados internacionales ratificados por el Estado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”. (I)

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