El alcalde Jorge Yunda afronta un tema judicial y pedidos de renuncia por parte de los concejales. Algunos ciudadanos iniciaron una serie de plantones programados desde el jueves 15 de abril como rechazo a su administración.

Existen mecanismos que la ley establece para relevar a una autoridad seccional de su puesto: remoción, revocatoria y destitución. También una decisión de renuncia al cargo, aunque hasta el momento, Yunda ha ratificado que continuará en la alcaldía. Además, una posible sentencia por el presunto caso de peculado en la compra pruebas para COVID-19.

La remoción y revocatoria operan a través del impulso ciudadano en distintas entidades, el primero va al Consejo Nacional Electoral que termina con el voto de la ciudadanía. El otro opera a través del voto de los concejales.

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Remoción

El pedido de remoción se inicia con una denuncia desde la ciudadanía, este pedido es conocido por una comisión de mesa.

La comisión de mesa está conformada por los concejales Fernando Morales y Mónica Sandoval, el vicealcalde Santiago Guarderas y el alcalde Jorge Yunda.

Al no poder ser juez y parte, el alcalde no podrá formar parte de dicha comisión. Así que el Concejo designará al cuarto integrante que analizará este pedido de remoción.

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Una vez que la Comisión de Mesa verifica que el documento ingresado cumple con los requisitos jurídicos, se inicia una etapa de cargo y descargo por parte de los denunciantes y denunciado, respectivamente.

El Concejo Metropolitano conocerá un informe presentado por la Comisión de Mesa. Después de presentar todas las pruebas, en esa misma sesión, el Concejo votará a favor o en contra del pedido de remoción.

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El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) será el que supervise que se haya cumplido con todas las etapas del proceso en el tiempo establecido por la ley. Si todo se ha cumplido, el TCE ratificará la decisión del Concejo Metropolitano. Pero si encuentra algún error, se declara la nulidad del proceso y con ello la remoción del alcalde.

Revocatoria

El proceso de revocatoria se puede aplicar al dignatario después del primer año de su gestión y antes del último. Se inicia con una petición ciudadana al Consejo Nacional Electoral (CNE), también se deberá presentar cierto número de firmas que representen el 30% de los empadronados.

En este caso, en Quito son 1′974.753 sufragantes, el 30% equivale a 592.426 firmas que se deberían presentar al CNE.

Después de confirmar las firmas y los documentos, se procedería a un llamado a consulta popular.

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Los ciudadanos por medio de las urnas decidirán la continuidad o no del alcalde o la autoridad denunciada. Sin embargo, este proceso conlleva más tiempo que la remoción.

El proceso de destitución de una autoridad queda completamente sujeto a las instituciones, no la ciudadanía. Las razones pueden ser el incumplimiento del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad) o sentencia ejecutoriada por delitos penales.

En el proceso legal que afronta Jorge Yunda sobre presunto peculado en la adquisición de 100.000 pruebas para detectar COVID-19, el 26 de abril se conocerá si procede el inicio de juicio penal en contra del alcalde, exfuncionarios y funcionarios de la Secretaría de Salud.

El juez provincial de Pichincha Vladimir Jhayya convocó a la audiencia preparatoria de juicio que se llevará a partir de las 09:30. Ayer, el concejal Fernando Morales advirtió que en la agenda digital del celular de Sebastián Yunda se nombra al juez Jhayya. El texto que ha compartido dice: “Borrador dictamen abstentivo fiscal q no le acusen, jaya queda afuera”.

En este caso, el exsecretario de Salud Lenin Mantilla se encuentra prófugo y funcionarios de esta Secretaría cumplen medidas cautelares, al igual que el alcalde. (I)