Dos medidas en los ámbitos tributario y económico contiene la propuesta de ley económica urgente enviada por el presidente de la República, Daniel Noboa Azín, a la Asamblea Nacional.
Este sábado, 17 de mayo, el primer mandatario remitió un borrador de ley orgánica para desarticular la economía criminal vinculada al conflicto armado interno, calificada como urgente en materia económica, que será la primera que trate esta Legislatura, que empezó su periodo 2025-2029 el 14 de mayo pasado.
Contiene medidas financieras, tributarias y de seguridad para desarticular las economías criminales vinculadas al conflicto armado interno, la sostenibilidad del sistema económico y financiero y la reactivación económica en zonas afectadas.
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De acuerdo con la Ley Orgánica de la Función Legislativa, hay un plazo de 30 días para su tratamiento, aunque previamente requerirá un informe de la Unidad Técnica Legislativa (UTL) que califique el cumplimiento de requisitos legales y luego la calificación por parte del Consejo de Administración Legislativa (CAL).
El proyecto propone modificaciones a unas tres leyes, entre ellas la Ley de Régimen Tributario Interno.
En su caso, para que “los contribuyentes que realicen donaciones a favor de la Policía Nacional y/o Fuerzas Armadas, en equipamiento y suministros para la protección interna y el mantenimiento del orden público y seguridad ciudadana, obtendrán una rebaja del impuesto a la renta causado del periodo fiscal equivalente al valor de la donación, con un límite del 30 % del impuesto causado, sin derecho a devolución. Los equipos y suministros que se donen deben ser nuevos y estar en condiciones óptimas para su uso según el órgano competente”.
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Como una disposición general para ayudar en la reconstrucción de las zonas afectadas por el crimen organizado se sugiere crear una medida para que el presidente de la República pueda, “de forma anual y discrecional, otorgar vía decreto ejecutivo un incentivo económico a la ciudadanía destinado” a:
- Pequeños y medianos productores del sector agroproductivo.
- Jóvenes o adultos, para que potencien sus capacidades y habilidades.
- Actores de la economía popular y solidaria, artesanos, emprendedores, negocios populares, con la finalidad de reactivación económica y promover la continuidad de sus actividades productivas.
En todos los casos, se contará previamente con el dictamen favorable del ministerio rector de las finanzas públicas. (I)