Finalizada la temporada regular de la LigaPro 2022, la entidad resolvió un reclamo interpuesto por Cumbayá FC ante la supuesta alineación indebida del atacante Roberto Ordóñez en el empate con Aucas (0-0) de la jornada 12 de la segunda etapa, con lo que una vez analizados los informes arbitrales y las actas de sanciones en fechas precedentes, “rechazó” el reclamo del cuadro parroquiano.

Mediante un comunicado del Comité Disciplinario, LigaPro determinó que “el jugador Roberto Ordóñez Ayoví actuó en el partido de la fecha n.º 12 frente a Cumbayá estando habilitado para ello, por lo que se rechaza el reclamo”.

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Cumbayá presentó su protesta el pasado 3 de octubre y dos días después LigaPro decidió abrir un expediente “en virtud del reclamo” del equipo parroquiano, que argumentó la inhabilitación de la Tuka Ordóñez por acumulación de cinco tarjetas amarillas para el juego de la fecha 12.

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Según LigaPro, las pruebas aportadas de Cumbayá FC fueron cuatro actas de sanciones y un extracto del video del partido disputado entre Aucas y Emelec, en el que Ordóñez habría sumado la quinta tarjeta.

“El Comité Disciplinario procedió a revisar detenidamente la grabación del juego correspondiente a la fecha n.º 10″, detalló la entidad.

En la revisión se advierte “la existencia de una infracción en el área de Emelec y dos jugadores caídos en el terreno de juego, uno de ellos es el señor Roberto Ordóñez, de Aucas. En ese momento el árbitro central Luis Quiroz saca de su bolsillo la tarjeta amarilla, pero ninguna toma permite apreciar con absoluta certeza que esa tarjeta haya sido mostrada al jugador Roberto Ordóñez, por lo que este Comité no puede suponer que haya existido una amonestación a dicho jugador”.

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Con la aclaración de que en el informe arbitral, “por obligación, deben constar todas y cada una de las amonestaciones que se impongan en el partido” y que dicho informe “no contiene la supuesta amonestación al jugador Roberto Ordóñez”, el comité “no observa ninguna vulneración al procedimiento implementado en perjuicio de Aucas, razón por la cual no procede la declaración de nulidad de todo lo actuado ya que, incluso, se han considerado sus alegaciones escritas y los documentos que incorporó al expediente”.

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Con los antecedentes expuestos, el Comité Disciplinario resolvió que Ordóñez actuó “habilitado”, por lo que “se rechaza el reclamo de Cumbayá”, concluye el comunicado. (D)