Jorge Glas no saldrá de prisión, aunque el Tribunal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) que atendió el recurso de habeas corpus, que se solicitó a favor del exvicepresidente, concluyó que la detención fue “ilegal y arbitraria”, la noche del 5 de abril, porque el allanamiento a la Embajada de México en Quito no se apegó a la ley.

El Tribunal estuvo conformado por los jueces Mónica Heredia (ponente), Liz Barrera y Adrián Rojas. Los magistrados aceptaron el recurso de habeas corpus y determinaron que si bien la detención sí fue ilegal y arbitraria, y se vulneró el derecho a la libertad personal de Glas, no se puede disponer la liberación del exvicepresidente porque aún tiene sentencias condenatorias por cumplir, las cuales no pueden ser modificadas por el Tribunal.

La resolución judicial se emitió la tarde del viernes 12 de abril, en la reinstalación de la audiencia. La diligencia se instaló a las 17:00 del jueves y fue suspendida la madrugada del viernes tras doce horas de desarrollo, en las que se escucharon los argumentos de las partes, se expusieron pruebas, se tomó el testimonio de Jorge Glas e intervino la ministra de Gobierno, Mónica Palencia.

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La jueza Heredia expuso de manera oral el dictamen. “No consta como hecho probado que se haya ordenado la actuación especial de investigación, constante en el artículo 480 numeral 1, del Código Orgánico Integral Penal. Esto es: el allanamiento de un inmueble para detener a una persona contra quien se haya dictado la prisión preventiva”, indicó.

Explicó que arribaron a esa conclusión en vista de que “no se ha dado estricto cumplimiento a lo previsto en el artículo 482 numeral 4, del mismo cuerpo de leyes, que prevé que el juzgador que conoce la causa donde está ordenada la detención de una persona deberá solicitar, dirigiendo una copia del proceso, la práctica de esta diligencia a la entidad encargada de las políticas de relaciones exteriores y, que en este caso, que exista una negativa al allanamiento, para que no se pueda realizar”.

Heredia indicó que “es evidente” que al haberse llevado a cabo un allanamiento para detener a Glas, por tener en su contra una orden de localización y captura, sin que la intervención haya cumplido el artículo 482.4 del COIP; “es decir, sin que exista autorización del jefe de Cancillería y Asunto Políticos de la Embajada de México en Ecuador, deviene al detención en ilegal en su dimensión formal”.

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El Tribunal dijo que “carece de sustento jurídico” el argumento de los demandados, quienes justificaron la detención con base en los decretos ejecutivos suscritos por el presidente Daniel Noboa, correspondientes al estado de excepción y conflicto armado interno. Los decretos no constituyen una excepción para la aplicación del principio de legalidad, concluyeron los jueces.

Con la decisión judicial, el exvicepresidente seguirá recluido en la cárcel de máxima seguridad La Roca, en Guayaquil, a donde fue llevado la mañana del sábado 6 de abril tras su detención. Desde su ingreso al centro de privación de libertad, Glas inició una huelga de hambre, como medida de protesta.

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El recurso de habeas corpus fue planteado el pasado lunes por Francisco Hidalgo, en calidad de ciudadano y representante legal del movimiento de la Revolución Ciudadana (RC), en contra de Rita Annabel Bravo Quijano, jueza de la Corte Nacional de Justicia; Melissa Muñoz Sánchez, jueza de la Unidad Especializada en Garantías Penitenciarias de Quito; Daniel Noboa Azín, presidente de la República; Mónica Palencia, ministra de Gobierno; César Zapata, comandante general de la Policía Nacional; y Jaime Vela Erazo, jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.

Los abogados de Hidalgo argumentaron que la detención de Jorge Glas fue ilegal, arbitraria e ilegítima debido a que antes de su arresto ya había recibido asilo diplomático por parte del Gobierno mexicano.

Además, señalaron que la incursión de uniformados a la embajada mexicana, en Quito, vulneró normas de derecho internacional público, irrespetando el principio de inviolabilidad de las sedes diplomáticas.

En su testimonio, Glas aseguró que fue golpeado y torturado por los agentes que ingresaron armados y encapuchados a la embajada. De igual manera, afirmó que Roberto Canseco, diplomático mexicano, también fue atacado por los uniformados. El exvicepresidente solicitó al Tribunal que se lo devolviera a la embajada y que también se le conceda el salvoconducto para poder salir de Ecuador.

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El exvicepresidente Jorge Glas se conectó a la audiencia, por vía telemática, desde la cárcel La Roca. Foto: captura de pantalla.

Las defensas de los jefes de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas descartaron que hubo maltratos hacia Glas y afirmaron que se respetaron sus derechos humanos. Justificaron que la intervención a la sede diplomática se apegó a la ley, decretos ejecutivos y en cumplimiento de las órdenes de captura contra el exvicepresidente.

En un informe, el comandante de la Policía Nacional afirmó que la orden de la detención de Glas provino de “manera verbal y escrita” por parte del presidente Daniel Noboa.

En informe de la Policía Nacional sobre localización y captura de Jorge Glas no se proporcionan detalles específicos sobre el operativo en la embajada de México

La ministra Mónica Palencia, por su parte, señaló que Glas ha sido “uno de los protegidos de una administración de justicia corrupta”.

Señaló que Glas ha sido procesado judicialmente desde 2017 por casos de corrupción y no por delitos políticos. “Aquí no hay ninguna persecución política”, afirmó la ministra. Que el exvicepresidente “ha demostrado una conducta antisocial y agresiva”, aupado por operadores de la justicia y abogados.

Respecto del asilo a Glas, Palencia dijo que hasta el 11 de abril, la Cancillería ecuatoriana confirmó que México no había notificado oficialmente con su decisión.

La jueza Melissa Muñoz, una de las accionadas en la causa, dijo en la audiencia que el exvicepresidente Glas no alcanzó las calificaciones necesarias para obtener la prelibertad. Por ello, en diciembre de 2023, se le negó el beneficio penitenciario.

Como en ese momento Jorge Glas estaba en libertad, por orden del juez Emerson Curipallo, la magistrada dispuso su localización y captura para que cumpla los dos años que le faltan para completar la pena de ocho años, ya que se unificaron las dos sentencias de seis y ocho años de prisión por los casos Odebrecht y Sobornos 2012-2016.

Muñoz defendió la legalización de la detención de Jorge Glas, el 5 de abril. Y ratificó que la privación de libertad “no es ilegal”, ni arbitraria, porque se originó de dos procesos penales que pesan contra el exfuncionario.

El ex segundo mandatario también tenía orden de prisión preventiva por el caso Reconstrucción de Manabí, medida dispuesta en enero de 2024 por el juez Luis Rivera. (I)