La disolución de la Asamblea Nacional (muerte cruzada) y la crisis de violencia que dejó un candidato presidencial asesinado son hechos sui géneris que enfrenta actualmente el Ecuador y que ponen en discusión la posibilidad de reformar el Código de la Democracia, para adaptar los procesos electorales a estos hechos.

El 17 de mayo del 2023 fue la primera vez, después de 15 años de vigencia de la Constitución, que un presidente de la República activó el artículo 148 y diluyó el pleno de la Asamblea Nacional por grave crisis política y conmoción interna.

Ello implicó la convocatoria a elecciones presidenciales y legislativas anticipadas, que el Consejo Nacional Electoral (CNE) las fijó para este 20 de agosto.

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Para normar el procedimiento, el Código de la Democracia contiene un artículo en el que se determina que en el caso de haberse producido la destitución del presidente de la República por parte de la Asamblea Nacional o, decretado por parte del presidente de la República, la disolución de la Asamblea Nacional, en un término de siete días después de la resolución de destitución o del decreto ejecutivo (de disolución), el Consejo Nacional Electoral convocará para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales para el resto de los respectivos periodos.

El CNE podrá disponer que se realicen en un plazo no menor a 90 días, contados a partir de la convocatoria.

Tras la decisión del presidente Guillermo Lasso, el Consejo Nacional Electoral expidió en medio de dilemas un reglamento que norme los plazos para adaptar el calendario electoral a los 90 días y tomando decisiones sobre la marcha.

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Por ejemplo, la determinación del inicio de la campaña electoral para los candidatos presidenciales que se adelantó y de los aspirantes a asambleístas que se hizo dentro de los plazos, por la resolución de recursos legales planteados en contra de los candidatos.

QUITO (07-08-2023).- Sorteo del orden de los candidatos para el debate presidencial, en el Consejo Nacional Electoral (CNE). Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO. Foto: Alfredo Cárdenas.

De forma paralela, a apenas diez días de que se produzca la jornada del sufragio, el candidato presidencial Fernando Villavicencio Valencia fue asesinato a tiros el 9 de agosto, poniendo en una situación inesperada al movimiento Construye lista 25, para escoger a un candidato que lo reemplace.

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El Código contempla la posibilidad del reemplazo cuando un candidato fallece o se encuentra en situación de inhabilidad física, pero no establece un plazo para hacerlo.

El domingo pasado, cuatro días después del asesinato de quien fue su carta presidencial, Construye inscribió ante el CNE al periodista Christian Zurita, como su precandidato.

La autoridad electoral está a la espera de que se cumplan los plazos legales y que los partidos, movimientos o candidatos anuncien si objetarán su candidatura, para así definir su participación política.

La última reforma al Código de la Democracia está vigente desde febrero del 2020 e incluyó aspectos como los debates electorales entre los candidatos a la Presidencia de la República y a alcaldes; sanciones por violencia política; mecanismos para el control de los recursos que ingresan a las campañas electorales, entre otros.

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Antes de los comicios nacionales del 2025, se debatían nuevas reformas en la Comisión de Justicia del extinto pleno de la Asamblea 2021-2023 (que disolvió el presidente de la República, Guillermo Lasso) que quedaron apiladas.

El exasambleísta Alejandro Jaramillo (ID), quien presidió esa Comisión, contó que quedó pendiente el trámite de 21 proyectos de reformas que se unificaron, de los cuales 15 se «arrastraban» de periodos anteriores y seis fueron planteados por sus excolegas.

Jaramillo reseñó once ejes de esas propuestas legales, entre las que constaba la posibilidad de que el Consejo Nacional Electoral permita hacer nuevos procesos de elecciones primarias al interior de las organizaciones políticas, para sustituir una candidatura y así «llenar un vacío en la ley, ante la eventualidad, como muerte o renuncia de candidatos, de que sea necesaria la sustitución de una candidatura», antes de una resolución del Tribunal Contencioso Electoral (TCE).

A su criterio, los nuevos periodos legislativos deberán conocer esas iniciativas y «no perder el tiempo intentando llevar el agua a su molino con intereses particulares y personales que han hecho que no se reforme el Código»

Pero además el exlegislador cree que «se debería observar lo que han dejado estas amargas experiencias que nos ha pasado para poder tener una norma que esté acorde con la realidad que se ha vivido en los últimos días».

No obstante, el nuevo pleno de 137 legisladores que asuman funciones, luego de los comicios de este 20 de agosto, tendrán poco tiempo para hacer cambios al Código electoral, pues el artículo 117 de la Constitución prohíbe «hacer reformas legales en materia electoral durante el año anterior a la celebración de elecciones».

Es así, que entre febrero y marzo del 2024, el CNE convocará nuevamente a elecciones para la elección de presidente de la República y asambleístas del periodo constitucional 2025-2029.

En el interior del Consejo Electoral también hay voces que no desestiman la necesidad de reformar el Código de la Democracia.

«Hay muchos aspectos del Código de la Democracia que deben revisarse. El problema es: ¿hay el interés de los políticos, de los representantes de la Asamblea Nacional para enderezar esta situación?No tengo una respuesta clara. Hasta hoy siento que no ha habido una determinación, un esfuerzo, un carácter, unas ganas de enderezar el Código», reflexionó el vicepresidente del CNE, Enrique Pita, en una entrevista en radio City, este 15 de agosto.

El exvocal del Tribunal Supremo Electoral, Carlos Aguinaga, lamentó que para cada proceso electoral se hable de reforma electoral, porque en la organización de cada proceso se evidencian vacíos.

Aunque, «hoy más que nunca, se han evidenciado otro tipo de vacíos por el tema de la violencia política y violencia común. Pero, el problema de fondo de la reforma es quién lo hace, quiénes son los ejecutores. Los partidos no tienen interés en la reforma, quieren manejarlo a su interés que es distinto, quieren controlar, rechazan lo que supuestamente, les perjudica, no democratizan una reforma y creo que si se requiere de una reforma, la única salida es hacerlo desde la ciudadanía», comentó Aguinaga.

El cambio debe concentrarse -dijo Aguinaga- en el sistema de partidos que tiene «falencias», a lo que se suma la falta de control a los procesos electorales por parte del CNE. «No hay cánones éticos. Tenemos que enrumbar hacia una presión ciudadana», añadió el analista.

De estas posturas difiere el también exvocal del TSE Medardo Oleas, para quien el Código es claro y solo requiere de que exista una autoridad que lo aplique.

«Las leyes son claras, pero no hay autoridad que la aplique. La ley es clara cuando dice que una organización política debe cumplir varios requisitios para el reporte de los recursos que ingresan a la campaña. Pero no lo hacen, es una irresponsabilidad para cubrir a esa gente que está actuando en la ilegalidad. Ley hay, pero si por seguir en una función nos acomodamos de qué estamos hablando», declaró Oleas.

Refirió, por ejemplo, que el asesinato de Villavicencio es una situación «extraordinaria» y como tal, el CNE debería calificar de inmediato la candidatura de Zurita, pero al contrario, «van a dejar sin candidato a la presidencia al movimiento Construye».

A sus ojos, el problema de fondo en el Ecuador es que «tenemos un pésimo sistema democrático que no privilegia el conocimiento, porque si no fuera por los medios de comunicación, nunca se conocería a los candidatos a asambleístas. Por eso debe estructurarse el sistema de partidos políticos, que tengan afiliados, que tengan ideología, que no sean movimientos de alquiler. Estamos ante una democracia de ficción», lamentó Oleas. (I)