A 29 años y 4 meses de cárcel fue sentenciado Geison E. Z. por el delito de violación, este 10 de marzo.
El hombre violó a una adolescente de 13 años en el cantón Rioverde, en la provincia de Esmeraldas, el 12 de abril de 2021.
La víctima era su familiar. El hombre, primo hermano de la mamá de la afectada, sacó a la adolescente de su casa bajo amenazas y engaños, indicó la Fiscalía en un comunicado.
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El acusado utilizó una camioneta para llevar a la adolescente lejos de su casa. Ahí, la violentó sexualmente.
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Luego, el hombre la dejó botada en un sector cercano a su casa.
Cuando el padre de la víctima llegó a su hogar, se dio cuenta de que su hija no estaba.
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“Un vecino le comentó que salió con Geison E. Z. en un vehículo. Cuando ella llegó a casa y le contó lo sucedido, dieron aviso a la Policía y se detuvo al agresor de forma inmediata”, publicó la Fiscalía en sus redes sociales, al dar a conocer la sentencia contra el acusado.
Ya en el juicio, la Fiscalía expuso y argumentó sus pruebas.
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La fiscal Patricia Nazareno Cabezas presentó el testimonio de los policías aprehensores, de los padres de la adolescente, del médico legista, de la psicóloga clínica, además del testimonio anticipado de la víctima.
#ATENCIÓN | #Esmeraldas: 29 años de sentencia en contra del autor de la violación a una adolescente. El Tribunal también dispuso el pago de 10.000 dólares como reparación a la víctima. #FiscalíaConLasVíctimas
— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) March 10, 2022
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También, el informe del reconocimiento del lugar de los hechos y de la aprehensión, la inscripción de nacimiento de la adolescente (con la que se comprueba que es menor de edad), entre otros
Tras aquello, el Tribunal de Garantías Penales de Esmeraldas dictó sentencia condenatoria, de 29 años y 4 meses de cárcel, contra el acusado.
Los jueces fueron Jhonny Bedoya Medina, Washington Estupiñán y Érika Hertz.
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Ellos también dispusieron al sentenciado a pagar una multa (al Estado) equivalente a 1.066 salarios básicos unificados, así como el valor de $ 10.000 como reparación integral para la víctima.
A Geison E. Z. se lo procesó según el artículo 171 (inciso 1 y numerales 2 y 3) del Código Orgánico Integral Penal (COIP) vigente. A él se le aplicaron las agravantes dispuestas en el artículo 48 (numerales 5 y 9) de esta misma legislación. (I)