Dentro de cuatro meses, el Consejo Nacional Electoral (CNE) deberá renovarse parcialmente, y el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) no arranca ninguna de las etapas relacionadas con la organización del concurso público de oposición, méritos e impugnación ciudadana.

Los consejeros de mayoría del CPCCS están concentrados en pedir una interpretación del artículo 208 de la Constitución a la Corte Constitucional (CC) para designar un contralor encargado en la Contraloría General del Estado, luego de que Pablo Celi renunció y designó a Carlos Riofrío como contralor subrogante.

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Esto en medio de que el reglamento para designar al titular de la Contraloría tampoco se ha sometido a aprobación.

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Y, en este contexto, el concurso para renovar a dos vocales del CNE no está entre los debates.

El artículo 218 de la Carta Política determina que el Consejo Electoral se integra por cinco consejeros principales y suplentes que ejercerán sus funciones por seis años y se renovará cada tres años: dos miembros en una primera ocasión y tres en la segunda. Los consejeros que salen son escogidos por sorteo público, según la transitoria undécima de la Constitución.

El 16 de noviembre de 2018, el CPCCS de transición renovó a los consejeros principales y suplentes del CNE, como parte del proceso de evaluación y designación de autoridades que le otorgó la consulta popular.

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Las atribuciones de ese régimen de transición permitieron a los exconsejeros modificar las reglas, con lo que los candidatos podían provenir de los partidos y movimientos políticos y organizaciones sociales legalizadas.

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Antes del 2018, los reglamentos del CPCCS establecían como prohibición que los postulantes no podían haber sido parte de organizaciones políticas dos años antes de la postulación.

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En todo caso, los actuales consejeros electos fueron José Cabrera, auspiciado por el PSC; Enrique Pita, por CREO; Diana Atamaint, por la Conaie; Luis Verdesoto, por la Junta de Beneficencia de Guayaquil, Fundamedios y otras organizaciones; y, Esthela Acero, por Alianza PAIS.

Verdesoto renunció a inicios de junio y lo reemplazó Elena Nájera, quien fue auspiciada por el movimiento Concertación.

Pero para este nuevo proceso, el Consejo deberá aprobar un reglamento que esclarezca las prohibiciones a los postulantes.

Un primer pedido para esclarecer los requisitos en esta elección provino del informe de la Misión Electoral de la Organización de Estados Americanos (OEA) de los resultados de las elecciones del 2019, en el que se recomendó al Estado ecuatoriano establecer de “manera clara” la conformación del CNE “respecto a la afiliación partidaria”, y que “esta condición no esté sujeta a un reglamento que dependa del criterio del CPCCS”.

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Actualmente no existe una prohibición constitucional para que provengan de grupos políticos, pero el artículo 340 del Código de la Democracia señala que las personas que siendo adherentes permanentes de un movimiento político o estando afiliadas a un partido con anterioridad ingresaren a alguna de las funciones del Estado, entre estas el CNE, “deberán desafiliarse previo al ejercicio del cargo”.

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El consejero Francisco Bravo reconoció que están concentrados en la elección de las autoridades de la Contraloría, de la Defensoría Pública, de los miembros de la Confederación de Soberanía Alimentaria y del Consejo de Desarrollo Fronterizo.

Sin embargo, cree que deberá revisarse el “espíritu” con el que el transitorio permitió que los concursantes vengan de grupos políticos y conocer cómo han actuado en defensa de la voluntad popular, lo que permitirá analizar los cambios que se puedan hacer al reglamento.

Para el vocal Hernán Ulloa, el proyecto normativa para elegir a los dos vocales del CNE deberá adaptarse a las circunstancias actuales.

“Cualquier participación política en instituciones de control debe manejarse con la ciudadanía. Pero no creo que debe cerrarse la posibilidad de que los sectores políticos puedan también participar. Este es un tema que se debe revisar bien para que no se provoque una discriminación”, anotó Ulloa.

El analista Esteban Ron recordó que el CPCCS transitorio tuvo mandatos transitorios y no son aplicables en la actualidad, y añadió que la Constitución no manda que los candidatos tengan una prohibición expresa de provenir de partidos y movimientos, pero el Código de la Democracia señala que los candidatos elegidos antes de ser posesionados en la Asamblea nacional deberán certificar que no son parte de estas agrupaciones.

Mauricio Alarcón, director de la Fundación Ciudadana y Desarrollo, aclaró que todos los concursos públicos tienen que estar en regla con la Constitución y la ley y “lo que hizo el transitorio fue cualquier cosa”.

“Las normas del CPCCS transitorio no están vigentes, por lo tanto tienen que dictar un nuevo reglamento; y en función de ello, convocarlo al concurso ya. La renovación debe hacerse en noviembre y el tiempo es insuficiente”, advirtió. (I)