El pleno de la Asamblea Nacional tratará, este martes 18 de junio del2024, en primer debate, el proyecto de enmienda constitucional con el que se da vía libre a la modificación de ciertos requisitos de los aspirantes a legisladores.

La propuesta fue planteada en el 2023 por la legisladora Sofía Sánchez (afín al PSC). Se trata de un cambio en el artículo 119 de la Constitución de Montecristi.

Este dice lo siguiente:

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“Para ser asambleísta se requerirá tener nacionalidad ecuatoriana, haber cumplido 18 años de edad al momento de la inscripción de la candidatura y estar en goce de los derechos políticos”.

De aprobarse en la Asamblea, el artículo quedaría así:

“Para ser asambleísta se requerirá tener nacionalidad ecuatoriana, ser mayor de edad y acreditar a más de probidad notoria, experiencia, capacitación o formación justificada.

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Para dar cumplimiento a lo establecido en el inciso anterior, mediante la ley se establecerá el mecanismo de verificación, dentro del cual se tendrán presentes acciones afirmativas”.

En la disposición transitoria única se le da a la Asamblea un máximo de 120 días a partir de la vigencia de la enmienda para realizar las reformas legales que correspondan para aplicarla.

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El informe de la comisión ocasional de enmiendas constitucionales recomendó la aprobación de esta enmienda con cinco votos a favor de Manuel Bohórquez (ADN), Lucio Gutiérrez (SP), Jorge Peñafiel (Construye), Sofía Sánchez (afín al PSC) y Otto Vera (PSC). Dos votaron en contra: María Gabriela Molina (independiente) y Fabiola Sanmartín (PK).

En el documento se defiende la aprobación de la enmienda propuesta porque “representa un avance significativo en el fortalecimiento de la seguridad jurídica de los ciudadanos en el proceso de selección de candidatos para cargos políticos. Esta modificación garantiza que los individuos que aspiren a ocupar dichos cargos no solo cumplan con la edad mínima requerida, sino que también posean las habilidades, conocimientos y cualidades necesarias para desempeñarse de manera efectiva y eficiente en el ámbito político y técnico”, y se destaca que en este no se imponen requisitos específicos, como títulos académicos o formación profesional, sino que busca asegurar que las y los asambleístas tengan un conocimiento integral de la realidad social de sus mandantes, lo cual es fundamental para una representación efectiva y comprometida”.

En el debate de la mesa, no obstante, hubo voces opuestas a la enmienda. Así, por ejemplo, los constitucionalistas Rafael Oyarte e Ismael Quintana señalaron que los requisitos de la probidad notoria y la experiencia son ambiguos.

Y cuestionaron: “¿Cómo acredito yo que soy probo?, ¿con qué documento? (...) ¿El partido político de alquiler me va a acreditar a mí que soy probo para efectos de ser candidato, me va a desacreditar o el Consejo Nacional Electoral? (...) ¿Qué es esto de experiencia?, ¿experiencia en qué? Experiencia legislativa para alguien que no ha sido legislador... Es un régimen democrático, yo puedo elegir a Batman si se me ocurre experiencia. ¿En qué?, así es el sistema capacitación o formación justificada, ¿en qué? ¿Soy un buen futbolista, entonces yo te demuestro capacitación o formación?”. (I)

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