La posibilidad de que Petroecuador forme consorcios con empresas privadas para manejar los diversos campos petroleros, la clarificación de la ruta para la migración de los contratos actuales de servicios a contratos de participación de manera voluntaria, un sistema de gobernanza más ágil a través del Comité de Licitación Hidrocarburífera (COLH) son los puntos clave del nuevo Reglamento de Aplicación a la Ley de Hidrocarburos, que suscribió este martes el presidente de la República, Guillermo Lasso.

El presidente Guillermo Lasso lo anunció el martes por la noche. “Acabo de promulgar el nuevo Reglamento General de Aplicación a la Ley de Hidrocarburos, que tiene tres pilares importantes: seguridad jurídica, atracción de inversiones y eficiencia. Esto apuntala la política para fortalecer la inversión en el sector y con ello generar más empleos”, dijo en redes sociales.

Se trata de la emisión del Decreto Ejecutivo 342, que introduce varias reformas al reglamento anterior.

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De acuerdo con el ministro de Energía, Juan Carlos Bermeo, varios son los temas clave del reglamento. En primera instancia, la posibilidad de entrar a licitar campos en producción, pues anteriormente solo se podía entrar desde la etapa de exploración y luego pasar a producción. La posibilidad de que las empresas privadas puedan pasar bajo contrato de participación a manejar campos en producción en novedosa, explicó.

Además, destacó que en el reglamento se fortalece la capacidad asociativa de Petroecuador para que pueda formar consorcios. Efectivamente, el artículo 20 del reglamento establece que las empresas públicas de hidrocarburos ecuatorianas podrán constituir consorcios con empresas nacionales o extranjeras, públicas o privadas de reconocido prestigio, para ejecutar actividades de exploración y/o explotación de hidrocarburos y sustancias asociadas, debiendo asegurar la transferencia tecnológica, entre otros procesos.

Para Bermeo, hay una mejor conformación del Comité de Licitación Hidrocarburífera (COLH). Efectivamente, el COLH estará conformado por el ministro de Energía, el de Finanzas (o su delegado) y un delegado del presidente de la República. Otro punto clave es que se regula de manera importante la migración de contratos.

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Sobre el tema, el exministro de Energía Fernando Santos Alvite comentó que las reformas que se han dado al reglamento ya existente son para ajustarlo a los cambios que se introdujeron a la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, que entró en vigencia por el ministerio de la ley y que además de los temas tributarios tenía varios puntos sobre el tema de hidrocarburos. Para Santos, lo más destacable es justamente el tema de la modalidad contractual.

El experto explicó que el Comité (COLH) es muy importante, pues decide sobre todos los procesos licitatorios que se llevarán adelante. Consideró positivo que esté integrado por un delegado del presidente. “Eso le va a dar más dinamia y viabilidad, pues se podrá contar de primera mano con alguien que refleje la voluntad de la presidencia”, dijo.

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Santos expresó que la reforma a la Ley de Hidrocarburos que venía en la Ley de Desarrollo es amplia y establece que se puedan usar contratos y modalidades que se aplican en la práctica hidrocarburífera mundial. “No se limita a los contratos clásicos, sino que abre el abanico a cualquier tema”, añadió.

En este sentido, el tema de los consorcios busca revivir la buena experiencia del contrato CEPE-Texaco en el cual la empresa nacional tenía un 67 % del contrato y la empresa privada un 33 %. De esta manera, las empresas formarían un consorcio que firmaría un contrato con el Estado para la exploración y producción. Sin embargo, dijo que existe un riesgo en el sentido de que a las empresas podría no interesarles asociarse con Petroecuador, que no tiene balances claros. Consideró que esta figura podría tomar mayor fuerza cuando la empresa estatal se ordene mejor y cambie a sociedad anónima y pueda participar en bolsas internacionales.

Destacó que a través del reglamento se delinea la ruta para las empresas que voluntariamente quieran cambiar a un contrato de participación. Las empresas que deseen hacer el cambio de contratos deben pasar por la revisión del COLH, que debe autorizar el cambio, luego establecer una comisión de negociación para armar las condiciones del nuevo contrato, para finalmente poder suscribirlo.

Para el exministro, actualmente muchas empresas están acostumbradas a los contratos de prestación de servicios. Adicionalmente, aseguró que con precios altos del crudo no es un buen momento para renegociar los contratos, pues estos contratos funcionan bien para el Estado cuando el precio es alto, ya que todo por encima de la tarifa va al Estado.

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Entre tanto, el ministro Bermeo resaltó otros puntos del reglamento como los que tienen que ver con temas de la caducidad de contratos, “que al final del día son parte de la seguridad jurídica que se requiere para atraer inversión”.

También consideró importante que se establezcan los procesos para la delegación de actividades de transporte y refinación de crudo a la empresa privada.

El ministro opinó que la existencia del reglamento es como generar las herramientas claras que llevarán al destino final, que es el incremento de la producción petrolera a un millón de barriles diarios a finales del Gobierno. (I)