“No puedo hacerme responsable de hechos que no he cometido”. Con esa frase el abogado Manuel A., investigado dentro del caso Metástasis, retiró su pedido de procedimiento abreviado y ahora será juzgado dentro de un procedimiento ordinario.

La decisión del abogado en libre ejercicio, acusado de ser cómplice de una “estructura criminal” que influyó en el sistema de justicia y estaba liderada por el narcotraficante Leandro Norero, se hizo pública la mañana de este jueves 1 de agosto, luego de casi una hora de intervención del fiscal general subrogante Wilson Toainga, quien daba a conocer los pormenores del acuerdo al que supuestamente habían llegado con el procesado y los elementos de convicción que fundamentan la acusación en calidad de autor directo del delito de delincuencia organizada analizado.

Como parte del acuerdo aparentemente alcanzado en el procedimiento abreviado, la Fiscalía pedía para el acusado una pena reducida de 40 meses de cárcel, el pago de una multa de $ 5.520 y una reparación integral para la víctima, el Estado ecuatoriano, $ 11.040.

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El fiscal Toainga dijo que el acusado en su calidad de abogado en libre ejercicio en la provincia de Cotopaxi colaboró con la organización delictiva investigada, particularmente con el abogado de Leandro Norero, Christian R., quien es ubicado como miembro principal de la cúpula criminal en este caso. Christian R. se habría valido de su amistad y trato académico para contactar y solicitar a Manuel A. su colaboración en los procesos de habeas corpus presentados en la provincia de Cotopaxi a favor de Johanna Zambrano, hermana de Norero.

“Esta colaboración consistió tanto en la asesoría para fundamentar las acciones de habeas corpus y como nexo para llegar a los jueces encargados de resolver esta acción constitucional que, para el presente caso se trató de los jueces Santiago Z. y José Luis S. Lo que quedó registrado en las capturas de pantalla de las conversaciones a través de la aplicación WhatsApp, mantenidas entre el contacto César A. y el coprocesado Christian R.”, refirió Toainga.

En una de las conversaciones periciadas se habrá dicho: “Ñaño, ahorita ya está coordinado. 09H00 que abren el banco, que hacen el depósito, mi rey. Te voy a mandar ocho mil. Ahí vele tú cómo te repartes. Ve pana, para ellos ocho, dame dos. Es para generar la confianza en los próximos casos. Con la absoluta reserva que me ha pedido, me envías captura para darte los tips de fundamentación específica.(...) De una hermano, ya te hago”.

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Según la Fiscalía, es así que el 20 de julio de 2022 se presenta la demanda constitucional de habeas corpus(...) y se convoca la audiencia para el día 21 de julio del mismo año. Acto seguido, como pago a esta colaboración, el procesado recibe en su cuenta bancaria personal (...), en esa misma fecha, tres depósitos de $ 2.100, $ 3.000 y $ 4.900, que suman $ 10.000, tal como se había pactado.

“Sin embargo, con fecha 2 de agosto de 2022, debido a la presión mediática existente en la audiencia de ese caso, los jueces resolvieron aceptar parcialmente la demanda de habeas corpus presentada por Johanna Maribel Zambrano Tigua, declarando únicamente la vulneración del derecho constitucional a la salud, mas, no su libertad. Suceso que provocó la ira de Leandro Norero, quien exigió la inmediata devolución de todo el dinero entregado para ese fin. Es por eso que, el mismo 2 de agosto de 2022, César Manuel A. gira un cheque a favor de Christian R., con el que devuelve $ 10.000 recibidos inicialmente, y este último deposita el cheque en su cuenta personal al día siguiente”, afirmó el fiscal subrogante.

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Todo esto se verificaría, mencionó la Fiscalía, en la materialización de los chats de los celulares de Leandro Norero, contenidos en la cadena de custodia número 1427-23, en donde constan las conversaciones de Christian R. con Norero sobre la colaboración del abogado Manuel A. en Cotopaxi, por medio de la aplicación Threema, y que han sido aceptadas en su totalidad, tanto en su contenido textual, auditivo y gráfico, como son imágenes y video.

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Concluida esta etapa, el juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Manuel Cabrera le consultó al procesado y a su abogada si estaban de acuerdo con los elementos de convicción expuestos y con la pena sugerida. En ese punto se levantó el directamente involucrado, el abogado Manuel A., y dijo que necesitaba tiempo para analizar junto con su defensa lo que había escuchado de la Fiscalía. El pedido llegaba pese a que en la primera intervención de Manuel A. aceptó haber suscrito el acuerdo de procedimiento abreviado en el que aceptaba los hechos que señalaría la Fiscalía.

Luego de un corto receso, el abogado procesado dijo: “Su señoría he escuchado detenidamente la fundamentación de Fiscalía respecto de los elementos de convicción y los mismos los objeto. Los objeto sobre todo por cuanto no estoy de acuerdo en que existen tres depósitos ...”. Ahí le cortó el juez Cabrera para explicarle que él no debía escuchar esas objeciones y que lo que debía hacer el procesado es decir si acepta o no el procedimiento abreviado que él mismo solicitó.

“Su principio de inocencia se mantiene hasta este momento. Si usted acepta este procedimiento abreviado en los términos que ha pactado con Fiscalía, se le declarará responsable de los hechos acusados. Pues ahí sí, cuando usted acepte, aceptará la validez y la verdad de dichos elementos de convicción que están planteados en su contra. Si no es así, usted tiene en caso de juicio, puede ir usted a debatir esa validez, esa verdad de los elementos que se están planteando en contra, dependiendo del desarrollo del juicio que existe en esa etapa con el carácter de ordinario. Ahí se verificará la condena o inocencia, pero en juicio ordinario. Por eso es que yo tengo que establecer en este momento si usted acepta o no acepta. Si usted está en desacuerdo y no acepta, simplemente tiene que hacerlo saber, porque esa es mi responsabilidad”, refería el juez al procesado y su defensa.

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Explicada por el magistrado la situación legal a la que se enfrentaba el acusado si aceptaba o no el procedimiento abreviado, Manuel A. le solicitó al juez que acepte el retiro de pedido para acogerse a este juicio rápido a través del procedimiento abreviado, pues, insistió, “no puedo ser responsable de hechos que no los he cometido”.

Quito, martes 30 de julio del 2024 Audiencia de procedimiento abreviado en el caso Metástasis del procesado Daniel Salcedo, en la Corte Nacional de Justicia. Fotos :API /Rolando Enríquez Foto: API

Con la respuesta, el magistrado de la Corte Nacional repitió que este procedimiento abreviado, a más de la negociación, tiene que ser verificado por el juzgador, no solo en los elementos de forma, sino los de fondo, en cuanto a garantías y derechos constitucionales.

“De manera expresa, el señor procesado, César Manuel A., ha manifestado que pide que no se lleve a cabo el procedimiento abreviado o que en este momento desiste, pues no está de acuerdo. En tal virtud, acorde lo dispone la normativa legal el artículo 639 determina claramente la negativa de la aceptación del acuerdo y determina si el juzgador considera que el acuerdo de procedimiento abreviado no reúne los requisitos señalados anteriormente, que vulnera los derechos de la persona procesada o de la víctima, o que de algún modo no se encuentra apegado a la Constitución e instrumentos internacionales, lo rechazará y ordenará que el proceso penal se sustancie en trámite ordinario”, concluía Cabrera, quien advirtió que el acuerdo que ha sido presentado en audiencia no podrá ser prueba dentro del procedimiento ordinario que deberá enfrentar al acusado.

De los doce investigados que han solicitado dentro del caso Metástasis un procedimiento abreviado, para así conseguir una pena reducida, el abogado Manuel A. es el pirmero de esa lista que desiste de su solicitud al no estar de acuerdo con los elementos de convicción que usó la Fiscalía para acusarlo. Previamente han sido sentenciados a 40 meses de cárcel expolicías, exjueces, exfuncionarios judiciales, el empersario Daniel Salcedo; y también han recibido penas de quince meses por ser cooperadores eficaces de la justicia sospechosos como Mayra Salazar, excomunicadora institucional de la Corte del Guayas, o Hélive A., mano derecha del narcotraficante Leandro Norero. (I)