Con la segunda renovación parcial del pleno de la Corte Constitucional (CC) vino también el cambio de sus autoridades para los siguientes tres años.

Por unanimidad, en una sesión de este 18 de marzo de 2025, los nueve jueces constitucionales designaron a Jhoel Escudero Soliz y Karla Andrade Quevedo, como presidente y vicepresidenta, en su orden.

Ellos reemplazan a Alí Lozada y Daniela Salazar, esta última ahora exjueza, que dejó el órgano por un sorteo público, con Enrique Herrería y Carmen Corral, como parte de la renovación parcial que se concretó a inicios de marzo.

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Escudero y Andrade fueron nominados por la Presidencia de la República para llegar a la CC, aunque en diferentes momentos.

QUITO (18-03-2025).- Jhoel Escudero, presidente de la Corte Constitucional, durante las declaraciones de esta institución anunciando los nombres de las nuevas autoridades. Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO. Foto: Alfredo Cárdenas.

Jhoel Escudero fue elegido en la primera renovación parcial que se hizo en el 2022 y su nombre lo propuso el expresidente Guillermo Lasso Mendoza.

Entre el 2009 y 2014 fue asistente, asesor y coordinador académico de la Corte Constitucional que presidió Patricio Pazmiño, este último cercano al expresidente Correa.

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Escudero también fue consultor del extinto Ministerio de Justicia en el 2008 y parte del Instituto Regional de Protección de Derechos Humanos (Inrehd).

Fue rector subrogante entre el 2018 y 2021 del Instituto de Altos Estudios Nacionales (IAEN) y es docente.

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QUITO (18-03-2025).- Karla Andrade, vicepresidente de la Corte Constitucional, durante las declaraciones de esta institución anunciando los nombres de las nuevas autoridades. Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO. Foto: Alfredo Cárdenas.

La jueza Karla Andrade fue designada en el concurso público que realizó el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) de transición en el 2019 y se la incluyó en una nómina propuesta por el expresidente de la República, Lenín Moreno Garcés.

Andrade fue asesora en la Corte Constitucional y en la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (Senplades), también fue secretaria arbitral del Centro Internacional de Arbitraje y Mediación (CIAM) y docente y consultora independiente.

Estos tres años serán los últimos que le quedan a Andrade de gestión, pues en la renovación del 2028 se cumplirá el periodo de nueve años que permite la Constitución, al igual que a los jueces Alí Lozada Prado y Teresa Nuques Martínez.

Esto en relación con el artículo 432 de la norma suprema que establece que la CC se integra por nueve miembros que desempeñan sus cargos por un periodo de nueve años, sin reelección inmediata y serán renovados por tercios cada tres años.

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Las dos autoridades estarán al frente de un pleno en el que hay tres nuevos perfiles, cuyas posturas políticas y jurídicas se expresarán en sus fallos. Los nueve jueces son: Alí Lozada, Teresa Nuques, Alejandra Cárdenas, Richard Ortiz, Claudia Salgado, José Terán, Jorge Benavides, Andrade y Escudero.

La Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional otorga diez atribuciones para quien ejerza la presidencia de la Corte:

  • Ser el representante legal, judicial y extrajudicial.
  • Convocar y presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias del pleno.
  • Elaborar y presentar para aprobación del pleno el proyecto de presupuesto de la CC.
  • Designar a los funcionarios y empleados de la Corte Constitucional.
  • Establecer conjuntamente con el secretario de Gestión Institucional la planta de personal.
  • Aprobar las bases de la convocatoria de los concursos públicos para el ingreso de los funcionarios.
  • Decidir las cuestiones que afectan al funcionamiento interno de la Corte Constitucional, no señaladas por la ley.
  • Delegar las funciones que considere necesarias.
  • Conformar comisiones especiales.
  • Ejercer funciones que le correspondan como juez y las demás que establezca la ley o el reglamento.

En el caso de la vicepresidencia, la norma le otorga a quien ocupe esa función la de reemplazar al presidente en caso de ausencia. (I)