Además de las ordenanzas municipales en cuanto a la tenencia de mascotas, los dueños de perros en ciudadelas privadas se atienen a las reglas impuestas por las distintas administraciones o comités, los cuales detallan sus reglas de convivencia en reglamentos internos.

El reglamento interno de una urbanización ubicada en la vía a Daule, por ejemplo, entra en gran detalle en las reglas que deben seguir sus residentes dueños de animales domésticos. El artículo 25 del título cuarto del documento dicta que cada familia de la urbanización solo puede tener “dos unidades” de mascotas domésticas.

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Diario El Universo no ha recibido respuesta a preguntas realizadas vía llamada telefónica y por correo electrónico respecto a la vigencia del documento del reglamento interno de esta ciudadela, que especifica haber sido “reformado y aprobado por el directorio” en agosto de 2018.

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El documento especifica que cada hogar podrá tener un solo perro de las razas akita, bullmastiff, mastin napolitano y rottweiler, y de cualquier can que “tenga características físicas como cabeza voluminosa, cuboide y robusta; mandíbulas grandes y fuertes, cuello ancho, musculoso y corto, y cuello macizo, ancho, grande y profundo”.

El artículo 26 del mismo reglamento prohíbe que los habitantes de la ciudadela tengan perros de raza american pitbull terrier, staffordshire terrier, bull terrier, staffordshire bull terrier, dogo argentino, fila brasilero y dóberman. El documento describe a estas razas como “perros de carácter agresivo y mandíbulas fuertes”.

También detalla, en el artículo 28, que los guardias tienen la faculta de “someter y sacrificar” a cualquier mascota involucrada en un ataque para precautelar “la integridad física de las personas en riesgo”. La misma normativa interna señala que las mascotas ruidosas reincidentes pueden ser retiradas de la urbanización, así como animales que rasguñen o muerdan a personas dentro de la ciudadela.

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Según Diego Bastidas, abogadode la Fundación Rescate Animal, el reglamento de esta ciudadela ha “cometido excesos”.

Los excesos van en el sentido de que resulta ilegal que hagan una lista de razas de perros prohibidos por determinadas características porque eso no es lo que prevé la ordenanza municipal ni el Código Orgánico del Ambiente (CODA)”, aclara Bastidas. “A nivel municipal los GAD (Gobiernos Autónomos Descentralizados) tienen la potestad para hacer el control de la fauna urbana y pueden regular el tema de la tenencia de perros, gatos y fauna urbana y silvestre, pero no podría hacer una regulación discriminatoria entre razas de perros”.

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En el caso de la raza pitbull, Bastidas recalca que son animales que necesitan mucho ejercicio y socialización, y que las controversias que suceden con esa raza no son causadas por una cuestión genética. “El problema no es la raza en sí. Depende, como dicen los expertos en comportamiento canino, de los parámetros de cuidado y crianza: de la tenencia responsable. Por eso ese tipo de prohibiciones son ilegales y además inconstitucionales”.

Sobre la supuesta potestad que les otorga el reglamento interno a los guardias de “someter y sacrificar” si así lo consideran necesario a animales involucrados en ataques, Bastidas considera que es una “barbaridad que conviertan a los guardias, cuya finalidad es distinta, en ejecutores del sacrificio de un animal. Dar muerte a los animales es abiertamente ilegal y constituiría un delito de acuerdo con el Código Orgánico Integral Penal”.

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También señala que las ordenanzas municipales regulan el sacrificio de un animal, donde etólogos (expertos en conducta animal) determinan si la mascota no puede seguir con su vida biológica por determinado motivo. “Lo hacen las autoridades competentes, no puede hacerlo un particular”, añade.

Otras urbanizaciones

El capítulo 8 de las normas de convivencia de Ceibos Norte, ciudadela privada ubicada en el norte de la ciudad, en cambio, no especifica razas prohibidas en sus artículos.

La urbanización Puerto Azul, ubicada en la vía a la costa, tampoco detalla una prohibición de razas específicas de perros, pero sí señala que los animales domésticos deben salir a pasear con correa. Además aclaran que pueden detener a cualquier mascota que deambule sin correa e identificación y entregarla a las autoridades competentes en el caso de que no se pueda localizar a los dueños.

La mañana del pasado 7 de mayo, en la manzana D3 de Puerto Azul, en el oeste de Guayaquil, se registró un ataque de un perro a otro. Un habitante de la ciudadela salió a pasear con su perro sin correa, y otra mascota que también iba suelta lo atacó en media calle. El dueño del animal agresor eventualmente retiró al perro. Un ciudadano grabó el ataque desde su balcón. “Aquí hay niños que viven, hermano, este condominio está lleno de niños...yo sé que no es tu culpa, pero aquí hay niños por todos lados, ¿y si coge a un niño y lo mata?”, le recriminó el autor del video al dueño del perro agresivo.

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En una urbanización en Chongón, una mujer sacó la basura junto a su mascota, una mezcla de razas french y cocker spaniel, durante la noche. Un can de raza husky se le abalanzó a su perro, pero ella alcanzó a lanzar la funda de basura que sostenía con la mano izquierda y alzar a su animal doméstico en los brazos. Es la segunda vez que la mujer ve al mismo husky sin correa. También ha notado que hay una mascota de raza pitbull de aproximadamente tres meses de edad suelta, pero nota que esta es “cariñosa” y “no ha causado problemas”. (I)