El presidente de la Asamblea Nacional Virgilio Saquicela exaltó la legitimidad del juicio político que se sustanciará en contra del presidente del Gobierno Guillermo Lasso, tras superar el primer control de constitucionalidad en la Corte Constitucional (CC).

En un mensaje divulgado por las redes sociales de la Legislatura este 30 de marzo de 2023, Virgilio Saquicela refirió que el dictamen de admisibilidad a la solicitud de juicio político que impulsan corrientes de oposición “confirma” que han actuado con base en las normas constitucionales y legales.

“El dictamen de admisibilidad del máximo órgano de control constitucional, en torno a la solicitud de juicio político, confirma que la Asamblea Nacional ha actuado con base en las normas constitucionales y legales”, manifestó en su alocución.

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Destacó que este mecanismo de control político para que el presidente de la República “rinda cuentas de sus actos, constituye un procedimiento legítimo que garantiza la estabilidad democrática”.

“La Asamblea Nacional, como primer poder del estado, actúa con respeto irrestricto de la Constitución y la ley. El juicio político se constituye en la mayor expresión de la facultad de fiscalización y control político”, recalcó.

El pasado 29 de marzo, con el voto afirmativo de seis jueces y tres votos salvados, el pleno de la Corte Constitucional suscribió un dictamen de admisibilidad de un juicio político solicitado por la Función Legislativa el viernes anterior.

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Los asambleístas Viviana Veloz (UNES), Mireya Pazmiño (separada de PK), Rodrigo Fajardo (separado de la ID) y Pedro Zapata (PSC) son los proponentes de la interpelación y esgrimen la responsabilidad política de Guillermo Lasso, de acuerdo con lo estipulado en el numeral 2 del artículo 129 de la Constitución.

Esta se refiere a la solicitud de interpelación a un presidente de la República por delitos de concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito.

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Sin embargo, el dictamen aprobado por los jueces, inadmitió el pedido respecto de dos cargos de concusión por presuntos hechos de corrupción en Petroecuador y la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas (Emco EP); pero sí admitió el cargo relacionado con peculado, relacionado con posibles irregularidades en la Empresa Pública Flota Petrolera del Ecuador (Flopec).

Pese al criterio de Saquicela, los jueces de la Corte exhortaron a los asambleístas y a los órganos de la Asamblea Nacional “a que en el futuro procedan con más prolijidad en la presentación y tramitación de juicios políticos, atendiendo a la seriedad que la activación de dicha figura constitucional requiere”.

El dictamen se aprobó con los votos de los jueces Richard Ortiz y Alí Lozada, ponente y coponente, respectivamente; Daniela Salazar, Alejandra Cárdenas, Karla Andrade y Jhoel Escudero.

Los tres restantes: Enrique Herrería, Carmen Corral y Teresa Nuques se pronunciaron con un voto salvado, pues a su criterio, el organismo debió inadmitir el pedido de enjuiciamiento.

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El expediente fue remitido al Parlamento para que proceda con el trámite, por lo que, según Saquicela, al ser notificados, “corresponde continuar con el trámite en la Comisión de Fiscalización”.

“Será el pleno de la Asamblea, como máximo órgano, quien resolverá con responsabilidad y en estricta observancia a la Constitución y la ley, garantizando los más sagrados intereses de la patria”, ofreció la autoridad.

Para las 09:30 de este viernes 31 de marzo, Saquicela convocó a los miembros del Consejo de Administración Legislativa (CAL) a una sesión virtual en la que está previsto conocer la documentación remitida por la Corte Constitucional, la misma que se remitirá a la Comisión de Fiscalización para que avoque conocimiento e inicie con la sustanciación.

Este proceso tomará alrededor de 45 días en su trámite, en el que se permitirá al jefe de Estado que exponga sus pruebas de descargo y, a los interpelantes, sus pruebas de cargo.

La mesa legislativa, presidida por el asambleísta, Fernando Villavicencio (Independiente), emitirá un informe para resolución del pleno, en el que podrá recomendar la censura y destitución de Guillermo Lasso o el archivo del caso, según contempla la Ley Orgánica de la Función Legislativa. (I)