Por los delitos de privación arbitraria e ilegal de la libertad y tortura, y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, la Fiscalía Especializada en Derechos Humanos formuló cargos contra tres militares en servicio pasivo (SP).

Los militares involucrados son Luis Alejandro C. C., José Félix M. M. y Edy Patricio F. Ellos fueron del Departamento de Inteligencia Napo, perteneciente a la Brigada de Selva 19 Napo.

A ellos se les impuso prohibición de salida del país y presentaciones periódicas.

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Este caso se remonta a 1995, cuando los militares allanaron un domicilio –sin orden judicial– y golpearon al ciudadano Máximo L. Él fue detenido aparentemente de forma arbitraria y privado el 30 de junio de ese año en Shushufindi.

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Los vecinos de Máximo persiguieron al vehículo de uso militar y exigieron que lo trasladen hasta el cuartel de Policía de Shushufindi.

Según las investigaciones, los militares de la brigada Selva #19 de El Coca que llegaron a bordo de un helicóptero acallaron a la gente y los desalojaron de los patios de la Policía.

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La víctima, según el proceso, fue incomunicada, maniatada (con las manos hacia atrás), pateada incontables veces en el estómago y asfixiada con agua.

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Durante la audiencia de formulación de cargos, que se desarrolló en la Unidad Judicial Penal Multicompetente de Orellana, el Fiscal del caso presentó más de treinta elementos de convicción para sustentar el inicio de la instrucción fiscal que durará noventa días.

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En su versión, Máximo dijo que los militares buscaban que se inculpe como asaltante de un tanquero. Primero se negó, pero sucumbió ante la tortura. Declaró que compraba pocas cantidades de combustible a los tanqueros. Dijo que escribió lo que ellos pidieron, incluso dar nombres de personas implicadas que jamás han tenido ningún negocio con él.

También fue acusado de ser espía peruano y lo amedrentaron con aplicarle lo que llamaban “ley de fuga”. Días después de estos hechos, uno de los torturadores lo subió en un vehículo hacia la Policía de El Coca, para que rinda declaración ante un fiscal.

Máximo L. permaneció en poder de los militares, desde el 30 de junio al 2 de julio de 1995.

La Fiscalía tipificó los hechos como un crimen señalado por el Derecho Penal Internacional y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos como privación ilegal y arbitraria de la libertad y torturas, y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, como una grave violación a los derechos humanos. (I)

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