A $ 6.900, 15 salarios básicos unificados, asciende la multa que deberá pagar el expresidente Guillermo Lasso por la designación de Sebastián Corral como secretario de la Administración Pública en su gobierno. El contralor Mauricio Torres se refirió al valor a pagar en su comparecencia, del 21 de febrero, en la Comisión de Fiscalización y Control Político de la Asamblea Nacional en la que se analizó el examen especial realizado a la designación.

No obstante, todas estas sanciones son parte de una predeterminación, es decir, pese a la multa todavía existe un proceso en curso que inclusive puede llegar al Tribunal Contencioso Administrativo de la Contraloría, que es la última instancia.

Manifestó también que se determinó un indicio de responsabilidad penal que ya fue enviado a la Fiscalía por las actuaciones que se cometen fuera de la Ley en la posesión del exservidor.

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¿Cuándo deben pagar las multas?

Además de Lasso, las sanciones alcanzan a Corral, que deberá pagar una multa de 20 salarios, es decir de $ 9.200, y a otros cuatro funcionarios de la Dirección de Talento Humano y de la Secretaría de la Presidencia de la República, de quienes se desconoce el valor de la sanción económica.

Según el sitio web de Contraloría, tras la notificación a los sujetos de responsabilidad, comienzan a correr plazos para que ejerzan su derecho a la defensa, entregando pruebas de descargo dentro de los siguientes plazos: 30 días para sustentar responsabilidades administrativas; 60 días para responsabilidades civiles; y, 90 días para órdenes de reintegro.

Las responsabilidades se confirman cuando el sujeto de la responsabilidad no ejerce su derecho a la defensa y no presenta descargos; o, cuando las explicaciones y documentos enviados son insuficientes para justificar su actuación.

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Se desvanecen cuando se cubrió la obligación restituyendo los bienes o recursos a la entidad; por el pago del valor de la responsabilidad a la Contraloría; por fallas en el debido proceso durante la auditoría; entrega de documentación que justifica las actuaciones; o, en el caso de las sanciones administrativas, por el fallecimiento del responsable.

¿Por que Contraloría impuso las multas?

En este caso, la Contraloría llegó a imponer las multas luego de realizar un examen especial de cumplimiento de requisitos, prohibiciones e inhabilidades previo a la designación y posesión del cargo de secretario general de la Administración Pública y Gabinete, por el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de agosto de 2023.

La Contraloría revisó la designación de Corral y determinó que Lasso lo designó y posesionó como secretario general de la Administración Pública y Gabinete de la Presidencia de la República, sin considerar que es accionista de las compañías Centro de Radio y Televisión Cratel C. A. y Teleamazonas Guayaquil S. A., las cuales mantienen con el Estado contratos de concesión de frecuencias prorrogadas.

En el examen se determinó que no se validó la información registrada, ni se verificó la prohibición determinada en la Constitución de la República, ocasionando que se habilite y permita el ejercicio del cargo público a una persona con prohibición para ocupar un cargo de rango de ministro de Estado.

El artículo 152 de la Constitución numeral 2 prevé que “... no podrán ser ministras o ministros de Estado... 2. Las personas naturales, propietarias, miembros del directorio, representantes o apoderadas de personas jurídicas privadas, nacionales o extranjeras, que mantengan contrato con el Estado para la ejecución de obras públicas, prestación de servicios públicos o explotación de recursos naturales, mediante concesión, asociación o cualquier otra modalidad contractual...”.

En el examen también se señala que se exceptuó el análisis de fondos, inversiones y bienes en el exterior, ya que el examinado, en la declaración patrimonial jurada de 28 de febrero de 2023, dijo no tener directa o indirectamente bienes o capitales en países o jurisdicciones considerados paraísos fiscales.

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Corral, antes de posesionarse, presentó la declaración de conflicto de interés, donde declaró “no tener conflicto de intereses para asumir el cargo de secretario general en la institución…”.

En el documento oficial de la Contraloría se señala que de la información generada por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros del Ecuador se verificó que Sebastián Corral fue gerente general y al corte del examen especial se encuentra como accionista de las compañías Centro de Radio y Televisión Cratel C. A. y Teleamazonas Guayaquil S. A., empresas que mantienen una relación contractual con la Superintendencia de Telecomunicaciones, actual Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones, a través de los contratos de 19 de enero de 2005 y 18 de julio de 2012.

El exsecretario el 27 de noviembre de 2023 indicó que la fecha de suscripción de los títulos habilitantes no generó efecto jurídico para fines de ocupar el cargo en el año 2023, puesto que fueron otorgados en el año 2012 a las compañías Centro de Radio y Televisión Cratel C. A. y Teleamazonas Guayaquil S. A.

La Contraloría en su examen hace hincapié en que el exservidor es propietario de acciones en las referidas empresas y los contratos se encuentran prorrogados a la fecha del examen especial, por lo que estaba incurso en la prohibición e inhabilidad para ocupar el cargo, con rango de ministro.

En tanto, Torres manifestó también que causa duda el tiempo que se tomó su antecesor, Carlos Riofrío, para investigar la denuncia por la designación de Corral. Contó que en julio pasado se hizo la verificación preliminar, la misma que arrojó indicios de que hubo problemas en esa designación y posesión y el examen se ordenó recién en octubre. (I)