Una vez que concluyó el periodo fijo para el que fueron designados los jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Luis Rivera, Walter Macías, Byron Guillén y Fabián Racines, el Consejo de la Judicatura (CJ) notificó a los magistrados, la noche del viernes 2 de febrero pasado, que cesaron en funciones. La notificación se da días después de que la Procuraduría general del Estado emitió un pronunciamiento en el que hablaba de que “por excepción” estos jueces podrán desempeñar funciones prorrogadas.

El 12 de enero pasado, el pleno del CJ decidió revocar dos resoluciones que extendían hasta el año 2030 las funciones de seis jueces de la CNJ, entre ellos, Rivera, Macías, Guillén, de la Sala Penal, y Racines, de la Sala de lo Contencioso Administrativo, lo que significó que específicamente estos cuatro magistrados debían dejar su cargo hasta este sábado 3 de febrero.

El 5 de septiembre de 2023, el vocal Xavier Muñoz y el entonces presidente del CJ, Wilman Terán, resolvieron ampliar el periodo de jueces nacionales hasta el 2030, pese a que unos debían ser reemplazados en febrero de este año y otros en el 2027.

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La derogatoria fue resuelta con base en los informes técnicos y jurídicos correspondientes, en los cuales se consideró que la ampliación de los periodos de los jueces de la CNJ afectó la independencia judicial interna, la seguridad jurídica y la garantía de la motivación; así como contravinieron el régimen de transición constitucional implementado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Transitorio.

Con ese panorama, el 1 de febrero pasado, el procurador General, Juan Carlos Larrea, emitió un pronunciamiento ante una consulta hecha días atrás desde la CNJ. La misma hacía referencia a que si los jueces titulares que cumplan el periodo para el que fueran designado y no sean legalmente reemplazados por nuevos jueces titulares y con el fin de garantizar la continuidad del servicio de justicia, la presidencia de la Corte Nacional debe disponer su reemplazo en los términos del artículo 174 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) o corresponde la prórroga de sus funciones como lo establece el artículo 133 del COFJ por parte de la autoridad competente.

El procurador Larrea, en atención a los términos de la consulta, concluyó que, “de conformidad con lo previsto en los artículos 120 numeral 2, 173.1 numeral 1, 121 y 133 del COFJ, por excepción, los jueces de la CNJ, servidores de la Función Judicial sujetos a un período fijo, podrán desempeñar funciones prorrogadas hasta ser legalmente reemplazados, a fin de garantizar el funcionamiento de ese órgano jurisdiccional”.

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Se aclara en la parte final de la absolución de la consulta que el presente pronunciamiento deberá ser entendido en su integridad y se limita a la inteligencia y aplicación general de normas jurídicas, siendo de exclusiva responsabilidad de la entidad consultante, su aplicación a los casos institucionales específicos.

En medio de toda esta situación, horas antes de notificar a los jueces de que cesaron en funciones, el director General de la Judicatura, Jaime Canseco, previo a la CNJ notificar la prórroga de funciones de los jueces nacionales en virtud de la consulta hecha al Procurador General, emitió una resolución en la que retira la delegación a la Unidad de Talento Humano de la Corte Nacional, disponiendo que todo se concentre en la Dirección Nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura.

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Previo a esta decisión desde el CJ, el presidente del organismo, Álvaro Román, en varios foros aseguró que no existirá una prórroga en el cargo de jueces titulares de la Corte Nacional. Sus lugares, dijo, serán llenados por conjueces titulares, hasta que en seis o siete meses el concurso público para jueces de las CNJ arroje los ganadores y se designen nuevos jueces titulares.

El constitucionalista José Chalco explica que el pronunciamiento “flash” que ha presentado el procurador General señala que por excepción se puede prorrogar el periodo de los jueces de la Corte Nacional, lo cual es una ilegalidad. Sin embargo, existiendo este pronunciamiento, sostiene que hay que mirar que con antelación el CJ, en resolución 17-24, resolvió declarar la necesidad extraordinaria y emergente para designar conjueces de la CNJ.

“Así inició (el Consejo de la Judicatura) las acciones para no dejar acéfalo al órgano y garantizar su funcionamiento, por lo cual no se requiere del pronunciamiento del procurador, por cuanto no hay la excepcionalidad de que continúen prorrogados. Insisto, el Consejo de la Judicatura ya ha encaminado la sustitución conforme a la Ley vigente”, anotó.

En su momento, Walter Macías indicó que el pronunciamiento de la Procuraduría tiene carácter vinculante y por ende es procedente que los jueces involucrados en este caso sean prorrogados en funciones hasta que sean reemplazados por jueces titulares, producto de un concurso, y no con conjueces. “Aunque exista el pronunciamiento igual del procurador General del Estado todas las situaciones que puedan revestir de una inconformidad por las parte procesales, (...) es de estricta responsabilidad del CJ. Inclusive si incumplen el dictamen de la Procuraduría General pueden ser promovidos por una causal de juicio político por el incumplmiento de funciones. Lo dejo en claro y la mantengo”.

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QUITO (26-01-2024).- Walter Macías, juez de la Corte Nacional de Justicia, habla con la prensa sobre la elección del presidente de este organismo. Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO. Foto: Alfredo Cárdenas.

En un comunicado de prensa, el Consejo de la Judicatura indica que una vez han cesado en sus funciones como jueces Rivera, Guillén, Macías y Racines, lo que corresponde es ser legalmente reemplazados por los respectivos conjueces de la CNJ.

Macías afirmó que la prórroga de funciones definida por el pronunciamiento del procurador Larrea debe ser de cumplimiento inmediato e indicó que en el caso de que el CJ notifique con acciones de personal para cesar en funciones a los jueces Rivera, Macías, Guillén y Racines, lo procedente es que, para no incumplir con sus funciones, la Judicatura comunique también con la prórroga de funciones. Ese hecho no se ha informado hasta el momento desde el CJ.

De lo que se conoce es que varios de los jueces involucrados en la cesación de funciones analizan tomar acciones legales para que se respete el pronunciamiento de la Procuraduría General del Estado. (I)