Que el exvicepresidente Jorge Glas tiene un “inminente” riesgo de morir por las condiciones en las que cumple prisión en la cárcel de máxima seguridad La Roca, en Guayaquil. Esa es la principal razón por la que nuevamente su defensa ha realizado un pedido de habeas corpus para que pueda salir en libertad.

La audiencia para analizar la solicitud se desarrollará este miércoles, 3 de julio de 2024, por vía telemática.

Sus abogados señalaron en su escrito que Glas intentó suicidarse el 8 de abril pasado, días después de haber sido detenido dentro de la Embajada de México y de haber sido trasladado a La Roca.

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Para avalar esta tesis, presentaron su historia clínica registrada en el Ministerio de Defensa. En el texto se menciona que el 8 de abril de 2024, “entre las 08:00 y 08:30, el personal del SNAI en la cárcel La Roca se percató de que Jorge Glas permanecía en su celda sin poder despertar, con señales de inconsciencia”.

“Más tarde, aproximadamente a las 12:30 del mismo día, luego de haber estado inconsciente en su celda aproximadamente cuatro horas, Glas fue llevado en una ambulancia hacia el Hospital Militar en Guayaquil. Luego fue trasladado hacia el Hospital Naval de Guayaquil”, donde fue ingresado por intoxicación por benzodiacepinas, intoxicación aguda por sedantes y neumonía adquirida en la comunidad.

“Pese a la precaria condición de salud física y mental del exvicepresidente se le dio el alta y fue regresado a la La Roca sin haber recibido atención psiquiátrica especializada”, indicó el texto.

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En el pedido se incluye, asimismo, un informe del doctor Michael Brune, especialista en Neurología y Psiquiatría, de fecha 14 de junio de 2024.

Este dice que antes del encarcelamiento en La Roca, cuando se hallaba en la Embajada de México, “no hubo cambios fundamentales en su estado mental”.

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Sin embargo, respecto a su salud mental después de su encarcelamiento partir del 6 de abril de 2024, se expresa: “En la primera noche en ‘La Roca’ el paciente se ‘despidió de todo’ y en el siguiente día intentó suicidarse, se tomó todas las pastillas que tenía a sus manos. Perdió la conciencia y fue llevado a un hospital, donde se quedó poco tiempo y después le mandaron de vuelta a la cárcel. ‘Lamentablemente sobrevivo’, comentó el paciente de este acontecimiento”.

En el documento se indica que Glas tiene una vez a la semana una sesión terapéutica con una psicóloga. “Los medicamentos ‘necesita’, aunque le ayuden ‘muy poco’ en su situación ‘actualmente desastrosa’. No entiende para qué viene la psicóloga, solamente escucha y no dice nada”.

Respecto a su estado psiquiátrico actual, en el informe se dice: “Su estado de ánimo es profundamente deprimido. Su postura corporal es encorvada y con hombros caídos. Habla rápido, pero sin expresiones faciales y casi sin gestos. Mientras habla, de repente se toca la cara con las manos y se pasa los dedos por toda la cara. Piensa ‘casi todo el tiempo’ en suicidarse. Dice ‘no quiero vivir más’, ‘no me interesa vivir’ y ‘me he decidido dar dos meses de vida, si no pasa nada en esos meses se acabará’”.

En las conclusiones psiquiátricas, en tanto, el documento expresa: “El estado mental actual de Jorge Glas es extremamente grave. Según criterios del CIE-10 sufre de una “transformación persistente de la personalidad tras experiencia catastrófica, F62.0′ y de un ‘episodio depresivo grave con síntomas psicóticos, F32.3. Hay que temer que ahora sus trastornos mentales han llegado a una gravedad de la cual no habrá remisión. El riesgo de intentos de suicidio hay que considerar muy alto en las condiciones en que vive actualmente. Definitivamente será imposible darle al señor Glas un tratamiento psiquiátrico y psicoterapéutico adecuado, con esperanza de un mejoramiento de su estado, adentro de una cárcel”.

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Jorge Glas tiene dos sentencias en firme por los casos Odebrecht (asociación ilícita) y Sobornos 2012-2016 (cohecho agravado), las cuales fueron unificadas en ocho años. Aparte tiene en curso una investigación por peculado en el caso Reconstrucción de Manabí, en el cual la Fiscalía ha pedido fecha y hora para la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio. (I)