Modificar la forma actual de calcular el número de integrantes en la Asamblea Nacional para que este se reduzca considerablemente es el objetivo de la pregunta 3 del referéndum constitucional que impulsa el gobierno de Guillermo Lasso, y que se desarrollará junto con las elecciones seccionales y del Consejo de Participación Ciudadana (CPCCS) este 5 de febrero.

La pregunta es la siguiente: “En la actualidad, la Asamblea Nacional está integrada por 137 asambleístas y se estima que, con el censo poblacional del 2022, este número ascienda aproximadamente a 152 asambleístas. ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo a los siguientes criterios: 1 asambleísta por provincia y 1 asambleísta provincial adicional por cada 250.000 habitantes; 2 asambleístas nacionales por cada millón de habitantes; y 1 asambleísta por cada 500.000 habitantes que residan en el exterior, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 3?”.

Con ella se reformaría el artículo 118 y se incluirían tres disposiciones transitorias y una derogatoria.

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La Constitución vigente señala que los legisladores deben elegirse de esta manera:

1. Quince elegidos en circunscripción nacional;

2. Dos asambleístas elegidos por cada provincia, y uno más por cada doscientos mil habitantes o fracción que supere los ciento cincuenta mil, de acuerdo al último censo nacional de la población;

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3. La ley determinará la elección de asambleístas de regiones, de distritos metropolitanos, y de la circunscripción del exterior.

Respecto a esto último, en el Código de la Democracia se especifica que las circunscripciones especiales del exterior elegirán un total de seis asambleístas distribuidos así: dos por Europa, Oceanía y Asia, dos por Canadá y Estados Unidos y dos por Latinoamérica, el Caribe y África; y que cada una de las regiones y de los distritos metropolitanos elegirá dos representantes a la Asamblea.

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Con la reforma constitucional, se eliminaría la cifra fija de legisladores nacionales y se elegirían dos por cada millón de habitantes; se elegiría solo uno fijo por provincia y otros más por cada 250.000 habitantes; y uno por cada 500.000 ciudadanos que residan en el exterior, quitando los seis fijos que existen ahora.

Además se eliminarían los representantes de los distritos metropolitanos (solo existe el de Quito) y de las regiones (pero esto último no se está aplicando porque este nivel de división territorial no se ha implementado aún desde la vigencia de la Carta Magna en el 2008).

Actualmente hay 137 asambleístas, cifra que se calculó con base en el censo de población del 2010, según el cual éramos 14′483.499 ecuatorianos. Son 15 nacionales, 115 provinciales y 1 adicional por el Distrito Metropolitano de Quito; y 6 del exterior.

Según las proyecciones del Instituto Ecuatoriano de Estadística y Censos (INEC), actualmente somos más de 18 millones de personas. El total real se conocerá con los resultados del censo de población y vivienda que se desarrolló entre octubre y diciembre del año pasado, y que está por cerrarse en estos días.

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Con esa cifra, aplicando la fórmula vigente, para el 2025 se elegirían más de 150 asambleístas.

Pero si la ciudadanía se pronuncia a favor de la reforma que propone el régimen, con los ajustes del censo del 2022, los nacionales sumarían 36 y los provinciales 84. Es decir que habría al menos 120 legisladores: 17 menos que los actuales.

El número de legisladores del exterior deberá determinarse en función del registro poblacional que entregue el “organismo rector en materia de movilidad humana”, es decir la Cancillería, según el anexo de la pregunta.

Par los comicios de febrero próximo están empadronados 409.250 migrantes, según el Consejo Nacional Electoral (CNE). Si se toma en cuenta este registro, que es el que manejan el Ministerio de Relaciones Exteriores, no alcanzaría ni para un legislador.

En la segunda disposición transitoria se dice que “en el plazo máximo de 45 días contados desde la publicación de los resultados del referéndum constitucional en el Registro Oficial, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana emitirá las directrices para garantizar que exista un registro de la población ecuatoriana en el exterior. El registro deberá ser funcional a 365 días contados desde la aprobación de las directrices”. Y en la tercera: “En caso de existir elecciones anticipadas de los asambleístas antes del cumplimiento de la Disposición Transitoria Segunda, se utilizarán como los datos poblacionales del exterior los que entregue el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana”.

En la primera transitoria, asimismo, se le da un plazo de un año a la Asamblea Nacional, contado desde la publicación de los resultados del referéndum constitucional en el Registro Oficial, para aprobar las leyes reformatorias a la Ley Orgánica de la Función Legislativa y a la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas, que regulen la enmienda constitucional.

Las razones del Gobierno

En el texto que se envió a la Corte Constitucional para que esta califique las preguntas de la consulta popular, el Gobierno sustenta esta propuesta de enmienda diciendo que “está buscando fortalecer la institucionalidad del país y su desempeño a favor de la ciudadanía, en áreas económicas, laborales, sociales y de seguridad. Si bien el sistema ecuatoriano actual, en teoría, debería tender a la proporcionalidad, no se han establecido mecanismos reales para lograrla. Al contrario, se han creado mecanismos de división que distorsionan y promueven la polarización. En otras palabras, existe un sistema proporcional imperfecto”.

Esto se debe, agrega el análisis, a estas causas:

1. La asignación automática de dos escaños a provincias indistintamente de su densidad poblacional;

2. La división y subdivisión de circunscripciones electorales que generan unidades electorales disminuidas; y,

3. La asignación de escaños fijos para la circunscripción nacional y del exterior.

“El proyecto de enmienda altera la configuración numérica de la Legislatura, pero con ello busca incidir en la calidad de la democracia”, indica.

Y menciona que la reducción de los miembros del órgano parlamentario es una propuesta que ha sido aprobada por diferentes democracias, por ejemplo, en Italia e Irlanda del Norte. En ambos casos, las razones que justificaron la reducción de parlamentarios superaron el análisis numérico y se relacionaron a la necesidad de optimizar el trabajo del legislativo y la calidad de la democracia en general.

En tanto, en el decreto con el cual se convoca al referéndum se explica que la forma en que se elige actualmente a los legisladores “causa una distorsión en la representatividad de la Asamblea Nacional y vulnera la igualdad del voto de los ecuatorianos”.

“Por ejemplo, el voto de un ecuatoriano puede llegar a valer hasta 15,4 veces más en una provincia que el de otro. Esto ocurre a pesar de que la Constitución reconoce el principio de la igualdad del voto, es decir que el voto de cada ecuatoriano debería tener el mismo valor”, refiere.

Y menciona que la Asamblea Nacional es un órgano de carácter nacional -no provincial- y sus miembros se encuentran obligados a servir a todo el país, cumpliendo sus funciones ‘con sentido nacional’, de conformidad con la Constitución. Pero que la enmienda propuesta “mantiene la representación de todas las provincias y elimina todos los demás escaños fijos. De esta forma, todas las provincias estarán representadas, a la vez que la configuración de la Asamblea se adaptará a los cambios poblacionales en el tiempo”.

Voces a favor y en contra del referéndum

A favor: “¿Cómo establecer mecanismos que incidan en la calidad de los asambleístas? Primero, se debe dar más seriedad y representatividad a las organizaciones políticas para que estas cumplan su rol social de ser escuelas de pensamiento político y estar conectados con las necesidades ciudadanas. Esto se está procurando con la pregunta 4 de la consulta popular”, dice Karen Sichel, asesora jurídica de la Presidencia de la República.

“¿Qué más se puede hacer? ¿Subir los requisitos a los asambleístas? ¿Acaso tener título de tercer nivel garantiza calidad? Falso. Ya actualmente, la gran mayoría de asambleístas tienen títulos de tercer y cuarto nivel. Los títulos no son garantía de calidad u honestidad. Además, la Corte Constitucional ha señalado que obligar al cumplimiento de estos requisitos restringe derechos de participación y son discriminatorios.

Entonces, ¿qué se puede hacer para incidir en la calidad del Parlamento? Los estudios demuestran que podemos empezar configurando a la Asamblea Nacional de forma proporcional. Estudios comparativos del desempeño de Parlamentos en más de 36 años de democracia por un tiempo de hasta 60 años demuestran que las Legislaturas que tienden a la proporcionalidad en su configuración tienen mejor rendimiento respecto de la implementación de políticas más eficientes, mejor ejecutadas y estables. ¿Por qué? Porque con mayor proporcionalidad se promueve el consenso y diálogo, y, esto a su vez, genera mejores resultados que la imposición.

La pregunta 3 de la consulta que tiene como efecto la reducción del número de asambleístas, pero en el fondo está reconfigurando a nuestra Legislatura para eliminar actuales distorsiones de representatividad. Existen provincias en las que el voto de los ecuatorianos vale casi 16 veces menos que el de otros ecuatorianos. Esto ocurre por un irresponsable sistema constitucional aprobado en Montecristi en el que no se tomó en cuenta la variación de la población en el tiempo. La propuesta busca fortalecer liderazgos nacionales, a la par que se garantiza que todas las provincias y los migrantes estarán debidamente representados. No se trata de números, se trata de proporción.

La pregunta 3 no solo representa un ahorro al Estado sostenido. Actualmente, entre asesores y asistentes cada asambleísta le cuesta al país más de $ 15.800. Además, responde al clamor ciudadano de castigar a un órgano que no goza de la confianza de los ecuatorianos. Pero, sobre todo, la pregunta 3 se fundamenta en el análisis de data y estudios que demuestran que el primer paso para mejorar la calidad de nuestro Parlamento es garantizar su configuración proporcional. Se trata de tener menos asambleístas pero más representativos”.

En contra: Para Libia Ribas, exsecretaria de la Asamblea Nacional, el hecho de que se disminuya el número de legisladores no garantiza la calidad de las decisiones que estos tomen. “No importa si mañana son 100, 90 u 80, la gente va a seguir cuestionando su labor porque no van a mejorarla por la reducción en sí misma si los vamos a seguir eligiendo de la misma forma, que es en plancha y solo entran los que encabezan las listas”, indica.

“Si los partidos y movimientos políticos no ponen mejores cuadros de hombres y mujeres, pasará lo mismo: la gente que ahora se queja de 137 legisladores, mañana se quejará de 100, de 90, de 80″, opina.

Actualmente hay 137 asambleístas y, según las proyecciones de población del 2022, se llegaría a 150 si no se reforma la manera de elegirlos. “El Gobierno plantea que, si se cambia, bajarían a 118. Se reducirían los provinciales y los nacionales se incrementarían y pasarían de 15 a más del doble, 34. Las provincias más afectadas son las que tienen ahora solo dos representantes pues bajan a uno, las que tienen cuatro bajan a dos. Por ejemplo, Cotopaxi, pasa de cuatro a dos; y Sucumbíos de dos a uno”, dice.

Agrega que el criterio del presidente para elegir asambleístas es que sea en función de los datos poblacionales, pero en la historia constitucional del país desde 1979 a la fecha, siempre se ha ido incrementando la representación en el Parlamento a medida que se ha ido creciendo en población.

“Todas las constituciones han sido así, con excepción de la de 1998 que bajó a 100 los diputados porque se eliminó a los nacionales, pero se los reincorporó en la del 2008, y se sumaron los del exterior. Ahora hay otro discurso”, reflexiona. (I)