El Consejo Nacional Electoral (CNE) en la sesión del pleno celebrada la noche del 13 de marzo de 2025, resolvió “prohibir el uso de dispositivos móviles, eléctricos o electrónicos a los electores durante el acto del sufragio en las Juntas Receptoras del Voto; y a partir de las 17:00 horas y durantee toda la jornada de escrutinio a los Miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV)”.

En ese sentido, los votantes no podrán ingresar a las Juntas con su celular. El derecho al sufragio deberá ejercerse sin dispositivos electrónicos, lo que implica que no podrán tomarse fotografías de las papeletas. Esto, según el CNE, para garantizar un voto libre y secreto.

La medida dispuesta a los MJRV tiene una excepción con uno de sus integrantes que podrá utilizar su dispositivo móvil después del cierre de la jornada electoral, en el interior de las Juntas, para realizar con el dispositivo las operaciones matemáticas necesarias para llenar las actas de escrutinio.

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Por otra parte, los delegados de las organizaciones políticas, representantes de medios de comunicación y observadores nacionales e internacionales tienen permitido realizar el registro, a través de imágenes y videos de la jornada electoral y el proceso de escrutinio.

Los representantes de las organizaciones políticas no tienen restrigido el derecho a recibir una copia del acta de Conocimiento Público.

Según lo indicado por el CNE, la disposición tiene el objetivo de evitar coerciones provenientes no solo de grupos delincuenciales, sino desde entornos laborales o cualquier relación de poder que se pueda influir en el voto de otras personas para garantizar un voto libre y secreto. (I)