Economías exitosas son aquellas en las que las empresas financian su crecimiento mediante la venta de acciones y obligaciones en el mercado de valores, estrategia que les permite obtener financiamiento a largo y mediano plazo y fortalecerse como negocio sustentable, abriendo la oportunidad a los ciudadanos con capacidad de ahorro de invertirlos en acciones y obligaciones, participar en las juntas generales de accionistas, de los dividendos anuales declarados por las compañías y del aumento del precio de sus acciones, ya sea por crecimiento anual del patrimonio o demandas del mercado por papeles de empresas confiables y con seguras tendencias favorables de crecimiento y rentabilidad o ambas razones. Pero, para el éxito del funcionamiento de un mercado líquido, justo, que brinde seguridad a los inversionistas, es indispensable un sistema judicial probo y autoridades de supervisión y control que obliguen a las compañías que califiquen para la emisión de valores públicos el cumplimiento de las normas legales que regulan la emisión de acciones y obligaciones para la venta en el mercado y, además, estatutos de constitución de sociedades que exijan la existencia de gobiernos societarios formales conformados por juntas presenciales de accionistas, directorio y comités del directorio que se reúnan mensualmente a revisar el desempeño de las actividades empresariales, cumplimiento de los planes estratégicos y operativos y tomar las decisiones que lleven al crecimiento de los negocios y su rentabilidad.

Los comités de auditoría y de riesgos del directorio y de cualquier otra especialidad que fortalezca la administración, supervisión y control de la empresa, deben ser integrados con profesionales externos independientes de la administración y de conocido prestigio. El comité de auditoría dirige y supervisa la labor del Departamento de Auditoría Interna de la Compañía, selecciona a los auditores externos y se mantiene en permanente contacto y coordinación durante la ejecución de los exámenes de auditoría y la emisión del correspondiente informe para conocimiento de la alta administración, el directorio y la junta general de accionistas. Para las sociedades que emiten valores para el mercado, debería ser obligatorio publicar los estados financieros anuales y la opinión de los auditores y notas a los estados financieros en uno de los diarios de mayor prestigio y circulación del país y modificar la práctica de poner a disposición de los accionistas la información financiera en las oficinas de las compañías por la de enviarla obligatoriamente por internet a cada accionista por lo menos diez día antes de la fecha de convocatoria a la junta general.

Complemento indispensable para la seguridad de los ahorros que invierten los ciudadanos en valores negociados a través de la Bolsa, es la eficiente y eficaz supervisión y control de la Superintendencia de Compañías del cumplimiento de la correcta aplicación del Código de Ética Profesional, las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) y las Normas Internacionales de Información Financiera (NIFFS) por las firmas de auditores externos en su papel de Contadores Públicos Independientes. Las firmas de auditores autorizadas a emitir informes anuales de la auditoría externa de empresas que emiten valores para venta al público deberían ser calificadas anualmente por la Superintendencia de Compañías, verificando la seriedad, correcta aplicación de las normas y principios que rigen la profesión en sus servicios y el oportuno cumplimiento de sus obligaciones, renovando la autorización únicamente a aquellas que alcancen la más alta calificación en su desempeño.

Estas normas no darían los resultados deseados en el caso de que la Superintendencia de Compañías y Bolsa de Valores fueran dirigidas y administradas por personas políticamente influenciables o que profesionalmente no guarden los principios de corrección, objetividad e independencia de criterio, fundamentales para dar seguridad a los inversionistas. (O)