Tres días después de que un Tribunal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) determinó en segunda instancia que la detención del exvicepresidente Jorge Glas durante una incursión policial en la Embajada de México, en Quito, el 5 de abril pasado, “fue legal, legítima y no es arbitraria”, el equipo internacional de defensa de Jorge Glas, liderado por el bufete Juscogens y coordinado por los abogados Christophe Marchand y Sonia Vera, en Bruselas, la decisión de los jueces “ignora flagrantemente el derecho internacional”.

Con la decisión, emitida el viernes 7 de junio último, se revirtió la sentencia del 12 de abril que concedió parcialmente un habeas corpus a favor de Glas, en la cual los jueces Mónica Heredia (ponente), Liz Barrera y Adrián Rojas concluyeron que la captura del exvicepresidente fue “ilegal, ilegítima y arbitraria”, pero no le concedieron la libertad porque tiene una sentencia condenatoria por cumplir.

Principalmente, la defensa nacional del líder correísta apeló el fallo de primera instancia con el fin de que Jorge Glas saliera de la cárcel La Roca, en Guayaquil, pero no se logró el objetivo.

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Corte Nacional resuelve que detención de Jorge Glas no fue ilegal y arbitraria

La defensa internacional de Glas insiste en que el 5 de abril último el ex segundo manadatario fue secuestrado y sometido a torturas, lo cual constituye una violación grave de sus derechos humanos. Además, insisten en que el 8 de abril siguiente, en las instalaciones de detención, hubo un presunto intento de suicidio en condiciones sospechosas, lo que aumenta, dicen, las preocupaciones sobre la seguridad y bienestar de Jorge Glas.

“El Tribunal ha fallado gravemente al justificar la incursión en la Embajada de México, violando directamente disposiciones internacionales, como la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas. Según el artículo 22 de esta convención, los espacios diplomáticos son inviolables y cualquier ingreso sin consentimiento del jefe de misión constituye una infracción clara. El tribunal erró al aplicar un estado de excepción como justificación, ignorando precedentes internacionales que protegen explícitamente la soberanía de las misiones diplomáticas, incluso en situaciones de emergencia”, se explica en el comunicado de prensa dado a conocer este 10 de junio.

Por otra parte, la defensa internacional del exbinomio presidencial de Rafael Correa en su comunicado sostiene que es una equivocación que el Tribunal de Apelación de la CNJ en su sentencia argumente que el habeas corpus no es adecuado para discutir temas de asilo o violaciones de normas internacionales, afirman que el fallo se equivoca al asegurar que las órdenes de captura y detención siguieron el debido proceso, ignorando los métodos y contextos utilizados, que son incompatibles con el respeto a los derechos humanos básicos de Jorge Glas.

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También afirman que la resolución de segunda instancia viola el debido proceso, critican que no se hayan aceptado los amicus curiae a favor de Glas y también que no se haya realizado una audiencia pública para resolver la apelación.

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En respuesta a las supuestas flagrantes irregularidades y violaciones de derechos fundamentales en el proceso contra Jorge Glas, la defensa internacional del exvicepresidente refiere que existen varias acciones emprendidas a nivel internacional, que incluyen la solicitud de un salvoconducto bajo la Convención de Caracas para garantizar su salida segura de Ecuador con asilo diplomático en México; la ampliación de solicitudes de medidas cautelares y provisionales ante la CIDH y la Corte IDH, resaltando las graves violaciones a los derechos de Jorge Glas; que en México se presentó una denuncia por secuestro agravado y tortura, invocando la jurisdicción universal y asimismo, en Alemania presentaron una denuncia utilizando la jurisdicción universal, dada la ciudadanía alemana de Jorge Glas, entre otras acciones. (I)