El proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) dividió posturas en la Asamblea Nacional respecto a cinco temas polémicos.

  • Inclusión de una nueva causal para aplicar recursos de revisión penal (art. 79 del proyecto).
  • Levantamiento de la reserva de las investigaciones previas que realiza la Fiscalía (art. 71 del proyecto).
  • Imprescriptibilidad en varios delitos (art. 3 del proyecto).
  • Penalización de la propagación de enfermedades infectocontagiosas (art. 31 del proyecto).
  • Penalización del uso excesivo de la fuerza que realice un servidor de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, entidades complementarias de seguridad de la Función Ejecutiva, de seguridad de los Gobiernos autónomos descentralizados municipales y metropolitanos (art. 41 del proyecto).

No obstante, la mayoría de los bloques defendió algunas de las propuestas de la norma, como el endurecimiento de penas en ciertos delitos, la eliminación de beneficios penitenciarios para ciertos delitos y la tipificación de nuevas figuras penales, como el feminicidio y la propagación intencional de enfermedades infectocontagiosas.

El segundo y definitivo debate de la iniciativa se realizó este 15 de febrero, pero no pudo votarse porque los bloques no se pusieron de acuerdo en la manera de hacerlo.

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Desde el PSC se propuso que se haga en dos bloques: uno con 85 artículos en los que hay acuerdo y otro con cinco artículos en los que hay reparos.

El ponente del proyecto y presidente de la mesa de Justicia que elaboró el informe, Fernando Cedeño (RC), presentó una moción de votación en esa línea, pero introdujo en el primer paquete una disposición general en la que se “reitera la obligación de aplicar de manera inmediata y efectiva las sentencias, decisiones, recomendaciones y observaciones emitidas por el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y la Corte Interamericana de Derechos Humanos” para los casos de recursos de revisión de sentencias.

Esto generó malestar en las bancadas, por lo que el presidente de la Asamblea, Henry Kronfle (PSC), suspendió la sesión hasta las 16:00, pero esta no se reinstaló.

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Esto es lo que se sabe del trámite del proyecto de ley

¿Quién presentó la propuesta?

El poyecto unifica varias iniciativas presentadas en los últimos años en la Asamblea. La Comisión de Justicia hizo los informes para primer y segundo debates. El presidente de esa mesa es el correísta Fernando Cedeño.

¿Cuántos votos se necesitan para aprobar la reforma al COIP?

Se necesitan 70 votos, según la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

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¿Qué se plantea en la norma respecto al endurecimiento de penas?

Se plantea aumentar penas en los siguientes delitos: sicariato, secuestro, secuestro extorsivo, extorsión, tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, terrorismo, delincuencia organizada, entre otros, como el prevaricato.

¿Cuál es la propuesta en torno a la eliminación de beneficios penitenciarios?

Las reformas plantean que no puedan acogerse a rebaja de penas o libertad condicional quienes hayan cometido estos delitos: sicariato, asesinato, secuestro, secuestro extorsivo, delincuencia organizada, femicidio y terrorismo.

¿Qué delitos serán imprescriptibles según la propuesta de norma?

Serán imprescriptibles los delitos contra la integridad y libertad personal con resultado de muerte, extorsión, tráfico ilícito de migrantes, tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta y gran escala, organización o financiamiento para la producción o tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, lavado de activos, terrorismo, financiación del terrorismo, delincuencia organizada, así como reclutamiento de niños, niñas y adolescentes con fines delictivos. Y los citados en la pregunta anterior.

¿Cuáles son las dos nuevas figuras penales que se crean en la propuesta?

La propagación intencional de enfermedades infectocontagiosas: se sanciona a la persona que, conociendo que se encuentra infectada con alguna enfermedad que implique un riesgo a la vida, contagie a otra a través de donación de sangre, leche materna o manteniendo relaciones sexuales.

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Feminicidio: es la responsabilidad estatal en los delitos de femicidio; por ello, se condenan las acciones u omisiones de los servidores públicos que nieguen o retarden el auxilio preventivo para evitar la comisión del delito de femicidio. Para ello, se establece la privación de la libertad de uno a tres años. (I)