A seis años de ser llamados a juicio, tres de los once expolicías acusados dentro de lo que se ha conocido judicialmente como el caso González y otros enfrentarán en la Corte Nacional de Justicia (CNJ), este jueves 14 de diciembre, una audiencia de juzgamiento por la detención y desaparición forzada de César Mata, Erwin Vivar y Johnny Gómez Balda, durante un operativo policial que se dio en el interior de una farmacia en la Alborada, en el norte de Guayaquil, en noviembre de 2003.

El Tribunal de Juicio a cargo del juzgamiento de Aurelio Chila, Rodrigo Cevallos y Orlando Villacrés está integrado por los jueces nacionales Felipe Córdova (ponente), Walter Macías y Luis Rivera. Esta diligencia ya sufrió un diferimiento el 27 de octubre de 2022.

El actual presidente de la Corte Nacional, Iván Saquicela, fue quien en junio de 2017, como conjuez nacional, resolvió llamar a juicio, además de Chila, Cevallos y Villacrés, a los también expolicías Fausto Flores, Eduardo González, Segundo Hernández, Darwin Suárez, Samuel Calderón, Darwin Condoy, Luis Cevallos y Erick Salinas.

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A los once se los acusa del delito de plagio cometido bajo la modalidad de desaparición forzada de personas, constitutiva de una grave violación a los derechos humanos. Quien los llamó a juicio fue Iván Saquicela, actual presidente de la Corte Nacional, pero quien a junio de 2017, que se emitió el auto de llamamiento a juicio, era conjuez en ese organismo.

Saquicela decidió llamarlos a los once a juicio, argumentando que existían suficientes elementos de convicción de que un “grupo ilegítimo” participó en la detención y desaparición forzada de Mata, Vivar y Gómez Balda. En la lista inicial de víctimas estaba Darwin Cañar, pero él no fue nombrado por Saquicela en su resolución, básicamente debido a que la fiscal general subrogante Thania Moreno no lo incluyó como víctima porque no tenía elementos para determinar que Cañar desapareció en la misma operación policial.

Como parte de la investigación dada en este caso, uno de los que figuraba como desaparecido, Erwin Vivar, a inicios de 2016 fue localizado en Venezuela y rindió su testimonio anticipado en Ecuador. Este se convirtió en testigo protegido y rindió un testimonio, el cual es base para la acusación de la Fiscalía.

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Entre otras cosas el testigo protegido dijo que el 19 de noviembre de 2003 fue detenido y llevado a la Policía Judicial del Guayas junto a otros sospechosos. Ahí todos habrían sido interrogados y expuestos a “torturas físicas y psicológicas”, para luego ser arrojados al estero Salado, en Guayaquil. El relato de Vivar resaltó que para confirmar su muerte y la de Gómez Balda los supuestos policías les habrían disparado una vez que sus cuerpos estuvieron en el agua.

Vivar aparentemente logró sobrevivir porque se cubrió con el cuerpo moribundo de Gómez Balda, logrando nadar hasta la orilla del estero, en el lado del Suburbio oeste de Guayaquil.

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Al momento de dar lectura del llamado a juicio en este caso, Saquicela explicó que se persigue en este caso una desaparición forzada de personas, pero aclaró que para respetar el principio de legalidad sustantiva se lo adecua al tipo penal de plagio, contenido en los artículos 188 y 189 del Código Penal vigente al momento de que se cometieron los hechos.

Lo que hizo el juez fue que la imputación en el contexto internacional de desaparición forzada la adecuó a tipos penales internos, como el plagio, vigentes en el Código Penal de la época. El plagio en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) vigente se mantiene penalizado bajo la figura de secuestro, delito que no puede ser juzgado en ausencia de los acusados, razón por la que la etapa de juzgamiento contra Flores, González, Hernández, Suárez, Calderón, Condoy, Cevallos y Salinas queda suspendida hasta que sean detenidos estos o se entreguen voluntariamente a la justicia.

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La Fiscalía anunció que presentará en la etapa de juzgamiento 45 testigos y peritos, entre quienes están la esposa, la madre, la conviviente, familiares de las personas que son determinadas como víctimas del plagio, y un periodista y un fotógrafo que reportaron lo sucedido desde las afueras de la farmacia. Además la acusación oficial estará respaldada en 29 pruebas documentales.

De ser encontrados culpables del delito de plagio en la audiencia que se iniciará a las 08:30 de este jueves, 14 de diciembre, los procesados podrían enfrentar penas de hasta 25 años de cárcel si se demuestra que la víctima no hubiere recobrado su libertad hasta la fecha de la sentencia o si antes de la condena la víctima apareciere violada, muerta o falleciere como consecuencia del plagio. Así se determina en el numeral 7 del artículo 189 del Código Penal vigente a la época en que se dieron los hechos. (I)

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