Debido a la inasistencia de Omar Almeida, abogado de la familia del militar fallecido Darwin Panchi, no se reinstaló la audiencia en la que se iba a conocer la decisión del Tribunal de la Corte de Pichincha respecto a la apelación contra el sobreseimiento de nueve militares en servicio activo y pasivo, quienes fueron acusados del asesinatro de un policía y dos militares durante la revuelta policial del 30 de septiembre de 2010 (30S).

A las 09:00 de este martes 11 de julio asistieron vía telemática la mayoría de los sujetos procesales que intervinieron en la diligencia del 28 de junio pasado, pero al no estar presente uno de los abogados que fueron parte de esa audiencia, la Sala integrada por los jueces provinciales Diana Fernández, Ruth Ávila y Xavier Barriga decidieron no instalarla. El Tribunal decidió multar al profesional que no asistió.

Sobreseídos nueve militares en servicio pasivo y activo acusados del asesinato de un policía y dos militares durante la jornada del 30-S

Lo único que restaba era conocer la decisión oral a la que habían arribado los jueces, luego que el 28 de junio último el nuevo fiscal a cargo de la causa, Bolívar Burbano, habló del recurso solicitado por la anterior fiscal, Claudia Romero, y retomó los elementos de prueba presentados por su antecesora.

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Ante ciertas intervenciones erradas del fiscal, Burbano resaltaba a la Sala que él ni fue quien investigó el caso, ni ha sido quien defendió la causa durante la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio. Incluso en un punto de la diligencia el fiscal reconoció que no cuenta con los elementos para acusar a los nueve sobreseídos, pero aún así insistió en que deben ser llamados a etapa de juzgamiento.

Entre los argumentos explicados por Burbano estuvo que “los actos realizados durante la Operación Rescate no fueron adecuadamente previstos, planificados y ejecutados, atentando contra la integridad personal, psicológica y la vida de las personas civiles, militares y policías, ocasionando varios heridos, de los cuales muchos de ellos tienen incapacidades y la muerte de los señores Froilán Jiménez, Darwin Panchi y Jacinto Cortez”.

Las muertes de Jiménez, Panchi y Cortez se dieron en los alrededores del hospital de la Policía entre la tarde y noche del denominado 30-S. En esa zona del norte de Quito se produjeron actos violentos dentro de una revuelta policial, en la que al final de la jornada se dio el rescate del entonces presidente Rafael Correa, quien estaba siendo atendido en ese hospital de la Policía.

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Fiscalía acusa como autores directos del delito de asesinato a los nueve procesados por las muertes de un policía y dos militares ocurridas durante el 30-S

“La Fiscalía no ha presentado ningún elemento de convicción que genere este nexo causal (...) es decir, la existencia del elemento causal entre la infracción y los procesados. No se cuenta con una pericia balística en donde la Fiscalía singularice el arma que produjo la muerte de Froilán Jiménez, Darwin Panchi y Jacinto Cortez y que esa arma fue usada por los procesados en unidad de tiempo y espacio”, refirió la jueza penal Luz María Ortiz en su auto de sobreseimiento.

Entre quienes fueron beneficiados con la decisión de Ortiz están los oficiales en servicio pasivo de las Fuerzas Armadas Luis Castro, Paúl Guzmán, Jorge Merino, Jorge Peña y Hegel Peñaherrera y los militares activos Fernando Castro, Marco Cano, Luis Orozco y Patricio Guadalupe. Desde el relato de la Fiscalía, todos, en mayoría comandantes de fuerza, tienen algún tipo de participación en la Operación Rescate con la que se sacó el 30 de septiembre de 2010 del hospital de la Policía al entonces presidente Correa.

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Los abogados de los acusados criticaron no solo la falta de preparación del fiscal, sino la falta de elementos para justificar la apelación solicitada. Pidieron algunas de esas defensas al Tribunal que sancione a Burbano por su actuación contradictoria durante la diligencia.

La presidenta de la Sala señaló que lo más pronto posible se notificará con la nueva fecha de audiencia. Aclaró que al ser solamente una lectura de resolución, no es necesario que existan 72 horas para la convocatoria. El abogado Washington Andrade pidió a los jueces que notifiquen a la Defensoría Pública para que envíe un representante que tome la defensa de quien no asista y así evitar un nuevo diferimiento. (I)