A diferencia de las discrepancias que existen en torno a las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), los asambleístas coincidieron, sin contratiempos, en aprobar por unanimidad el proyecto de ley orgánica reformatoria para la erradicación de la violencia y el acoso en todas la modalidades de trabajo.

La norma obtuvo los votos afirmativos de los 128 legisladores que asistieron a la sesión del pleno, que se desarrolló la mañana del jueves 22 de febrero.

El proyecto incorpora reformas al Código del Trabajo y la Ley Orgánica de Servicio Público, que tienen como propósito garantizar ambientes laborales seguros, erradicar violaciones a derechos humanos y proteger la dignidad de los trabajadores.

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La ponente de la iniciativa legal fue la asambleísta María Teresa Pasquel, de la Comisión de Derecho al Trabajo, quien destacó que el cuerpo legal recoge las distintas visiones de trabajadores, empleadores, carteras de Estado, así como observaciones de asambleístas.

Señaló que, según información recabada, “es una realidad el incremento de denuncias sobre acoso en todas sus formas”.

En ese sentido, resaltó que el acoso laboral puede ocurrir en cualquier relación jerárquica. Por ello, es necesario reformar el Código del Trabajo, que rige sobre el sector privado, y la Ley Orgánica de Servicio Público.

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Se modificó la definición de violencia y acoso, como “todo tipo de comportamientos y prácticas inaceptables, incluidas las amenazas reconocidas en la Constitución y en otras leyes especiales, para proteger la dignidad de todas las personas en el ámbito laboral”.

La violencia es concebida como los actos que ocurran por una sola vez o de manera repetitiva en contra de una persona trabajadora, que puedan resultar en daño físico, psicológico, sexual, económico, político, simbólico o digital.

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Pasquel señaló que esto abarca a la violencia o acoso de género, o por razones discriminatorias que sean cometidos en el lugar de trabajo o en cualquier momento, en contra de una de las partes de la relación laboral o entre trabajadores, “que tenga como resultado el menoscabo, maltrato, humillación, se amenace o perjudique los derechos adquiridos de la persona violentada o acosada laboralmente”.

La asambleísta explicó que el proyecto de ley da cumplimiento a disposiciones constitucionales y en apego a la Convención de Derechos Humanos, así como la Convención 190 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) sobre violencia y acoso, que se emitió en el año 2019 y que Ecuador ratificó en 2021.

Indicó que en el proyecto de ley también se ha considerado como violencia y acoso laboral la no desconexión digital, el irrespeto al tiempo de descanso, permisos y vacaciones del trabajador privado o del sector público, tanto en el trabajo presencial como en el teletrabajo, así como la intimidad personal y familiar.

Todas las conductas que sean denunciadas como violencia y acoso laboral serán valoradas por el Ministerio del Trabajo, de acuerdo con las circunstancias y gravedad de cada caso.

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La norma cubre a todos los trabajadores, independientemente de su situación contractual o si se encuentran en la economía formal o informal, detalló Pasquel.

Es decir, cubre a las personas en formación, pasantes, aprendices, despedidos, voluntarios, personas en busca de empleo, entre otros.

En los casos que sean confirmados se emitirán sanciones pecuniarias y medidas de reparación tanto para el sector público como privado.

“La intención es proteger la estabilidad laboral de los trabajadores y servidores al no ser obligados a terminar la relación laboral, considerándose nula toda terminación laboral, por violencia o amenazas”, enfatizó la legisladora.

Anunció que una vez que la ley entre en vigencia, la Asamblea fiscalizará que el Ministerio del Trabajo garantice programas de capacitación de todas sus autoridades laborales, empleadores, trabajadores, funcionarios públicos, para que se implementen medidas de prevención, denuncia, actuación y sanción. También se contempla apoyo psicológico.

El proyecto de ley aprobado por el pleno pasará a manos el presidente Daniel Noboa para su análisis. Si el Ejecutivo no tiene objeciones al texto, lo podrá enviar directamente al Registro Oficial para su publicación. (I)