Marcos, Angélica e Iván llegaron desde diferentes sectores de Guayaquil a la delegación provincial electoral de Guayas, en La Atarazana. Aunque no se conocían acudieron a esa dependencia con un mismo propósito: consultar si debían pagar alguna multa por no haber votado en la segunda vuelta de los comicios presidenciales por estar de viaje en el exterior.

Estaban empadronados para sufragar en Guayaquil, pero por motivos laborales y familiares se hallaban fuera del país el 15 de octubre, día en que se realizó el balotaje para elegir presidente. En esa jornada electoral resultó electo Daniel Noboa, quien derrotó a Luisa González.

A ellos les explicaron que no debían cancelar la multa si justificaban que ese día estaban en el exterior, sea porque viajaron antes de las elecciones o si tomaron un vuelo antes de que se inicie la jornada electoral.

Publicidad

Para estar exonerados de multas por no votar debían presentar en la delegación provincial electoral la copia del pasaporte o el registro migratorio, en caso de que hayan viajado solo con la cédula a un país vecino.

Pero el trámite para la exoneración, según les explicaron, lo podrán hacer a partir de enero del 2024.

En la delegación provincial les dijeron que en estos días están entregando un certificado provisional por no haber sufragado en las elecciones presidenciales.

Publicidad

Ese certificado se lo emite solo con la cédula y no tiene un costo. No se necesita llevar el pasaporte. En Guayaquil se lo está emitiendo en una sala acondicionada para atender estos requerimientos. Primero se entrega la cédula en una ventanilla y luego llaman al usuario en otra ventanilla para obtener este certificado y devolverle la cédula.

El documento es válido por 90 días, que se cuentan desde el16 de octubre, fecha posterior a las elecciones. Es decir, quienes lo obtienen esta semana de noviembre podrán tenerlo vigente hasta cerca de la quincena de enero del 2024.

Publicidad

Según el Consejo Nacional Electoral, ese certificado se puede presentar en trámites públicos y privados y sustituye al certificado de votación durante el periodo de vigencia.

En ese mismo documento, el CNE especifica que ese certificado provisional no exime el pago de multas por no haber sufragado, integrado las juntas receptoras del voto, y por no asistir a capacitarse para conformar la junta.

En otras palabras, si el empadronado viajó el día de las elecciones y obtiene el certificado provisional, igual deberá en enero del 2024 hacer el trámite de la exoneración de la multa. Allí debe llevar la copia del pasaporte.

La multa por no votar en los comicios equivale al 10 % del salario básico unificado (SBU), es decir, $ 45.

Publicidad

En Ecuador el voto es obligatorio para todos los mayores de edad, y facultativo para los adolescentes, migrantes y personas de la tercera edad. (I)