En los últimos días varios funcionarios públicos de diferente jerarquía se han considerado víctimas del escrutinio público sobre sus actos y acciones emitidos por ciertos comunicadores de medios de difusión y en lugar de mostrar tolerancia están buscando silenciar las críticas a sus gestiones, que pudieren resultar en irregularidades con responsabilidad legal.

El poder público debe ejercitarse con transparencia al servicio de los intereses del ser humano, de los fondos estatales, de la Constitución, y de la moral y ética. Nada excluye al funcionario de asumir las consecuencias de sus actos y acciones.

Por esto fracasan los países

La libertad de expresión es un derecho humano, inalienable, de pertenencia a todas las personas y comprende el derecho a buscar, recibir y difundir ideas, opiniones y pensamientos sin restricciones, ni temor, de ninguna índole como así lo establece el artículo 13 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos.

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Los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la ciudadanía y la sociedad. Las leyes que penalizan la expresión considerada ofensiva dirigida a funcionarios públicos generalmente reconocidas como “leyes de desacato” atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información.

El arte como apología del delito

La aplicación de leyes de desacato para proteger el honor de los funcionarios públicos que actúan en carácter oficial les otorga injustificadamente un derecho a la protección del que no disponen los demás integrantes de la sociedad. Esta distinción invierte directamente el principio fundamental de un sistema democrático que hace al Gobierno, y a todos sus funcionarios, objeto de controles, entre ellos, el escrutinio de la ciudadanía a examinar, criticar y difundir las acciones y actitudes de esos funcionarios.

Además de las restricciones legales, el temor a sanciones penales necesariamente desalienta a los ciudadanos a expresar sus opiniones sobre problemas de interés público. La crítica a la función pública con frecuencia comporta juicios de valor.

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Ecuador: desempleo, delincuencia y apagones

El artículo 13 enfatiza que el escrutinio es esencial para la existencia de una sociedad democrática, las personalidades políticas y públicas deben estar más expuestas –y no menos expuestas– al escrutinio y crítica del público, estas personas están en el centro del debate público y se exponen a sabiendas del escrutinio de la ciudadanía, por ello deben demostrar mayor tolerancia a la crítica. La libertad de expresión tiene como fundamento el reconocimiento de la dignidad humana y el reconocimiento de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana, por ello no se puede admitir menoscabo al derecho de difundir opiniones sobre la gestión de los funcionarios públicos.

Preguntas abiertas: ¿Qué obras públicas considera que son urgentes ante la llegada de la época lluviosa en su ciudad? (O)

La Convención Americana sobre Derechos Humanos inspiró la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión para otorgarle un marco jurídico de efectiva protección.

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El principio 11 consagra: Los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad. Las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos generalmente conocidas como “leyes de desacato” atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información. (O)

Franklin Bolívar Moreno Quezada, doctor en Jurisprudencia, Guayaquil