Hace apenas diez meses, la Corte Constitucional (CC) emitió estándares jurisprudenciales para evitar la interferencia de la justicia constitucional ordinaria en los juicios políticos, cuyo trámite corresponde a la Asamblea Nacional. No obstante, en la víspera, un juez de primer nivel dispuso reactivar tres juicios políticos archivados por pedido de la asambleísta gobiernista Inés Alarcón Bueno.

En un fallo emitido en octubre del 2023, los jueces de la Corte Constitucional incluyeron como un parámetro que “la justicia constitucional no puede emplearse como un mecanismo para evitar o suspender un proceso de enjuiciamiento político ni tampoco para revisar la procedencia, conveniencia o corrección del inicio, trámite y/o resultado”.

Agregaron que “la justicia constitucional no puede ser utilizada para resolver conflictos de naturaleza política, pues estos deben ser resueltos en la arena política y no trasladados a la esfera jurisdiccional. Un actuar en contrario generaría un desbalance en el sistema de separación de poderes y una desnaturalización, tanto del control político como del control jurisdiccional constitucional”.

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Esto se dictó el 23 de octubre de 2023, luego de revisar un pedido de medidas cautelares autónomas que inició el expresidente del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) Christian Cruz Larrea, que solicitaba la suspensión de un juicio político en el que fue censurado y destituido.

La Corte escogió este fallo para emitir “estándares con efectos vinculantes para casos análogos, con el fin de aclarar la procedencia de la garantía de medidas cautelares autónomas en procesos de enjuiciamiento político”, contemplado en el artículo 131 de la Constitución.

Este pronunciamiento fue mencionado por el secretario general de la Asamblea Nacional, Alejandro Muñoz, para anunciar que la institución no acatará la resolución del juez de primer nivel que dispuso a la Comisión de Fiscalización que se tramiten tres juicios políticos archivados.

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“La Asamblea Nacional no va a acatar esta sentencia espúrea emitida por un juez incompetente para pronunciarse sobre las competencias y facultades del primer poder del Estado. Esta es una nueva metida de mano en la justicia para favorecer a intereses políticos que la Asamblea no la va a aceptar”, sentenció Muñoz, en una declaración de prensa de este jueves, 22 de agosto.

Esto es el resultado de una acción de protección con medida cautelar que planteó la asambleísta de la bancada del Gobierno, Acción Democrática Nacional (ADN), Inés Alarcón en contra de la Comisión de la Fiscalización para que se revivan tres solicitudes de juicio político que reposaban en contra de exfuncionarios de la administración de Guillermo Lasso Mendoza: Sebastián Corral, exsecretario de la Administración Pública; Pablo Arosemena, exministro de Economía y Finanzas; y Andrea Montalvo, extitular de la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología (Senescyt).

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Lo hizo después de que las bancadas de oposición al régimen retiraron sus firmas de estas solicitudes y, de esa manera, aceleraron el trámite del juicio a la ministra de Relaciones Exteriores, Gabriela Sommerfeld Rosero, que se archivó; y de otros, como el de la ministra del Interior, Mónica Palencia Núñez, que está suspendido debido a la vacancia legislativa que concluirá el 2 de septiembre de 2024.

Según el cronograma de interpelaciones, una vez que se sustancie el proceso en contra de Palencia, seguiría el que impulsa la bancada del correísmo, Revolución Ciudadana (RC), en contra de la titular de la Fiscalía General, Diana Salazar Méndez.

La acción de protección la tramitó el juez de la Unidad de Garantías Penales de Quitumbe, Édgar Javier Romero Salazar, este 22 de agosto de 2024, y su sentencia escrita aún no es pública.

Romero fue el mismo que en el 2021 concedió una acción de protección al exasambleísta Fabricio Villamar, destituido por la misma Asamblea inculpado de haber obtenido un carné de discapacidad con inconsistencias.

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Este jueves, dio la razón en el pedido de Alarcón de que se reactive el tratamiento de los tres juicios en el orden cronológico que se había dispuesto antes del retiro de las firmas de los legisladores.

El Gobierno de Daniel Noboa Azín festejó la resolución. El ministro de Gobierno, Arturo Félix Wong, calificó de “valiente” a Alarcón y dijo que con esto se respetará el orden cronológico para tramitar los juicios políticos.

Pero en ese escenario, la Corte Constitucional ha dicho que la potestad de un juicio político no debe verse “truncada por intereses de otras autoridades en tanto constituye la más representativa muestra del ejercicio de las potestades de fiscalización y control político de la Función Legislativa. Es, asimismo, una de las expresiones de los principios de responsabilidad, juridicidad y separación de funciones, que caracteriza a los Estados de derecho contemporáneos”.

Se añadió que la “independencia de funciones opera como un límite al ejercicio del poder de otras funciones del Estado, pues busca evitar injerencias indebidas o desequilibrio de los pesos y contrapesos establecidos constitucionalmente a fin de que, en el trámite de un enjuiciamiento político, la Asamblea Nacional no se vea impedida de realizar el control de los actos del poder público que la Constitución le ha encomendado. Otros órganos del Estado incluyendo a las autoridades jurisdiccionales están vedados de influir sobre un proceso de control político para interrumpir, obstaculizar o truncar las atribuciones del órgano decisor”.

En tanto el Legislativo reactiva sus actividades a inicios de septiembre, el secretario Muñoz adelantó que presentará una denuncia penal en contra del juez Romero por presunto prevaricato, y al Consejo de la Judicatura (CJ) una denuncia para que se analice la declaratoria de error inexcusable.

Muñoz indicó que se apeló a lo resuelto por Romero para que se sustancie en la Corte Provincial y aseguró que, aunque haya esta sentencia, ningún juicio político en marcha se detendrá para reactivar los tres que son de interés del régimen, porque “la Asamblea Nacional no va a acatar”, ya que incluso es “inaplicable”, dijo. (I)